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DECRETO 120/2016, de 30 de agosto, del Gobierno de Aragón, por el que se acepta la concesión, por el Ayuntamiento de Sabiñánigo, del uso de una superficie de 496,84 metros cuadrados, en el antiguo Cuartel de Gravelinas (Pirenarium), para destinarlo a la ampliación del Laboratorio de análisis físico-químico de Bailín.

Publicado el 08/09/2016 (Nº 174)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Texto completo:

El Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad dispone de un laboratorio de análisis químico en el barranco de Bailín, asociado al seguimiento ambiental de la problemática del lindano, cuyas instalaciones son insuficientes, resultando necesario ampliar la superficie del mismo puesto que no dispone de capacidad para albergar más equipos en el emplazamiento actual.

El Ayuntamiento de Sabiñánigo ha aprobado la concesión, a título gratuito, del uso de 496,84 metros cuadrados ubicados en el edificio de los antiguos Cuarteles de Gravelinas (Pirenarium), propiedad de dicha Corporación, por un plazo de 45 años, prorrogables hasta un máximo de 50, con destino a la ampliación del Laboratorio de Análisis de Bailín, y a la instalación de un Centro de Interpretación de la gestión del HCH (lindano).

La superficie cedida, ubicada en la primera planta del referido edificio, ha sido valorada por técnicos del Departamento de Hacienda y Administración Pública, a los efectos de lo previsto en el artículo 17 del texto refundido de la Ley del Patrimonio de Aragón.

En virtud de cuanto antecede, de conformidad con el artículo 21 del texto refundido de la Ley del Patrimonio de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 4/2013, de 17 de diciembre, del Gobierno de Aragón, a propuesta del Consejero de Hacienda y Administración Pública, y previa deliberación, del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 30 de agosto de 2016

DISPONGO

Primero.- Aceptación de la concesión

Se acepta la concesión, acordada por el Ayuntamiento de Sabiñánigo a favor de la Comunidad Autónoma de Aragón, del uso de una superficie de 496,84 metros cuadrados de la planta primera del inmueble, de propiedad municipal, del antiguo Cuartel de Gravelinas, (Pirenarium), sito en Avenida del Ejército, 27, de Sabiñánigo, que figura inscrito en el Registro de la Propiedad Sabiñánigo, al tomo 1442, libro 134, folio 87, finca 1859, cuya referencia catastral es 7091301YN1079S0001LW.

Dicha concesión ha sido acordada por el Ayuntamiento de Sabiñánigo, propietario del inmueble, mediante Acuerdo plenario adoptado en sesión celebrada el día 27 de junio de 2016.

Segundo.- Destino y afectación

Esta concesión del uso de dicho inmueble a favor de la Comunidad Autónoma de Aragón tiene como finalidad la ampliación del Laboratorio de análisis de Bailín y la instalación de un Centro de Interpretación de la gestión del HCH (lindano).

Tercero.- Condiciones

Esta concesión a favor de la Comunidad Autónoma de Aragón se regirá por las siguientes estipulaciones:

1. El plazo de esta concesión es de cuarenta y cinco años, prorrogables tácitamente hasta un máximo de cincuenta años.

2. Esta concesión, que se otorga dejando a salvo el derecho de propiedad, tiene carácter gratuito y queda condicionada al cumplimiento, por la Comunidad Autónoma de Aragón del fin indicado en el apartado segundo.

3. El Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad se hará cargo de las obras de adaptación necesarias en cada momento para el cumplimiento de los fines de esta concesión. Dichas obras no podrá afectar en ningún caso a la seguridad del edificio ni ser contrarias a las normas urbanísticas.

4. Dicho Departamento queda obligado y comprometido a mantener en buen estado las instalaciones. Los servicios de electricidad, climatización, suministro de agua, telefonía, conexión a datos, alarmas y limpieza tendrán acometidas independientes, mientras que el gasto de mantenimiento del ascensor se abonará proporcionalmente a la superficie cedida respecto del total del inmueble.

5. Queda prohibida cualquier transmisión o cesión total o parcial de esta autorización de ocupación a terceros.

6. Serán causas de resolución de esta concesión las siguientes:

- Cesión o subarriendo de la cesión total o parcial a terceros

- Incumplimiento de la finalidad señalada en el apartado segundo

- Vencimiento del plazo

- Renuncia del concesionario, debiendo mediar un plazo de preaviso de dos meses

- Mutuo acuerdo de las partes

- Incumplimiento de las obligaciones por el concesionario de responder de los daños ocasionados por un uso culposo, negligente o inapropiado de los bienes objeto de utilización privativa, que deberá demostrarse tras la tramitación del correspondiente expediente contradictorio en el que se deberá dar audiencia al autorizado

- Desaparición del bien o cuando a consecuencia de fallos estructurales en el edificio, declaración de ruina, rehabilitación, modificación del Plan General de Urbanismo, etc. se hiciera preciso su abandono.

- Resolución judicial.

7. A la resolución de esta concesión, la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón viene obligada a desalojar el inmueble, dejándolo libre y a disposición del Ayuntamiento de Sabiñánigo en un correcto estado de conservación.

Cuarto.- Formalización

Se faculta al Consejero de Hacienda y Administración Pública, y al Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, o persona en quien deleguen, para que cualquiera de ellos, indistintamente, en nombre y representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, formalicen cuantos documentos sean necesarios para la efectividad de este Decreto.

Zaragoza, 30 de agosto de 2016.

El Presidente del Gobierno de Aragón,

JAVIER LAMBÁN MONTAÑÉS

El Consejero de Hacienda y Administración Pública,

FERNANDO GIMENO MARÍN