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ORDEN PRE/371/2017, de 15 de marzo, por la que se autoriza la enajenación por subasta pública de dos fincas urbanas pertenecientes al Ayuntamiento de Torrijas.

Publicado el 04/04/2017 (Nº 65)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

Examinado el expediente incoado por el Ayuntamiento de Torrijas para enajenar por subasta pública dos fincas urbanas de propiedad municipal, calificadas como bienes patrimoniales.

El Ayuntamiento de Torrijas, en sesión del Pleno celebrada el día 22 de febrero de 2017, adoptó Acuerdo de aprobar la convocatoria de la subasta citada, cuyo valor excede del 25% de los recursos ordinarios del Presupuesto vigente.

Considerando, que las Entidades Locales tienen capacidad para enajenar sus bienes inmuebles de propios, siempre que se atengan para ello a las normas establecidas en la legislación de régimen local sobre la materia y, de una manera específica, en el artículo 188.1 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, 108.4 y 121 del Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón, aprobado por Decreto 347/2002, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón, y 3 y 5 del Decreto 92/1982, de 26 de octubre, de la Diputación General de Aragón y 5 del texto refundido 2/2004, de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.

Considerando que conforme se prescribe en el artículo 110 Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón, aprobado por Decreto 347/2002, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón, los ingresos obtenidos por la enajenación de bienes patrimoniales no podrán destinarse a financiar gastos corrientes.

Vistos la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, la Ley 7/1999, de Administración Local de Aragón, el Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón y el Decreto 92/1982, de la Diputación General de Aragón, así como y el texto refundido de Ley reguladora de las Haciendas Locales y demás disposiciones de aplicación.

El Consejero de Presidencia, en ejercicio de las facultades que le confiere el apartado 15 del artículo tercero del Decreto 92/1982, de 26 de octubre, de la Diputación General de Aragón, en virtud del Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, ha resuelto autorizar al Ayuntamiento de Torrijas para proceder a la enajenación por subasta pública, de los siguientes bienes inmuebles:

"1. Solar sito en la C/ Amargura, número 1, que linda: Norte con Modesto Martín Gil; al Sur y Oeste con calle y al Este con el Ayuntamiento y con una extensión superficial de 144 metros cuadrados. Que dicho bien está inscrito en el Registro de la Propiedad de Mora de Rubielos, con el número de la finca 997 con número de identificador: 44008000575164. El presupuesto de valoración del inmueble aportado por el técnico asciende a 14.400 euros.

2. Solar sito en la C/ Tienda, número 16, que linda: Norte con Ayuntamiento; al Sur y Oeste con calle y al Este con: Clemencia Garcés Cubel, Cesáreo Pérez Martín, Consuelo Conejos Alegre, Salustiano Gómez Alcalá, Luis Martín Orero y Antolín Espinosa calle y al Este con el Ayuntamiento y con una extensión superficial de 286 metros cuadrados. Que dicho bien está inscrito en el Registro de la Propiedad de Mora de Rubielos, con el número de la finca 991 con número de identificador: 44008000575089. El presupuesto de valoración del inmueble aportado por el técnico asciende a 34.320 euros".

Del expediente remitido se desprende que los bienes a enajenar figuran en el Inventario de Bienes con la naturaleza de patrimonial y están inscritos en el Registro de la Propiedad.

Valoración total: 48.720 euros.

Zaragoza, 15 de marzo de 2017.

El Consejero de Presidencia, VICENTE GUILLÉN IZQUIERDO