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ORDEN VMV/845/2017, de 9 de junio, por la que se deroga la Resolución de 26 de marzo de 2008, de la Dirección General de Transportes, por la que se fijan las condiciones cuantitativas para el otorgamiento de autorizaciones de arrendamiento de vehículos con conductor.

Publicado el 28/06/2017 (Nº 122)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE VERTEBRACIÓN DEL TERRITORIO, MOVILIDAD Y VIVIENDA

Texto completo:

El Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado por Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, regula en su Título V, dedicado a las Actividades Auxiliares y Complementarias del Transporte por carretera, la actividad de arrendamiento de vehículos con conductor, al que dedica la sección II de su capítulo IV.

La Orden FOM/36/2008, de 9 de enero, por la que se desarrolla la sección II del capítulo IV del título V del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, establece que, cada vehículo que se pretenda destinar a la actividad de arrendamiento con conductor habrá de disponer de autorización, que otorgará el órgano competente para la expedición de las autorizaciones de transporte discrecional interurbano del lugar en que se vaya a domiciliar la autorización. No obstante, el artículo 14.1 de la orden disponía que podía denegarse la autorización si se producía una desproporción manifiesta entre el número de autorizaciones de esta clase otorgadas en la zona en que esté situado el municipio y los potenciales usuarios del servicio. A tal fin, consideraba la orden que existía la desproporción cuando la relación entre el número de autorizaciones de esta clase domiciliadas en la comunidad autónoma de que se trate y el de autorizaciones de transporte discrecional interurbano de viajeros en vehículos de turismo domiciliadas en la misma fuera superior a una de aquéllas por cada treinta de éstas.

Sin embargo, la disposición adicional segunda de la orden, permitía que aquellas Comunidades Autónomas que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley Orgánica 5/1987, de 30 de julio, de Delegación de Facultades del Estado en las Comunidades Autónomas en relación con los Transportes por Carretera y por Cable, ostentasen competencias en materia de autorizaciones de arrendamiento de vehículos con conductor, podían modificar la relación señalada en el artículo 14.1 de la orden.

Haciendo uso de dicha previsión la Comunidad Autónoma de Aragón dictó la Resolución de 26 de marzo de 2008, de la Dirección General de Transportes, por la que se fijan las condiciones cuantitativas para el otorgamiento de autorizaciones de arrendamiento de vehículos con conductor, para modificar la relación señalada entendiéndose, en todo caso, que era manifiesta la desproporción señalada en el artículo 14.1 de la indicada Orden FOM/36/2008, de 9 de enero, cuando la relación entre el número de autorizaciones de alquiler de vehículos con conductor domiciliadas en la Comunidad Autónoma de Aragón y el de autorizaciones de transporte discrecional interurbano de viajeros en vehículos de turismo, domiciliadas en la misma, sea superior a cuatro de aquéllas por cada cincuenta de éstas.

La Orden FOM/2799/2015, de 18 de diciembre, por la que se modifica la Orden FOM/36/2008, de 9 de enero, por la que se desarrolla la sección segunda del Capítulo IV del título V, en materia de arrendamiento con conductor del Reglamento de la Ley de Ordenación del Transporte Terrestre aprobado por Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, establece en su artículo único, número dieciocho que se deroga la Disposición adicional segunda de la Orden FOM/36/2008, de 9 de enero. Sin embargo, el Reglamento por el que se desarrolla la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres establece en su artículo 181.2, último párrafo, que aquellas Comunidades Autónomas que, por delegación del Estado, hubieran asumido competencias en materia de autorizaciones de arrendamiento de vehículos con conductor, podrán modificar la regla de proporcionalidad señalada en el párrafo anterior, siempre que la que apliquen sea menos restrictiva que esa.

De la modificación normativa puede concluirse que si bien inicialmente la Resolución de 26 de marzo de 2008, del Director General de Transportes, perdió legitimidad, ésta se restablece en el Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres.

No obstante, las razones que justificaron en su momento la alteración de la regla de la proporcionalidad no concurren en el momento presente por lo que el Gobierno de Aragón considera adecuada la regla establecida con carácter general en el mencionado Reglamento.

En su virtud, en aras a garantizar la seguridad jurídica, en uso de las facultades que me confieren el artículo 10 de la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón, el Decreto 108/2015, de 7 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y el Decreto 14/2016, de 26 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda, dispongo:

Artículo único. Derogación.

Queda derogada la Resolución de 26 de marzo de 2008, de la Dirección General de Transportes, por la que se fijan las condiciones cuantitativas para el otorgamiento de autorizaciones de arrendamiento de vehículos con conductor.

Disposición final primera. Publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Esta orden se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón".

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor al día siguiente a su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 9 de junio de 2017.

El Consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda, JOSÉ LUIS SORO DOMINGO