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ORDEN de 11 de enero de 2012, del Consejero de Industria e Innovación, por la que se encomienda al Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón la realización de actividades que contribuyan al mejor conocimiento de los recursos genéticos del sector agrario aragonés y de sus ecosistemas.

Publicado el 30/01/2012 (Nº 19)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA E INNOVACIÓN

Texto completo:

El Departamento de Industria e Innovación tiene asignadas las competencias de desarrollo de las tecnologías para la sociedad de la información en la Comunidad Autónoma, y mas concretamente las competencias de la promoción, el fomento y la implantación de las tecnologías de la información y las comunicaciones, con especial atención a su incorporación en el entramado socioeconómico de Aragón y en las Administraciones Públicas.

Dichas competencias, asignadas al anterior Departamento de Innovación y Nuevas Tecnologías mediante el Decreto 335/2011, de 6 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprobaba su estructura orgánica, fueron reasignadas al mencionado Departamento de Industria e Innovación mediante el Decreto de 30 de diciembre de 2011, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y se reasignan determinadas competencias a los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y se adscriben organismos públicos.

El Gobierno de Aragón, a través del Departamento de Industria e Innovación, se ha marcado una serie de retos en la materia, como incrementar la cohesión y el bienestar social de los aragoneses a través del desarrollo científico y tecnológico, explotar la situación estratégica de la región y aprovechar al máximo sus posibilidades tecnológicas, y desarrollar las políticas necesarias para que las nuevas tecnologías representen un papel de progreso.

En el marco del Plan Avanza, se puso en marcha durante 2009 y 2010 un sitio web 2.0 sobre la biodiversidad en Aragón, cuyos objetivos son: difundir el patrimonio genético de Aragón, dando información de alta calidad sobre la diversidad genética de Aragón; servir como herramienta para la transferencia de los resultados de la investigación hacia el sector agropecuario; facilitar materiales docentes para los profesores de Aragón: promover la interacción entre los colectivos interesados en la biodiversidad de Aragón; y apoyar la comercialización a través de Internet de productos alimentarios propios de Aragón.

Para la recogida, tratamiento, digitalización e indexación de los contenidos iniciales, se contó con la colaboración del Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón (CITA) a través de una encomienda.

Una vez puesto en marcha el sitio web, era necesario continuar con las tareas de administración de dicho sitio, moderando la incorporación de nuevos contenidos para asegurar la calidad de los mismos y validando la incorporación de usuarios, así como asegurando el flujo de incorporación de contenidos de alta calidad, además de promover la difusión de la web en el sector agroambiental y en la comunidad científica.

Para el adecuado desarrollo de estas actividades se contó durante 2011, mediante una encomienda al Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón, con el apoyo de personal con el perfil y conocimiento adecuado en el ámbito de la biodiversidad, considerándose necesario continuar con dichas actividades durante 2012.

El Departamento de Industria e Innovación no dispone actualmente de los medios humanos adecuados para acometer de forma directa los trabajos relativos a las actividades descritas.

De acuerdo con lo dispuesto en Ley 29/2002, de 17 de diciembre, de creación del Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón, éste se configura como entidad de Derecho Público, adscrita al Departamento de la Administración de la Comunidad Autónoma con competencia en materia de investigación agroalimentaria, en este momento al Departamento de Industria e Innovación, de acuerdo con el mencionado Decreto de 30 de diciembre de 2011, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, y entre cuyos fines se encuentra el impulso de la investigación científica en materia agroalimentaria y su desarrollo tecnológico y de la transferencia tecnológica, la innovación y la formación en el sector agroalimentario.

Su configuración como entidad de derecho público hace que el Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón (CITA) esté dotado de personalidad jurídica propia, patrimonio propio y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, por lo que dispone tanto de los medios idóneos como de la experiencia necesaria para realizar los trabajos encomendados.

La correcta articulación de la colaboración entre la Administración matriz titular de las competencias en la materia y el ente instrumental dotado de los recursos y medios precisos para el desarrollo de las tareas proyectadas, a tenor de lo anteriormente expuesto, no puede sino encauzarse a través del instituto de la encomienda de gestión en los términos en que lo contempla el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en particular, encomendando la realización de actividades de carácter técnico de la competencia de un órgano administrativo a una entidad de la misma Administración, por razones de eficacia, puesto que no se poseen los medios técnicos idóneos para su desempeño.

El artículo 38 del Texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, dispone que la encomienda de gestión a favor de un organismo público dependiente del Departamento encomendante, precisará de la autorización del Consejero correspondiente, por lo que corresponde al titular del Departamento de Industria e Innovación, autorizar la presente encomienda de gestión mediante la aprobación de la correspondiente Orden.

La citada Orden contendrá el régimen jurídico de la encomienda, con mención expresa de la actividad o actividades a las que afecte, plazo de vigencia, naturaleza y alcance de la gestión encomendada así como las obligaciones que asuma la entidad encomendada. Asimismo, tal y como dispone el artículo 15.3 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, la Orden mediante la que se autorice la encomienda de gestión, deberá ser publicada, para su eficacia, en el Diario Oficial correspondiente.

Por todo lo anteriormente expuesto, acuerdo:

Primero.-Encomendar al Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón (CITA), la realización de actividades que contribuyan al mejor conocimiento de los recursos genéticos del sector agrario aragonés y de sus ecosistemas.

Dichas actividades, basadas en la web 2.0 sobre la biodiversidad en Aragón, consistirán en:

a) Realizar las tareas de usuario administrador de la web, que consistirán básicamente en:

1.º Administrar los usuarios, validando la incorporación de aquellos que por su perfil requieran dicha validación para ser dados de alta, eliminando aquellos que sea necesario, etc.

2.º Administrar y moderar los contenidos, quitando del portal cualquier contenido inapropiado, incluyendo las tareas siguientes:

- Incorporación de noticias a la zona pública de la web o validación de las enviadas por otros usuarios mediante el correspondiente formulario, y su clasificación en categorías.

- Incorporación a la zona pública de los eventos relacionados con la biodiversidad, o validación de incorporación de eventos propuestos mediante formularios por otros usuarios.

-Incorporar nuevas entradas en enlaces, preguntas frecuentes, bibliografía, directorios, etc.

- Gestionar las consultas enviadas por los usuarios, mediante un formulario, a la sección «Contacta».

- Incorporar o validar la incorporación de contenidos a la zona pública.

- Moderar la participación y la incorporación de contenidos por los usuarios en la zona privada, eliminando aquello que se considere inadecuado.

3.º Administrar las herramientas del portal, incluyendo las tareas siguientes:

-Incorporar a la zona pública de encuestas, a través de la herramienta correspondiente.

-Incorporar aquellos elementos precisos para la incorporación de nuevos contenidos, como nuevas especies, categorías, rutas, etc.

- Crear nuevos formularios que sean necesarios para diversos cometidos dentro del portal, inscripción en eventos, solicitud de información diversa, etc.

- Gestionar boletines.

b) Incorporar contenidos digitales basados en la información de que dispone el CITA y que hayan de incluirse en el sitio web sobre la biodiversidad en Aragón.

Las tareas consistirán en dar soporte al personal investigador en la preparación y tratamiento de información para su incorporación a la web y su catalogación en la misma.

c) Realizar actuaciones de difusión y promoción de la web 2.0., consistentes en:

- Coordinación de presentaciones de la web 2.0. a la comunidad científica y/o al sector agroalimentario.

- Participación en eventos relacionados con las temáticas de la web 2.0, para presentar la misma.

- Apertura y/o dinamización de foros y blogs relacionados con la temática de la web.

Segundo.-Será responsabilidad del CITA, en el desempeño de esas actividades:

a) Ejecutar las actuaciones objeto de la encomienda dentro del plazo fijado en el apartado sexto de la presente Orden.

b) Aportar los medios humanos y la información necesaria para la realización de la encomienda.

c) Informar a la Dirección General de Nuevas Tecnologías del Departamento de Industria e Innovación sobre el desarrollo de las actividades encomendadas.

d) Seguir las directrices marcadas por la Dirección General de Nuevas Tecnologías en lo relativo a objetivos y aspectos técnicos.

e) En las acciones de difusión y comunicación, hacer constar la colaboración del Departamento de Industria e Innovación, utilizando los modelos debidamente autorizados por la Comisión de Comunicación Institucional del Gobierno de Aragón.

El CITA podrá encargar los servicios externos necesarios para lograr los objetivos establecidos siempre y cuando no cuente con los medios suficientes para llevarlos a cabo.

Tercero.-La encomienda de gestión no implica la cesión de la titularidad de las competencias anteriormente expresadas ni de los elementos sustantivos de su ejercicio por parte del Departamento de Industria e Innovación, siendo responsabilidad de este último dictar cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico den soporte a las actividades objeto de encomienda.

Cuarto.-Para el mejor desempeño de la tarea encomendada, el Departamento de Industria e Innovación asignará al CITA la cantidad de 40.000 € con cargo a la aplicación presupuestaria 17040 G/5424/227006/91002, del Presupuesto de de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2012, una vez que sea aceptada la encomienda por parte del citado centro. Dicha cuantía estará subordinada, en cualquier caso, al crédito autorizado por la correspondiente Ley de Presupuestos.

Quinto.-El CITA deberá justificar, en un plazo máximo de un mes tras la finalización de la vigencia de la encomienda, la realización de las actividades encomendadas, así como los gastos y pagos efectuados en relación, tanto con los medios propios utilizados, como con los encargados a servicios externos.

Como parte de dicha justificación se presentará una memoria en la que se reflejarán las acciones realizadas, con las actividades desarrolladas, medios dedicados y resultados obtenidos.

La Dirección General de Nuevas Tecnologías, una vez analizada la documentación presentada, realizará la correspondiente certificación.

Sexto.-La vigencia de la encomienda de gestión se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2012.

Séptimo.-La presente Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».