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RESOLUCIÓN de 30 de agosto de 2022, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 17 de septiembre de 2012, por la que se formula la declaración de impacto ambiental y se otorga la Autorización Ambiental Integrada para la ampliación de una explotación porcina de cebo hasta 3.081 plazas (369,72 UGM), situada en el polígono 6, parcela 45, del término municipal de Fuendejalón (Zaragoza), y promovida por D.ª Inmaculada Serrano Vaquero. (Número de Expediente: INAGA 500202/02/2022/06966).

Publicado el 09/11/2022 (Nº 217)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

Con fecha 30 de junio de 2022, D.ª Inmaculada Serrano Vaquero presenta la documentación en este Instituto por la que solicita la modificación puntual de la Autorización Ambiental Integrada de su explotación para la asignación de número de pequeño productor de residuos.

La explotación, con REGA ES501130000014, dispone de Autorización Ambiental Integrada otorgada mediante Resolución de 17 de septiembre de 2012, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA), publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 197, de 9 de octubre (Número Expdte. INAGA 500301/02/2010/08832).

Mediante Resolución de 19 de noviembre de 2013, de este Instituto, publicada en "Boletín Oficial de Aragón", número 252, de 26 de diciembre de 2013, se procede a la actualización de dicha Autorización Ambiental Integrada (Número Expdte INAGA 500601/02/2013/10481).

Mediante Resolución de 28 de marzo de 2014, del INAGA, se aprueba la modificación no sustancial de dicha Autorización Ambiental Integrada por construcción de una nave para maquinaria de 12 x 14,70 m (Número Expdte INAGA 500601/02/2014/02867). La modificación puntual aprobada mediante Resolución de 18 de enero de 2017, incorpora esta modificación sustancial en la Autorización Ambiental Integrada (Número Expdte INAGA 500601/02/2016/05913).

El 10 de junio de 2021, se publicó en "Boletín Oficial de Aragón" la Resolución de 5 de abril de 2021, del INAGA, por la que se revisó la Autorización Ambiental Integrada de la explotación incorporando el anexo II de Mejoras Técnicas Disponibles (Número Expdte INAGA 500202/02/2019/10502).

La modificación puntual solicitada consiste en otorgar número de pequeño productor de residuos y su incorporación a la Autorización Ambiental Integrada.

Considerando los criterios del artículo 14.1 del Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, la modificación propuesta se considera no sustancial. Sin embargo, procede recoger estos cambios en la Autorización Ambiental Integrada, modificando puntualmente la Resolución, todo ello de acuerdo al artículo 64 de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón.

De conformidad con lo establecido en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por la que se aprueba el texto refundido de la de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera; el Real Decreto 100/2011, de 28 de enero; la Orden de 20 de mayo de 2015, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se establecen los requisitos de registro y control en las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y se establecen métodos alternativos de análisis para determinados contaminantes atmosféricos; la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados; el Decreto 148/2008, de 22 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Catálogo Aragonés de Residuos; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón; la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, y demás disposiciones de general aplicación, se resuelve:

Modificar la Resolución de 17 de septiembre de 2012, por la que se otorga la Autorización Ambiental Integrada para la ampliación de una explotación porcina de cebo hasta 3.081 plazas (369,72 UGM), situada en el polígono 6, parcela 45, del término municipal de Fuendejalón (Zaragoza), con REGA ES501130000014, en los siguientes puntos dejando inalterado el resto:

Al punto 2.8. de la Resolución se le añadirá el siguiente párrafo:

"Se inscribe la explotación en el registro de pequeño productor de residuos con el número AR/PP-15.355, para los siguientes residuos: Infecciosos (Cód. 180202), Químicos (Cód. 180205), Envases contaminados (Cód. 150110), Aceites usados (Cód. 130208), Baterías (Cód. 160601), Fluorescentes (Cód. 200121), Aerosoles (Cód. 150111) y cualquier otro pequeño residuo peligroso que se genere en la explotación, no debiendo exceder en su conjunto las 10 t/año".

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que, en su caso, pudiera interponerse.

Zaragoza, 30 de agosto de 2022.

El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, JESÚS LOBERA MARIEL