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RESOLUCIÓN de 4 de abril de 2013, de la Directora General de Energía y Minas, por la que se autorizan las instalaciones eléctricas SE 220 kV Arnero antes Monzón II y Ampliación SE Cinca 220 kV. Expediente número AT 33/2011 de la provincia de Huesca.

Publicado el 03/05/2013 (Nº 85)
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Emisor: DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA E INNOVACIÓN

Texto completo:

Visto el expediente incoado en el Servicio Provincial de Industria e Innovación de Huesca, a petición de Red Eléctrica de España, S.A., con domicilio en paseo del Conde de los Gaitanes, 177 28109-Alcobendas (Madrid), solicitando las autorizaciones administrativas de las instalaciones SE 220 kV Arnero antes Monzón II ubicada en Parcelas 140, 143, 144, 145 y 146 del Polígono 44 en el término municipal de Monzon (Huesca) y Ampliación SE Cinca 220 kV ubicada en Parcelas 25, 26 y 27 del Polígono 8 en el término municipal de Monzon (Huesca) del Proyecto mallado de la red de transporte competencia de esta Comunidad Autónoma, así como el expediente derivado de dicha solicitud, incluyendo alegaciones y contra alegaciones.

Vistos, la declaración de impacto ambiental favorable-condicionada del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, de fecha 5 de noviembre de 2012; y el informe favorable del Servicio Provincial de Industria e Innovación de Huesca, de fecha 14 de diciembre de 2012 en el que constan cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el Real Decreto 3275/82, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación y el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión.

Vistos los informes favorables de la Dirección General de Política Energética y Minas de fecha 12 de abril de 2011, a los efectos previstos en el articulo 36.3 de la Ley 54/97, de 27 de noviembre y en el articulo 114 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, para el reconocimiento de las instalaciones de transporte secundario SE 220 kV Arnero antes Monzón II y Ampliación SE Cinca 220 kV" del proyecto mallado de la red de transporte y de su retribución de acuerdo al Real Decreto 325/2008, de 29 de febrero.

Considerando que la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, modificada, entre otras, por el Real Decreto-Ley 7/2006, de 23 de junio, de medidas urgentes en el sector energético y por la Ley 17/2007, de 4 de julio, de adaptación a la Directiva 2003/54/CE sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad; el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión; el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión; el Decreto 34/2005, de 8 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen las normas de carácter técnico para las instalaciones eléctricas aéreas con objeto de proteger la avifauna, el Real Decreto 325/2008, de 29 de febrero, por el que se establece la retribución de la actividad de transporte de energía eléctrica para instalaciones puestas en servicio a partir del 1/1/2008, el Real Decreto-Ley 13/2012, de 30 de marzo, por el que se transponen directivas en materia de mercados interiores de electricidad y gas y en materia de comunicaciones electrónicas y por el que se adoptan medidas para la corrección de las desviaciones por desajustes entre los costes e ingresos de los sectores eléctrico y gasista, la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 y demás legislación concordante.

Considerando las competencias compartidas en materia de energía que el artículo 75.4 del vigente texto de Estatuto de Autonomía de Aragón atribuye a esta Comunidad Autónoma; y las funciones que conforme al Decreto 27/2012, de 24 de enero, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Industria e Innovación del Gobierno de Aragón, me corresponden, resuelvo:

Autorizar las instalaciones "SE 220 kV Arnero antes Monzón II " y "Ampliación SE Cinca 220 kV" de Mallado de la red de transporte secundario, cuyos anteproyectos estan suscritos por D. julio Aguacil Prieto y visados por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Aragón y Rioja en fechas 11 de febrero de 2011 con número 712 y 23 de diciembre de 2010 con número 7491 cuyas características son las siguientes:

Titular: Red Eléctrica de España, S.A.

Domicilio del titular: P.º del Conde de los Gaitanes, 177 28109-Alcobendas (Madrid).

Tipo de instalaciones:

Instalaciones incluidas en el documento de planificación de los sectores de electricidad y gas 2008-2016 aprobado por Consejo de Ministros de fecha 30 de mayo de 2008 y la Orden ITC/2906/2010, de 8 de noviembre, por la que se aprueba el programa anual de instalaciones y actuaciones de carácter excepcional de las redes de transporte de energía eléctrica y gas natural, cuyo expediente se ha tramitado con titularidad de la empresa transportista, siendo financiada al 100% por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

Finalidad: Mallado de la red de transporte secundario de 220 kV en la zona favoreciendo la mejora en el transporte con disminución de las perdidas y la mejora en la calidad del suministro de la demanda por contribuir a reducir la probabilidad de interrupción, asegurando ádemas la alimentación al tren de alta velocidad y favoreciendo ademas el incremento de la generación eléctrica renovable en la zona.

Presupuesto total 3.147.227 euros.

Características técnicas:

Instalación SE 220 kV Arnero antes Monzón II. Ubicación de la instalación: Parcelas 140, 143, 144, 145 y 146 del Polígono 44 Monzon (Huesca)

Parque de 220 kV, doble barra.

Once calles con capacidad para 11 posiciones de interruptor, en instalación de intemperie normal. Intensidad de cortocircuito 40 kA.

N.º de posiciones equipadas 7: La 4, 5, 6, 7, 9, 10 y 11.

N.º de posiciones parcialmente equipadas 1: La 8.

N.º posiciones en reserva sin equipar 3: La 1, 2 y 3.

Instalación ampliación SE Cinca 220 kV. Ubicación de la instalación: Parcelas 25, 26 y 27 del Polígono 8 Monzon (Huesca).

Parque 220 kV doble barra.

Tecnología AIS, instalación intemperie, conectado a SE Monzón, Intensidad de cortocircuito 40 kA La ampliación será:

- pos 5 ACP de acoplamiento.

-2 pos de línea 3 y 4 denominadas Arnero y Monzón 1.

-2 pos de trafo TR5 y TR6.

- 2 pos reserva calles 1 y 2.

- 2 pos en reserva.

Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras el peticionario de la misma no cuente con la aprobación del proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el capitulo VII del citado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, ni podrá utilizarse para otros usos que los que constan en el objeto del proyecto, salvo solicitud previa y autorización expresa.

En los proyectos de ejecución se incluirán los condicionados impuestos en la declaración de impacto ambiental del INAGA de fecha 5 de noviembre de 2011 y se deberá cumplir con todas las medidas correctoras, protectoras y de seguimiento indicadas en el estudio de impacto ambiental siempre que no sean contradictorias con los condicionados de la declaración, habiendo tenido en cuenta las prescripciones de los organismos afectados solicitadas, como entre otras, la reubicación de la ampliación de SET Cinca quedando fuera de los límites del suelo urbanizable delimitado en Monzón.

La aprobación del proyecto de ejecución de la instalación deberá ser solicitada en el plazo de dos años a partir del día siguiente al de la notificación al titular de la presente resolución. Si transcurrido dicho plazo no se hubiera solicitado la citada aprobación de proyecto quedará sin efecto la presente autorización.

La responsabilidad sobre las inversiones que pueda acometer el promotor compete solo a éste, en la consideración de que la presente autorización no supone la resolución de los aspectos relacionados con el acceso y punto de conexión a las redes eléctricas, así como de otros elementos precisos para la puesta en marcha de la instalación que se autoriza, que se vean condicionados a la intervención de terceras partes.

Esta autorización no releva la necesidad de obtener cualquier otra prevista en la legislación vigente.

La presente resolución se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria e Innovación en el plazo de un mes según lo previsto en el artículo 58.1 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, sin perjuicio de que el interesado pueda interponer cualquier otro recurso que estime procedente.

Zaragoza, 4 de abril de 2013.- La Directora General de Energía y Minas, Marina Sevilla Tello.