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ORDEN PRI/716/2020, de 21 de julio, por la que se dispone la publicación de la Adenda al convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y el Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros, en materia de educación infantil de primer ciclo.

Publicado el 07/08/2020 (Nº 156)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES

Texto completo:

Inscrita en el Registro General de Convenios, con el número 2020/6/0160, la Adenda suscrita, con fecha 8 de mayo de 2020, por el Consejero de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón y la Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación de la citada Adenda, que figura como anexo de esta Orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza

, 21 de julio de 2020.

La Consejera de Presidencia y Relaciones Institucionales,

MARÍA TERESA PÉREZ ESTEBAN

ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE ARAGÓN Y EL AYUNTAMIENTO DE EJEA DE LOS CABALLEROS, EN MATERIA DE EDUCACIÓN INFANTIL DE PRIMER CICLO

Zaragoza, 8 de mayo de 2020.

De una parte, el Excmo. Sr. Consejero de Educación, Cultura y Deporte, en representación del Gobierno de Aragón, de conformidad con el acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 11 de marzo de 2020.

Y de otra, la Sra. Alcaldesa - Presidenta del Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros.

Que con fecha 20 de septiembre de 2019, el Departamento de Educación, Cultura y Deporte y el Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros firmaron un convenio en virtud del cual se estableció la participación de la administración educativa autonómica en la financiación de la escuela infantil de primer ciclo de Ejea de los Caballeros.

El citado convenio establece que el Gobierno de Aragón aporta la cantidad de 144.400 € para la financiación de ocho unidades en funcionamiento de julio de 2019 a junio de 2020 más otra unidad adicional por la dispersión geográfica de sus aulas, distribuidos en 72.200 € para el año 2019 y 72.200 € para el año 2020.

El Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros comunica al Departamento de Educación, Cultura y Deporte mediante escrito con fecha de 25 de junio de 2019 que, debido a necesidades de escolarización sobrevenidas, contará con dos unidades en el aula de Bardenas entre enero y junio de 2020, esto es, una unidad más de las inicialmente conveniadas. La nueva unidad está dotada con un Técnico Superior de Educación Infantil, cuyo módulo anual es de 14.200 €.

Al incrementarse el número de unidades en funcionamiento durante el período comprendido entre enero y junio de 2020, la cantidad que le corresponde aportar al Gobierno de Aragón para su financiación pasa a ser de 151.500 €. El convenio firmado el 20 de septiembre de 2019 estableció la cuantía de 144.400 €, por tanto, para ajustar la participación de la administración educativa a la configuración actual de la escuela, el Gobierno de Aragón aportará la diferencia, que asciende a 7.100 €.

En consecuencia, para adecuar la participación de la administración educativa a la configuración actual de las unidades en funcionamiento de la escuela infantil de primer ciclo de Ejea de los Caballeros, se suscribe la presente adenda al convenio firmado el 20 de septiembre de 2019 que habrá de regirse por las siguientes

Primera.- La finalidad de la presente Adenda, es ampliar la aportación de la administración educativa de 144.400 € fijada en el convenio firmado el 20 de septiembre de 2019 para la financiación de la escuela infantil de primer ciclo de Ejea de los Caballeros, de forma que se ajuste a la configuración actual de la escuela, financiando el personal mínimo necesario que de acuerdo con las titulaciones legalmente establecidas, atienda ocho unidades entre julio y diciembre de 2019 y nueve unidades entre enero y junio de 2020, más una adicional por la dispersión geográfica de las aulas, lo que asciende a un importe total de 151.500 €, distribuidos en 72.200 € para el año 2019 (ya abonados) y 79.300 € para el año 2020.

Segunda.- Mediante la presente Adenda se establece la participación de la Administración educativa autonómica en la financiación del personal mínimo necesario de la escuela de educación Infantil de primer ciclo del Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros, de conformidad con lo dispuesto en la Orden de 25 de agosto de 2005, del entonces Departamento de Educación, Cultura y Deporte ("Boletín Oficial de Aragón", número 106, de 5 de septiembre de 2005).

Tercera.- El Gobierno de Aragón aportará la cantidad de 7.100 € con cargo a la aplicación presupuestaria G/18030/4221/460022/91002 del presupuesto del Departamento de Educación, Cultura y Deporte. Esta cantidad se corresponde con la aportación del Gobierno de Aragón para la financiación de la escuela infantil de un Técnico Superior de Educación Infantil para una unidad adicional a la establecida en el convenio firmado el 20 de septiembre de 2019 durante el período comprendido entre enero y junio de 2020.

Cuarta.- El Ayuntamiento remitirá, durante el periodo de vigencia del convenio, certificación relativa a la configuración definitiva de la Escuela de Educación Infantil incluyendo el listado de alumnos así como su distribución por edades, cumpliendo las ratios por aula establecidas por Orden de 25 de agosto de 2005, del entonces Departamento de Educación, Cultura y Deporte ("Boletín Oficial de Aragón", número 106, de 5 de septiembre de 2005) por la que se establecen los requisitos mínimos e instrucciones técnicas de los centros que impartan el primer ciclo de la Educación Infantil en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Quinta.- Se mantienen todos los términos y plazos establecidos en el convenio firmado el 20 de septiembre de 2019 que no hayan sido modificados en esta adenda, en especial lo relativo a los pagos y a los plazos de presentación de la documentación justificativa.

Y en prueba de conformidad, ambas partes firman electrónicamente la presente adenda al convenio a que se refiere la cláusula primera, que se entiende formando parte de tal convenio a todos los efectos, a 8 de mayo de 2020.