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RESOLUCIÓN de 24 de junio de 2014, de la Dirección General de Calidad Ambiental del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se somete a información y participación pública el proyecto de Decreto del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de recogida de residuos domésticos y comerciales en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado el 01/07/2014 (Nº 126)
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Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 12.5 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, corresponde a las entidades locales como servicio obligatorio la recogida, el transporte y el tratamiento de residuos domésticos generados en los hogares, comercios y servicios en la forma que establezcan sus respectivas ordenanzas en el marco jurídico de lo establecido en la citada ley, de las que en su caso dicten las Comunidades Autónomas y de la normativa sectorial en materia de responsabilidad ampliada del productor. La prestación de este servicio corresponde a los municipios, quienes podrán llevarla a cabo de forma independiente o asociada.

La disposición transitoria segunda de la misma Ley otorga un plazo de 2 años desde su entrada en vigor para que las entidades locales aprueben las ordenanzas previstas en el artículo 12.5. La misma disposición establece que, en ausencia de las mismas, se aplicarán las normas que aprueben las comunidades autónomas.

Por otra parte, resulta imprescindible aprobar una regulación que contribuya a alcanzar los objetivos de reutilización y reciclaje de residuos domésticos y comerciales que marca la citada ley de residuos. Así mismo, se considera necesario definir los puntos limpios, instalaciones que se vienen explotando para la recogida separada de residuos domésticos, completando al sistema de recogida que se realiza en los contenedores situados en la vía pública, y que precisan de autorización administrativa por parte del órgano ambiental competente de la Comunidad Autónoma, según lo previsto en el artículo 27 de la Ley 22/2011, de 28 de julio.

La obligada aprobación de esta norma se ha tenido en cuenta en el procedimiento de revisión del Plan de Gestión Integral de los Residuos de Aragón (Plan GIRA 2014-2019), plan que se ha sometido recientemente al procedimiento de evaluación ambiental de planes y programas, y que actualmente se encuentra pendiente de aprobación por parte del Consejo de Gobierno.

Con estos antecedentes, mediante Orden de 20 de marzo de 2014, el Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente acordó iniciar el procedimiento para la elaboración de un Decreto por el que se apruebe el Reglamento sobre recogida de residuos domésticos y comerciales en la Comunidad Autónoma de Aragón, encomendando esta labor a las Direcciones Generales de Administración Local y de Calidad Ambiental. En la misma orden se acuerda realizar los trámites de información pública y de audiencia por un plazo de un mes, consultando a las entidades públicas y privadas que consideren especialmente afectadas las mencionadas Direcciones Generales.

De conformidad con lo señalado en el artículo 49.2 de la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón, esta Dirección General resuelve:

Primero.- Someter a información pública el proyecto de Decreto del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de recogida de residuos domésticos y comerciales en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Segundo.- El trámite se realizará por un plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el "Boletín Oficial de Aragón", plazo durante el que se podrán formular cuantas alegaciones o sugerencias se estimen oportunas por parte de cualquier persona física o jurídica.

Tercero.- Las alegaciones o sugerencias al proyecto de Decreto deberán formularse por escrito y se dirigirán a la Dirección General de Calidad Ambiental del Gobierno de Aragón, pudiendo ser presentadas en el Registro General así como por cualquier medio admisible en derecho.

Cuarto.- El texto del proyecto de Decreto podrá examinarse en días hábiles en las dependencias administrativas del Servicio de Información y Documentación Administrativa (edificio Pignatelli, paseo María Agustín, 36, Zaragoza) así como en la sede de la Dirección General de Calidad Ambiental, sita en la plaza de San Pedro Nolasco, 7, 1.ª planta (edificio Maristas). Igualmente, el texto estará disponible para su consulta en la sede electrónica del Gobierno de Aragón,

tamentosOrganismosPublicos/Departamentos/AgriculturaGanaderiaMedioAmbiente en el apartado "Destacados".

Zaragoza, 24 de junio de 2014.- La Directora General de Calidad Ambiental, Pilar Molinero García.