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RESOLUCIÓN de 21 de febrero de 2019, del Director del Servicio Provincial de Economía, Industria y Empleo de Teruel, por la que se otorga autorización a Redexis GLP, S.L.U. para la construcción y explotación de determinadas instalaciones de almacenamiento y distribución de gases licuados del petróleo en la localidad de Sarrión. Expediente GLP-2988.

Publicado el 09/04/2019 (Nº 69)
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Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y EMPLEO

Texto completo:

Antecedentes de hecho

Primero.- Con fecha de registro 7 de noviembre de 2018, Redexis GLP, S.L.U. presenta solicitud de autorización administrativa para la construcción y explotación de determinadas instalaciones de almacenamiento y distribución de gases licuados del petróleo en la localidad de Sarrión. Para ello presenta un proyecto constructivo denominado "Proyecto de autorización administrativa para la distribución de gas propano canalizado en el término municipal de Sarrión" que dio lugar al expediente de gases licuados del petróleo de este Servicio Provincial GLP-2988.

Segundo.- De acuerdo con lo previsto en el artículo 46.bis de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, se procedió a dar información pública a dicha solicitud mediante Anuncio de este Servicio Provincial publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", número 247, de 24 de diciembre de 2018. El proyecto cuenta con el informe favorable de las Administraciones públicas, organismos y empresas de servicio público o de interés general con bienes o servicios afectados.

Tercero.- Durante el plazo previsto en el procedimiento de información pública no se presentaron alegaciones.

Fundamentos Jurídicos

Primero.- El Servicio Provincial de Economía, Industria y Empleo de Teruel es competente para resolver de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón y en el en el Decreto 133/2017, de 5 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Economía, Industria y Empleo.

Segundo.- El artículo 46.bis de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, establece:

"Artículo 46 bis. Instalaciones de GLP a granel.

1. Requerirán autorización administrativa previa, en los términos establecidos en la presente Ley y en sus disposiciones de desarrollo, la construcción, modificación, explotación y cierre de las instalaciones de almacenamiento y distribución de GLP a granel, y las canalizaciones necesarias para el suministro desde los almacenamientos anteriores hasta los consumidores finales".

Tercero.- La empresa consta inscrita como comercializador al por menor de GLP a granel, según lo previsto en el artículo 46 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos.

Vistos los antecedentes de hecho, fundamentos jurídicos y demás aspectos concurrentes, este Servicio Provincial de Economía, Industria y Empleo, resuelve

Primero.- Otorgar autorización administrativa a Redexis GLP, S.L.U. para la construcción y explotación de las instalaciones de almacenamiento y distribución de gases licuados del petróleo en la localidad de Sarrión que se reflejan en el proyecto constructivo aportado por la empresa, referido en el antecedente primero, que comprende la construcción de un depósito de almacenamiento de propano de 49,5m³ de capacidad unitaria y de un total estimado de 3.967m. de canalizaciones, así como de los elementos asociados necesarios.

Segundo.- Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que, en su caso, se soliciten y autoricen.

Tercero.- Redexis GLP, S.L.U. deberá cumplir el condicionado impuesto por las Administraciones públicas, organismos y empresas de servicio público o de interés general con bienes o servicios afectados.

Cuarto.- El plazo máximo para la ejecución y puesta en servicio de las instalaciones de distribución será de dos años, contados a partir del día siguiente al de la notificación a Redexis GLP, S.L.U. de la presente Resolución.

Quinto.- De acuerdo con lo previsto en el apartado 5 del artículo 46 bis de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, Redexis GLP, S.L.U. constituirá una fianza de cinco mil novecientos quince euros (5.915€) correspondiente al 2% del total presupuestado.

Sexto.- La ejecución y puesta en servicio de las instalaciones se ajustará a lo previsto en el Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01 a 11. Para ello, se presentarán copias de las actas de los ensayos y pruebas realizados, así como los correspondientes certificados finales de dirección de obra, firmados por técnico competente y visados por el Colegio Oficial correspondiente, en los que conste que la construcción y montaje de las instalaciones se han efectuado de acuerdo con las normas referidas en el proyecto y demás normas técnicas vigentes que sean de aplicación.

Séptimo.- La presente autorización se concede sin perjuicio de otras concesiones y autorizaciones que resulten necesarias.

Octavo.- De acuerdo con lo previsto en el apartado 7 del artículo 46 bis de la Ley 34/1998, el incumplimiento de las condiciones, requisitos establecidos en las autorizaciones o la variación sustancial de los presupuestos que determinaron su otorgamiento podrán dar lugar a su revocación.

Contra la presente Resolución que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Consejera de Economía, Industria y Empleo, en el plazo de un mes contado desde su notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el Decreto 133/2017, de 5 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Economía, Industria y Empleo.

Teruel, 21 de febrero de 2019.- El Director del Servicio Provincial de Economía, Industria y Empleo de Teruel. Ángel Lagunas Marqués.