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RESOLUCIÓN de 8 de marzo de 2012, del Instituto Aragonés de la Juventud, por la que se convocan plazas para participar en el programa "Voluntariado y Solidaridad 2012".

Publicado el 23/03/2012 (Nº 58)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA

Texto completo:

La Ley 19/2001, de 4 de diciembre, en su artículo 1.1., crea el Instituto Aragonés de la Juventud, organismo autónomo adscrito al departamento competente en materia de servicios Sociales del Gobierno de Aragón y en su artículo 3.1.ñ) le atribuye la función de fomentar y apoyar el voluntariado social en la juventud.

En los últimos años, el Gobierno de Aragón ha venido promoviendo la organización de campos de trabajo comunitarios, con la intención de facilitar la participación solidaria de jóvenes voluntarios en acciones o servicios comunitarios. Las citadas acciones se incluyen dentro de los programas del Servicio Voluntario Internacional y constituyen el programa "Voluntariado y Solidaridad" del Instituto Aragonés de la Juventud.

En el marco del mencionado programa, el Instituto Aragonés de la Juventud, con la colaboración de diferentes entidades y organizaciones sociales, viene ofertando anualmente plazas para la participación en campos de trabajo.

Mediante la presente resolución se convocan las plazas para participar en los campos de trabajo del Programa "Voluntariado y Solidaridad 2012", con sujeción a las siguientes bases:

Primera.- Objeto.

Se convocan las plazas para la participación en los campos de trabajo incluidos en el programa "Voluntariado y Solidaridad 2012", que se desarrollarán durante los meses de julio y agosto. La relación completa de campos de trabajo para los que se puede solicitar plaza puede consultarse en la web del Instituto Aragonés de la Juventud http://juventud.aragon.es.

Segunda.- Participantes.

Podrán solicitar las plazas ofertadas los jóvenes incluidos en el intervalo de edad del campo de trabajo de que se trate, existiendo dos modalidades:

- De 15 a 17 años, ambos incluidos.

- De 18 a 26 años, ambos incluidos.

Los participantes con discapacidad, deberán hacerlo constar en la solicitud. Cada caso se estudiará individualmente en relación con las características del solicitante y del campo de trabajo, siempre y cuando en el momento de la elección del campo haya disponibilidad de plaza. Se podrán reservar por parte del Gobierno de Aragón plazas para necesidades especiales.

Los jóvenes que en el momento de la inscripción de estas actividades sean menores de edad, deberán estar autorizados. Dicha autorización se realizará mediante la firma de la solicitud de inscripción por el padre/madre/o tutor legal.

Tercera.- Duración.

Las campos de trabajo tendrán una duración de 15 días naturales.

Cuarta.- Condiciones.

Las actividades tendrán las siguientes características generales:

a) La organización técnica corresponderá a las entidades colaboradoras.

b) El alojamiento será en régimen de pensión completa.

c) Los participantes deberán asumir los gastos relativos al traslado hasta el lugar de realización del campo de trabajo, así como los gastos de regreso. La persona que desee abandonar el campo voluntariamente o sea expulsado por comportamiento inadecuado, deberá hacerse cargo de todos los gastos que por ello origine (gastos de transporte, comida, alojamiento, etc.).

d) La participación en cualquiera de los campos de trabajo implica los siguientes compromisos básicos del participante:

- Trabajar desinteresadamente en el proyecto durante 5 horas al día, 5 días a la semana (salvo excepciones).

- Colaborar en el desarrollo de las actividades y contribuir a la organización general del campo.

- Respetar las normas de convivencia y régimen interior. (Anexo IV)

- Presentar en el momento de la incorporación al director del campo de trabajo la cartilla de la Seguridad Social o volante del seguro médico que posea.

e) Los participantes dispondrán de un seguro de accidentes.

Quinta.- Cuota de inscripción.

La cuota de inscripción en los campos de trabajo es de 90 euros por participante.

En el resguardo bancario acreditativo del ingreso de la cuota se hará constar, en todo caso, el nombre y dos apellidos del participante y de la persona que realiza el ingreso, cuando sea distinta del propio participante, así como el concepto al que corresponde el pago.

Sexta.- Procedimiento de Inscripción.

1. Solicitud de cita previa.

Las solicitudes para obtener cita para la inscripción (anexo I), podrán presentarse desde el día 9 hasta el 13 de abril en los Registros Generales de entrada de la Diputación General de Aragón, o a través de los Servicios de Información y Documentación Administrativa ubicados en las diferentes provincias aragonesas, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

En el caso de que los solicitantes optaran por presentar su solicitud en una Oficina de Correos, lo harán en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por el funcionario de correos antes de ser certificada, tal y como se indica en el artículo 31 del Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento por el que se regula la presentación de los Servicios Postales.

En la "solicitud de cita previa" deberá seleccionarse la oficina de inscripción a la que desea acudir el solicitante para reservar la plaza (anexo II). Si no se ha seleccionado ninguna oficina, se entenderá que se personarán en la sede central del IAJ en Zaragoza.

En el supuesto de presentar más de una solicitud se tramitará la presentada en primer lugar atendiendo a un orden cronológico de presentación.

2. Sorteo.

Entre todas estas "solicitudes de cita previa" recibidas se realizará un sorteo que tendrá lugar en acto público el día 24 de abril a las 11:00 horas en la sede de Zaragoza del Instituto Aragonés de la Juventud. En este sorteo se le asignará a cada participante día y hora, que estará comprendida entre los días 25 al 27 de abril, de 9 a 14 horas, en que deberá personarse en la oficina seleccionada en la solicitud, para inscribirse en los campos de trabajo.

3. Inscripción para reserva de plaza.

Cada persona podrá reservar un máximo de 2 plazas, siendo necesario que las dos personas que se inscriban en el campo de trabajo hayan presentado solicitud en plazo. Si no se persona en el día y hora adjudicados por sorteo, perderá el derecho a inscribirse en un campo de trabajo.

El resultado del sorteo será expuesto en la sede del Instituto Aragonés de la Juventud de Zaragoza y en las Secciones Provinciales del Instituto Aragonés de la Juventud de Huesca y Teruel, en las Oficinas de Información Juvenil, y en la web del Instituto Aragonés de la Juventud, http://juventud.aragon.es.

4. Confirmación de plaza mediante abono.

Una vez reservada la plaza, deberá confirmarla, mediante el abono de la correspondiente cuota, en la cuenta bancaria que se le informará en su momento, indicando nombre y dos apellidos del participante, así como la denominación del campo adjudicado y posteriormente deberá presentar la copia del resguardo bancario en la oficina de inscripción, todo ello en un plazo de 24 horas. Si no se entregase el boletín de inscripción o no se efectuase el abono de la cuota en dicho plazo, se perderá el derecho adquirido y la plaza quedará nuevamente libre.

5. Turno Libre.

Del 25 de mayo hasta 5 días antes del comienzo del campo. Las plazas se otorgan por riguroso orden de llegada, pudiendo solicitar cada persona hasta 2 plazas.

Séptima.- Devolución de cuotas de inscripción.

Únicamente procederá la devolución de las cuotas ingresadas en la cuenta restringida del Instituto Aragonés de la Juventud autorizada al efecto, si la causa alegada es valorada favorablemente por el IAJ, en los siguientes supuestos:

a) Enfermedad que le impida la asistencia a la actividad, justificada mediante certificado médico oficial o informe hospitalario.

b) Enfermedad grave o, en su caso, hospitalización, o muerte de un familiar, de hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad, justificada mediante certificado médico oficial o informe hospitalario.

c) Formalización de un contrato de trabajo, justificado mediante fotocopia compulsada del contrato de trabajo o documento equivalente.

d) Suspensión de la actividad.

Octava.- Procedimiento de devolución de cuotas.

1. El reconocimiento del derecho a la devolución de la cuota deberá realizarse a través del correspondiente procedimiento que podrá iniciarse de oficio o a instancia del interesado.

2. Cuando el procedimiento se inicie a instancia del interesado, a la solicitud o escrito de iniciación, se adjuntará documentación justificativa de la causa motivadora de la devolución y en todo caso copia de la solicitud de participación y copia del resguardo bancario de ingreso de la cuota.

3. Corresponderá al Director Gerente del Instituto Aragonés de la Juventud dictar resolución motivada en la que, si procede, se acordará el derecho de devolución.

Novena.- Aceptación de las bases.

La presentación de solicitud implica la aceptación de las bases de la presente convocatoria.

Zaragoza, 8 de marzo de 2012.