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RESOLUCIÓN de 2 de diciembre de 2010, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se resuelve el proceso selectivo para la provisión, con carácter temporal, de un puesto de Jefe de Sección de Endoscopia Ginecológica y Cirugía Laparoscópica en el Servicio de Ginecología del Hospital Universitario «Miguel Servet», de Zaragoza.

Publicado el 27/12/2010 (Nº 251)
Sección: II. Autoridades y Personal - a) Nombramientos, situaciones e incidencias
Emisor: DEPARTAMENTO DE SALUD Y CONSUMO

Texto completo:

De conformidad con lo previsto en la Disposición adicional decimocuarta del Real Decreto Ley 1/1999, de 8 de enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, vigente con rango reglamentario en virtud de lo establecido en la Disposición transitoria sexta, 1.c) de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud y en la resolución de 31 de marzo de 2010, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se regula provisionalmente el procedimiento de provisión y evaluación de los puestos de Jefe de Servicio y de Sección de carácter asistencial, por Resolución de 17 de septiembre de 2010, publicada en el Boletín Oficial nº 197, de 7 de octubre, se convocó proceso selectivo para la provisión, con carácter temporal, de un puesto de Jefe de Sección de Endoscopia Ginecológica y Cirugía Laparoscópica en el Servicio de Ginecología del Hospital Universitario «Miguel Servet», de Zaragoza.

Finalizadas las dos fases de que constaba el citado proceso selectivo y a la vista del acta de la reunión celebrada el día 1 de diciembre de 2010 por la Comisión Técnica Especializada de valoración, esta Dirección Gerencia, de conformidad con lo previsto en la base séptima de la convocatoria, resuelve:

Primero.-Adjudicar el puesto de Jefe de Sección de Endoscopia Ginecológica y Cirugía Laparoscópica en el Servicio de Ginecología del Hospital Universitario «Miguel Servet» de Zaragoza, a D. Miguel Ángel Ruiz Conde.

Sin perjuicio de lo anterior, de conformidad con lo previsto en el punto 3 de la base sexta de la convocatoria, la Dirección del centro, en colaboración con el Instituto Aragonés de Ciencias de la Salud, llevará a cabo una valoración de las competencias directivas de la persona seleccionada al objeto de establecer el oportuno plan de formación directiva. Asimismo, la persona seleccionada deberá suscribir con la Dirección del Centro un acuerdo cuatrienal de gestión clínica de la unidad asistencial, basado en el proyecto presentado, cuyo desarrollo y cumplimiento será tenido en cuenta, a su término, para la evaluación prevista en la instrucción décima de la citada resolución de 31 de marzo de 2010, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud.

Segundo.-El aspirante seleccionado deberá tomar posesión del puesto en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de Aragón. La situación administrativa del facultativo que resulte nombrado será la siguiente:

a) En el supuesto de que tenga plaza en propiedad de la especialidad correspondiente en el mismo Centro, el nombramiento producido no genera vacante en la plaza básica que el interesado ocupa y, por tanto, la misma no puede ser objeto de provisión definitiva ni temporal.

b) Si el facultativo designado fuera propietario de plaza en la especialidad de que se trate en otro Centro del Servicio Aragonés de Salud, la misma le será reservada y podrá ser sustituida, previa adscripción del interesado a una plaza básica de la especialidad en el Centro de destino.

c) Si el facultativo designado fuera propietario de plaza de la especialidad de que se trate en otro Servicio de Salud o Administración Sanitaria, podrá pasar a desempeñar el puesto, previa adscripción a una plaza básica de su especialidad, con la conformidad expresa de la Administración de origen, quedando en la misma en la situación administrativa que corresponda.

Tercero.-El nombramiento para el puesto de Jefe de Sección tendrá carácter temporal, de cuatro años de duración, sin perjuicio de que pueda acordarse su continuidad, por periodos similares, siempre que el interesado supere la evaluación realizada conforme al procedimiento establecido en la instrucción décima de la referida resolución de 31 de marzo de 2010, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud.

Cuarto.-Por razones organizativas o asistenciales debidamente motivadas, previo informe de la Comisión Técnico-Asistencial del Centro, la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud podrá revocar el nombramiento.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el titular de la Consejería del Departamento de Salud y Consumo, en el plazo de un mes, de conformidad con lo previsto en el artículo 48.3 del Texto Refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón y en el artículo 58.2 del Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.