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RESOLUCIÓN de 10 de enero de 2017, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 4 de noviembre de 2014, por la que se formula la declaración de impacto ambiental y se otorga la autorización ambiental integrada para la construcción de una explotación porcina de producción con capacidad para 3.059 cerdas reproductoras con lechones hasta 6 kg, 440 cerdas primerizas, 256 cerdas en cuarentena y 6 verracos (864 UGM), situada en el polígono 506, parcelas 246, 247, 248 y 250, del término municipal de Almudévar (Huesca), y promovida por Agropor de la Corona, S.L. (Número Expte. INAGA 500601/02/2016/02808).

Publicado el 16/02/2017 (Nº 32)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Con fecha 9 de marzo de 2016, se presenta escrito en este Instituto, por D. Francisco Javier mayoral Murillo, en representación de Agropor de la Corona, S.L., con CIF: B22395511, solicitando la modificación puntual de la autorización ambiental integrada de su explotación, en base a la modificación no sustancial aprobada por Resolución de 30 de septiembre de 2015. Se procede reflejar el cambio de titularidad, del cual se tomó conocimiento por Resolución de 13 de agosto de 2015.

Antecedentes de hecho

Primero.- Mediante Resolución de 4 de noviembre de 2014, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 238, de 4 de diciembre de 2014, se otorgó la autorización ambiental integrada y se formuló la declaración de impacto ambiental para la explotación porcina descrita (Número Expte. INAGA 500601/02/2014/01554).

Segundo.- Mediante Resolución de 6 de marzo de 2015, de este Instituto, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 76, de 22 de abril de 2015, se procede a la modificación puntual de dicha autorización para desvincular la parcela 245, del polígono 506, por resultar innecesaria (Número Expte. INAGA 500601/02/2014/12295).

Tercero.- Mediante Resolución de 13 de agosto de 2015, de este Instituto, se toma conocimiento del cambio de titularidad de la explotación a favor de Agropor de la Corona, S.L. (Número Expte. INAGA 500601/02/2015/07062).

Cuarto.- Mediante Resolución de 30 de septiembre de 2015, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se aprueba la modificación no sustancial de dicha autorización ambiental integrada por cambios en las instalaciones proyectadas (Número de Expediente INAGA 500601/02/2015/09028).

Fundamentos jurídicos

De conformidad con lo establecido en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la revisión de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas; la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de cerdos; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se resuelve:

Modificar puntualmente la Resolución de 4 de noviembre de 2014, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorga la autorización ambiental integrada para una explotación porcina de producción, en el término municipal de Almudévar (Huesca), promovida por Agropor de la Corona, S.L., en los siguientes puntos, dejando inalterado el resto:

El punto 2 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"2. Otorgar la autorización ambiental integrada a Agropor de la Corona, S.L., con CIF: B22395511, para la instalación de una explotación porcina de producción con capacidad para 3.059 hembras reproductoras con lechones hasta 6 kg, 440 cerdas primerizas, 256 cerdas en cuarentena y 6 verracos (864 UGM), a ubicar en el polígono 506, parcelas, 246, 247, 248 y 250, del término municipal de Almudévar (Huesca), con unas coordenadas UTM en el huso 30 (ETRS89) de: X = 695.245 / Y = 4.654.800. La presente autorización se otorga con la descripción, condiciones, obligaciones y derechos que se indican a continuación y se considera adaptada a la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, sobre las emisiones industriales".

El punto 2.1 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"2.1. Las instalaciones proyectadas para el desarrollo de la actividad se corresponden con: una nave de gestación control de 123,98 x 25,95 m; una nave de gestación confirmada de 173,72 x 26 m; una nave de maternidad de 171,60 x 34,50 m; dos naves de reposición recría de 28,40 x 7,20 m; una nave de desvieje de 21,40 x 7,20 m; un porche para el grupo electrógeno de 15,40 x 5,40 m; una nave almacén para alimentación de 11,40 x 10,40 m; un cuarto de calderas de 6,56 x 5,60 m; una caseta de bombeo de 3,40 x 3,40 m; una caseta para oficinas y vestuario de 19,90 x 10,10 m; una balsa de purín con capacidad para 9.300 m³; una fosa de cadáveres de 55,50 m³; una balsa de agua con capacidad para 5.000 m³; vado de desinfección y vallado perimetral de la explotación".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 10 de enero de 2017.

El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, JESÚS LOBERA MARIEL