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RESOLUCIÓN de 26 de octubre de 2022, del Presidente del Instituto Aragonés del Agua, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones en materia de gestión de riesgos de inundación para actuaciones preventivas de la peligrosidad por inundación en terrenos de titularidad municipal o en tramos de su competencia, años 2022-2023.

Publicado el 09/11/2022 (Nº 217)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

La Orden AGM/833/2022, de 2 de junio, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones en materia de gestión de riesgos de inundación para actuaciones preventivas de la peligrosidad por inundación en terrenos de titularidad municipal o en tramos de su competencia, años 2022-2023, se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón", número 113, de 14 de junio de 2022.

La finalidad de esta convocatoria de subvenciones es aumentar la seguridad y disminuir el riesgo y vulnerabilidad de la población afectada por riesgos de inundación en Aragón. Por tanto, siendo la limpieza de los ríos en los tramos urbanos una competencia municipal, el Gobierno de Aragón subvenciona estas actuaciones a través del Instituto Aragonés del Agua, por su interés general.

La cuantía total máxima de esta convocatoria es de 400.000 euros, con cargo a la partida presupuestaria 72010 G/5121/760142/91002 PEP 2022/000014 del presupuesto del Instituto Aragonés del Agua distribuida en las siguientes anualidades:

El régimen de concesión de estas subvenciones se ajusta al procedimiento de concurrencia competitiva y se tramita de acuerdo con los principios de publicidad, concurrencia, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación, evaluándose y seleccionándose según lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, y en la Orden AGM/1547/2021, de 5 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las entidades locales de Aragón para impulsar actuaciones en materia de aguas.

El apartado undécimo de la Orden de convocatoria estableció un plazo de presentación de solicitudes de 30 días hábiles a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Aragón. Tras la finalización de dicho plazo, se recibieron un total de 21 solicitudes, 6 de entidades locales ubicadas en Huesca, 5 de Teruel y 10 de Zaragoza.

El informe de instrucción de 3 de octubre de 2022, suscrito por la Secretaria del Instituto Aragonés del Agua, se redacta de conformidad con el apartado decimotercero punto 3.b) de la Orden AGM/833/2022, de 2 de junio, como fase previa a la evaluación de las solicitudes, para realizar un primer análisis de las solicitudes recibidas, recoger las subsanaciones practicadas y verificar tanto el cumplimiento de los datos relativos a la actuación subvencionable como las condiciones impuestas para adquirir la condición de entidad beneficiaria.

Por otro lado, de conformidad con el apartado decimoquinto de la Orden de convocatoria, la comisión de valoración emite su informe, de fecha 5 de octubre de 2022, en el que concretan los resultados de la baremación específica de los criterios de otorgamiento establecidos en la orden de convocatoria, realizando una prelación de las solicitudes a estimar de mayor a menor puntuación, teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestaria existente.

Con todo ello, la Directora del Instituto Aragonés del Agua mediante Resolución de 6 de octubre de 2022, efectuó la propuesta de resolución provisional de concesión de subvenciones. Su publicación en el Boletín Oficial de Aragón, número 199, de 13 de octubre de 2022 abrió el trámite de audiencia a los interesados, concediéndoles un plazo de cinco días hábiles para que aquellas entidades que lo considerasen oportuno pudieran presentar alegaciones.

Transcurrido dicho plazo no se ha recibido ninguna alegación a la propuesta de resolución provisional, por lo que mediante Resolución de la Directora del Instituto Aragonés del Agua, de 21 de octubre de 2022, se formula propuesta de resolución definitiva de la convocatoria de subvenciones, que sirve de base para la formulación de esta Resolución.

Por último, el apartado vigesimosegundo de la Orden AGM/833/2022, de 2 de junio, indica que se podrán realizar pagos anticipados que supondrán entregas de fondos con carácter previo a la justificación, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención. El límite del pago anticipado será del 90 % del importe total de la subvención.

A la vista de la fecha en la que se resuelve esta convocatoria, el plazo del que disponen las entidades beneficiarias para justificar las subvenciones en esta anualidad resulta insuficiente cuando el objeto de la subvención conlleva con carácter general iniciar los trámites de una licitación y puede no efectuarse ningún gasto subvencionable en dicho periodo. De otra parte, es necesario ejecutar el crédito comprometido en el presupuesto del Instituto Aragonés del Agua en este ejercicio para no tener que imputarlo al siguiente, en el cual dicho gasto no está presupuestado, lo que supondría que otras actuaciones no podrían ejecutarse.

Por cuanto antecede, en aplicación del apartado decimosexto de la Orden AGM/833/2022, de 2 de junio, en ejercicio de las competencias que a esta Presidencia confiere la Ley 10/2014, de 27 de noviembre, de Aguas y Ríos de Aragón, y en virtud de lo dispuesto en los artículos 8.1.b y 23 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, se dicta la siguiente resolución:

Primero.- Conceder las subvenciones en materia de gestión de riesgos de inundación para actuaciones preventivas de la peligrosidad por inundación en terrenos de titularidad municipal o en tramos de su competencia, años 2022-2023, a las entidades locales que se incluyen en el anexo I de esta Resolución, por un importe de trescientos noventa y seis mil doscientos cincuenta y cinco euros con cincuenta y cuatro céntimos (396.255,54 €), indicando la actuación, la valoración obtenida y el importe de subvención concedido.

Segundo.- Desestimar las subvenciones a las entidades locales que se relacionan en el anexo II, por haberse agotado el crédito disponible para poder ser atendidas o por los motivos que se indican en cada caso.

Tercero.- Establecer una lista de reserva de posibles entidades beneficiarias como consecuencia de cuantías liberadas por renuncias o por otras circunstancias, que se recoge en el anexo III, donde aparecen relacionadas por orden de puntación todas las entidades solicitantes que cumpliendo los requisitos para poder ser beneficiarias, no han podido recibir la subvención por falta de disponibilidad presupuestaria.

Cuarto.- Ordenar el pago anticipado de la subvención concedida correspondiente a la anualidad 2022, cuyo importe no supera el límite del 90% del importe total de la subvención, a las entidades locales beneficiarias, según se indica en la tabla incluida como anexo IV, con cargo al crédito comprometido en la aplicación presupuestaria 72010 G/5121/760142/91002 PEP 2022/000014 del presupuesto de gastos del Instituto Aragonés del Agua para 2022.

Quinto.- Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Aragón, en la página web del Instituto Aragonés del Agua y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones de conformidad con el apartado decimosexto de la orden de convocatoria.

Sexto.- Contra esta Resolución, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, podrá interponerse por la entidad local interesada requerimiento previo ante el presidente del Instituto Aragonés del Agua en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Aragón.

También podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Aragón, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 26 de octubre de 2022.

El Presidente del Instituto Aragonés del Agua,

JOAQUÍN OLONA BLASCO