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RESOLUCIÓN de 19 de noviembre de 2018, de la Directora del Servicio Provincial de Economía, Industria y Empleo de Huesca, por la que se autoriza y aprueba el "Proyecto ejecutivo de transformación a gas natural de las instalaciones existentes suministradas con GLP, desmantelamiento de la planta de GLP existente, instalación de un depósito de GLP provisional, construcción de las instalaciones de distribución de gas natural y de la planta satélite de GNL en MOP 3,5 bar en el Término Municipal de Almudévar (Huesca)". Expediente: C-8/18.

Publicado el 09/04/2019 (Nº 69)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y EMPLEO

Texto completo:

Antecedentes de hecho:

Primero.- El 5 de febrero de 2018 Nedgia Aragón S.A. y en su nombre y representación, D.ª María Miró Botella, presenta ante este Servicio Provincial, solicitud de autorización administrativa previa y aprobación del proyecto denominado "Proyecto ejecutivo de transformación a gas natural de las instalaciones existentes suministradas con GLP, desmantelamiento de la planta de GLP existente, instalación de un depósito de GLP provisional, construcción de las instalaciones de distribución de gas natural y de la planta satélite de GNL en MOP 3,5 bar en el Término Municipal de Almudévar (Huesca)", suscrito por D.ª Alejandra Risco Barba, colegiada número 25430, visado número18900558/01 en fecha 25 de enero de 2018 por el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Madrid.

Segundo.- El 5 de marzo de 2018, Nedgia Aragón S.A., presenta una adenda al proyecto para dar respuesta a una solicitud por parte del Ayuntamiento de Almudévar, de cambio de ubicación de la planta de GNL. La adenda está suscrita por D.ª Alejandra Risco Barba, colegiada número 25430, visado número18900558/01 en fecha 2 de marzo de 2018, por el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Madrid.

Tercero.- Con fecha 22 de junio de 2018, Redexis Gas S.A. presenta escrito en este Servicio Provincial en el que desiste de la solicitud realizada en su día para solicitar la Autorización administrativa para la distribución de gas natural en el municipio de Almudevar (expediente C- 14/16) declarando concluso el procedimiento mediante Resolución de 3 de julio de 2018 de este Servicio Provincial.

Cuarto.- El proyecto se sometió a información pública de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 73.4 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de los hidrocarburos y del artículo 78 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural, mediante anuncios en el "Boletín Oficial de Aragón", número 174, de 7 de septiembre de 2018, "Boletín Oficial de la Provincia de Huesca" de 6 de septiembre de 2018, Diario del Alto Aragón de 28 de septiembre de 2018 y Heraldo de Aragón de 28 de septiembre de 2018. No se recibieron alegaciones.

Quinto.- El proyecto se trasladó a otras Administraciones públicas, organismos o empresas de servicio público, o de servicios de interés general según lo establecido en los artículos 80 y 84 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural. En lo referente a este trámite, Nedgia Aragón S.A. aceptó los condicionados emitidos por el Ayuntamiento de Almudévar.

Fundamentos jurídicos:

Primero.- El Servicio Provincial de Economía, Industria y Empleo de Huesca es competente para resolver la presente autorización, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón, los Reales Decretos 2596/1982, de 24 de julio, 539/1984, de 8 de febrero y 570/1995, de 7 de abril, sobre transferencias de competencias, funciones y servicios de la administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de Industria, Energía y Minas, el Decreto 133/2017, de 5 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Economía, Industria y Empleo y el Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos.

Segundo.- La Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos regula, en su Título IV capítulo V, la distribución de combustibles gaseosos por canalización; en concreto, el artículo 73 establece el requisito de autorización administrativa previa para la construcción, modificación, explotación y cierre de las instalaciones de distribución de gas natural, con independencia de su destino o uso.

Tercero.- El Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural, establece el régimen jurídico aplicable a las actividades de gas natural para suministro por canalización, así como el régimen de autorización correspondiente a todas las instalaciones vinculadas a las actividades de gas. El artículo 70 prescribe que la construcción, ampliación, modificación y explotación de todas las instalaciones gasistas a las que se refiere el artículo 67.1 requiere Resolución administrativa para la aprobación del proyecto de detalle o proyecto de ejecución de las instalaciones. Dicha Resolución administrativa permite a su titular realizar la construcción o establecimiento de las mismas. El artículo 75 determina que las autorizaciones a las que se refiere el Título IV serán otorgadas sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables, y en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Cuarto.- El Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos, en el apartado 2 de la ITC-ICG01 establece que las instalaciones de distribución de combustibles gaseosos por canalización requieren autorización administrativa previa.

Quinto.- Visto Reglamento general del servicio público de gases combustibles, aprobado por el Decreto 2913/1973, de 26 de octubre, en la parte no derogada por el Real Decreto 919/2006 y por el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre.

Considerando que se han cumplido los trámites establecidos en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, en el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorizaciones de gas natural y en el Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos.

Vistos los antecedentes de hecho y fundamentos jurídicos, este Servicio Provincial ha resuelto lo siguiente:

Otorgar a Nedgia Aragón S.A. Autorización Administrativa y Aprobación del proyecto y su adenda, denominado: "Proyecto Ejecutivo de transformación a gas natural de las instalaciones existentes suministradas con GLP, desmantelamiento de la planta de GLP existente, instalación de un depósito de GLP provisional, construcción de las instalaciones de distribución de gas natural y de la planta satélite de GNL en MOP 3,5 bar en el Término Municipal de Almudévar (Huesca)".

El proyecto y su adenda consiste básicamente en:

- Desmantelamiento del centro de almacenamiento de GLP existente.

- Instalación de un módulo de GLP provisional, en Camino Licorera 16, compuesto por un depósito de 19,9m³ de capacidad, el cual será desmantelado al finalizar el proceso de cambio de combustible a gas natural. Con vaporización forzada.

- Instalación de un módulo de GNL, en Calle Miguel Monserrat 6, compuesto por un depósito de 49,9m³ de capacidad, una unidad de descarga de camiones cisterna, módulo de regasificación, estación de regulación y medida, sistema de odorización y sistemas auxiliares. Con vaporización atmosférica.

- Conversión a gas natural de la red de distribución de GLP existente en varias calles.

- Ampliación de la red de distribución para atender solicitudes de nuevos suministros, con presión máxima de operación 3,5 bar para los ramales y conducciones en polietileno. Longitud 367 m formada por tubería PE100 SDR 17,6 y diámetro 63 mm

En cumplimiento del artículo 73.4 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos y del artículo 82 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural, se establece como garantía de cumplimiento de obligaciones la cantidad de 7854,86 euros, correspondientes al 2 por ciento del presupuesto del proyecto, que Nedgia Aragón S.A. deberá constituir, en el plazo de un mes a partir del otorgamiento de la presente autorización, por medio de un depósito en la Caja General de Depósitos de la Diputación General de Aragón, a favor de este Servicio Provincial, donde se remitirá, además, un ejemplar del documento justificativo de ingreso en el plazo de un mes a partir del otorgamiento de la presente autorización.

La presente autorización se entenderá otorgada con las siguientes condiciones:

1. En todo momento se deberá cumplir cuanto se establece en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural, el Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Técnico de distribución y Utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01 a 11, y en las normas o Reglamentos técnicos de seguridad que le afecten.

2. Nedgia Aragón, S.A. deberá cumplir el condicionado impuesto por las Administraciones, organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas con bienes y derechos a su cargo, de acuerdo al artículo 84 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural.

3. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado y su adenda, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.

4. La instalación no podrá ser utilizada para otros usos distintos de los que constan en el objeto del proyecto, salvo solicitud previa y autorización expresa.

5. Nedgia Aragón S.A, queda obligada con los titulares de los contratos en vigor en el momento de realizar el cambio de gas suministrado, a sustituir o adaptar todos los elementos de las instalaciones receptoras afectadas por el cambio, y aquellos aparatos de utilización declarados en el contrato y, en su caso, el contador, sin que éste pueda reportar ningún coste para el usuario.

6. Una vez terminada la instalación, se realizará su puesta en servicio según lo establecido en el apartado 5.7 del Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos, en el apartado 5 de la ITC-ICG01, y se efectuará la comunicación a este Servicio Provincial aportando la preceptiva documentación.

Para ello se presentarán copias de las actas de los ensayos y pruebas realizados, así como los correspondientes certificados finales de dirección de obra, firmados por técnico competente y visados por el colegio oficial correspondiente, en los que conste que la construcción y montaje de las instalaciones se han efectuado de acuerdo con las normas del proyecto y demás normas técnicas vigentes que sean de aplicación.

7. El plazo para la puesta en marcha de la instalación será de 2 años, contados a partir del día siguiente de notificación a Nedgia Aragón S.A., pudiendo prorrogarse dicho plazo previa justificación.

8. La Administración dejará sin efecto la presente Resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella. En tales supuestos la Administración, previa apertura del oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de Orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

9. Durante la ejecución de la obra se adoptarán las medidas oportunas, al objeto de minorar las afecciones causadas por el trazado y atender, en la medida que sea técnicamente posible, las alegaciones realizadas por los titulares de los derechos y bienes afectados.

10. Nedgia Aragón, S.A, previo al inicio de trabajos, dispondrá las autorizaciones de cruce o paso ante los organismos o empresas titulares de líneas eléctricas, carreteras y cursos de agua, así como de los derechos de paso y servidumbres necesarias, entendiéndose que la presente autorización lo es sin perjuicio de tercero, y no excluye la necesidad de obtener las demás autorizaciones, permisos o concesiones que por razón de la materia le sean de aplicación.

11. La presente aprobación de proyecto se otorga sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial y otras, necesarias para la realización de las instalaciones.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Consejera de Economía, Industria y Empleo, en el plazo de un mes contado desde su notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 4.1. b) del Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos de la misma.

Huesca, 19 de noviembre de 2018.- La Directora del Servicio Provincial de Economía, Industria y Empleo de Huesca, Marta P. Rodríguez Vicente.