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ORDEN de 12 de junio de 2015, del Consejero de Presidencia y Justicia, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y la Federación Aragonesa de Montañismo, para actuaciones en senderos de gran recorrido.

Publicado el 14/07/2015 (Nº 134)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios con el núm. 2015/7/0148 el convenio suscrito, con fecha 25 de mayo de 2015, por el Consejero de Economía y Empleo del Gobierno de Aragón y el Presidente de Federación Aragonesa de Montañismo, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio, que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 12

de junio de 2015.

El Consejero

de Presidencia y Justicia,

ROBERTO BERMÚDEZ DE CASTRO MUR

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE ARAGÓN Y LA FEDERACIÓN ARAGONESA DE MONTAÑISMO, PARA ACTUACIONES EN SENDEROS DE GRAN RECORRIDO

En Zaragoza, a 25 de mayo de 2015.

De una parte, D. Francisco Bono Ríos, Consejero de Economía y Empleo del Gobierno de Aragón, actuando en su nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Aragón, facultado para este acto, por Acuerdo del Gobierno de Aragón, de fecha 22 de mayo de 2015.

Y de otra, D. Luis Masgrau Gómez, Presidente de la Federación Aragonesa de Montañismo.

Ambas partes se reconocen con capacidad legal suficiente para la celebración de este convenio de colaboración, con arreglo a los siguientes

ANTECEDENTES

Primero.- La regulación de los senderos turísticos aragoneses obedece al fomento de la calidad y la seguridad en la práctica senderista en Aragón, a la protección del patrimonio natural y cultural, así como al incremento de las corrientes turísticas derivadas de su utilización.

Segundo.- El marco normativo de los senderos ha quedado completado por el desarrollo del Decreto 159/2012, de 19 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan los senderos de Aragón que revisten la condición de recursos turísticos, mediante la publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", número 221, de 8 de noviembre del 2013, de la Orden de 31 de octubre de 2013, del Consejero de Economía y Empleo, por la que se regula la clasificación y el reconocimiento de la especialización de los senderos turísticos; la Orden de 31 de octubre de 2013, del Consejero de Economía y Empleo, por la que se regulan la organización y el funcionamiento del Registro de Senderos Turísticos y la Orden de 4 de noviembre de 2013, del Consejero de Economía y Empleo y del Consejero Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se aprueba el manual de senderos turísticos de Aragón.

Tercero.- Por su parte, el artículo 10 del Decreto 159/2012, de 19 de junio, establece la posibilidad de que la Administración de la Comunidad Autónoma otorgue ayudas y subvenciones dirigidas a colaboraren la financiación del diseño, ejecución, mantenimiento y difusión de los senderos que revisten la condición de recursos turísticos, de conformidad con la legislación vigente en la materia.

Cuarto.- EI Departamento de Economía y Empleo elaboró, en 2014, un plan director para determinar las actuaciones a realizar en un periodo de seis ejercicios sobre un total de diez senderos de gran recorrido, distribuidos en las tres provincias aragonesas, susceptibles de ser declarados senderos de interés autonómico, con el fin de articular un red de senderos de gran recorrido, adaptada a las previsiones de la normativa vigente en materia de senderos y que atraviese los grandes sistemas montañosos y entornos naturales mas interesantes.

Quinto.- En desarrollo del plan firector, en el ejercicio de 2014, se firmó un convenio entre el Gobierno de Aragón y la Federación Aragonesa de Montañismo, para la adecuación y acondicionamiento de tramos de los senderos GR 15 y GR 24, susceptibles de obtener posteriormente el reconocimiento como senderos turísticos de interés autonómico ante la comisión de senderos, por tratarse de recorridos con gran potencial de uso, que no son rentabilizados al precisar de adecuación y señalización funcional que garantice la seguridad de su uso y permita su difusión.

Sexto.- Con la finalidad de continuar el procedimiento de reconocimiento de senderos turísticos de interés autonómico ante la comisión de senderos, y en desarrollo de las previsiones del plan director, es necesario proseguir con la adecuación y acondicionamiento de nuevos tramos de los senderos GR 15 y GR 24, con el fin de terminar su recorrido y obtener su reconocimiento como senderos de interés turístico, así como comenzar actuaciones en el GR 11 y GR 90, y realizar actuaciones imprescindibles de adecuación y acondicionamiento en varios senderos declarados de interés autonómico.

Así mismo, como medida de difusión de la red de senderos, surgida de la inscripción en el registro de senderos de aquellos autorizados como senderos turísticos, se debe contar con una herramienta informática que dé a conocer los senderos considerados recurso turístico mediante la creación de una web de senderos turísticos de Aragón.

Por último, se considera necesario implantar una estrategia de control y seguimiento de uso de la red de senderos turísticos, instalando contadores de personas en lugares estratégicos junto con la descarga y tratamiento de los datos obtenidos que permita conocer el retorno de la inversión realizada el estas infraestructuras.

Séptimo.- Queda justificada la imposibilidad de utilizar el procedimiento de concurrencia competitiva para la concesión de la subvención, de conformidad con el artículo 28.5 de la Ley 5/2015, de 25 marzo, de Subvenciones de Aragón, dado que la Federación Aragonesa de Montañismo, organización deportiva sin ánimo de lucro declarada de utilidad pública e inscrita en el Registro General de Asociaciones Deportivas de Aragón, número 005/03, es la única entidad de rango federativo en Aragón cuyo objeto social es la promoción de senderismo y su práctica en condiciones de seguridad, que viene colaborando con el Gobierno de Aragón en las actividades relacionadas con la promoción, difusión y mejora de las infraestructuras relacionadas con la práctica senderista, formando parte de la Comisión de los Senderos Turísticos de Aragón.

Octavo.- De conformidad con lo establecido en el artículo 103 del Plan de Racionalización del Gasto Corriente del Gobierno de Aragón, aprobado el 13 de septiembre de 2011, ha quedado acreditado el seguimiento y la correcta ejecución y justificación de la subvención concedida en el ejercicio anterior.

Por todo ello, las partes acuerdan la firma de este convenio de colaboración, de acuerdo con las cláusulas que se explicitan a continuación

Primera.- Objeto.

Es objeto de este convenio instrumentar la colaboración del Gobierno de Aragón, a través del Departamento de Economía y Empleo, y la Federación Aragonesa de Montañismo, para la adecuación y acondicionamiento de senderos de gran recorrido y otros senderos susceptibles de ser declarados de interés autonómico, y la continuación de actuaciones en senderos autorizados y registrados como senderos de interés autonómico, así como para la elaboración de una herramienta informática que dé a conocer los senderos considerados recurso turístico, mediante la creación de una web de senderos turísticos de Aragón y para la implantación de una estrategia de control del uso de la red de senderos turísticos con tratamiento de los datos obtenidos para conocer el retorno generado por las inversiones en estas infraestructuras.

Segunda.- Actuaciones subvencionables.

Las actuaciones a realizar desde la firma del convenio hasta el plazo de justificación, de conformidad con lo relacionado en el anexo, son las siguientes:

1. Redacción de proyecto del GR 11, completo.

2. Terminación GR 15, entre Castiello de Jaca y Fago.

3. Ampliación y conversión a turístico del sendero de las pasarelas de Alquézar.

4. Redacción del proyecto del GR 90, completo.

5. Terminación del GR 24, en Zaragoza.

6. Creación de la web "senderos turísticos de Aragón".

7. Actuaciones para la gestión de retornos: estudio de incidencia, gestión de contadores.

8. Obras especiales en senderos turísticos de interés autonómico ya autorizados: pasaderas, alertas de incidencias y riesgos.

9. Gastos generales de la FAM, para este convenio.

La adecuación de los senderos deberá garantizar su continuidad en adecuadas condiciones de uso y cumplirá lo dispuesto en el Decreto 159/2012, de 19 de junio, y en su normativa de desarrollo.

La Federación Aragonesa de Montañismo se erige en promotor de los senderos incluidos en el presente convenio, cumpliendo las obligaciones inherentes a esta condición, según el Decreto 159/2012, de 19 de junio, y la normativa de desarrollo, durante un periodo mínimo de 4 años.

Tercera.- Financiación.

El Gobierno de Aragón, Departamento de Economía y Empleo, subvencionará a la Federación Aragonesa de Montañismo con 383.750 euros (trescientos ochenta y tres mil setecientos cincuenta euros), IVA incluido, para la realización de las actuaciones contempladas en el presente convenio, de acuerdo al presupuesto realizado que figura en el anexo, con cargo a la partida presupuestaria 150507511 780.031 91002 de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma para el ejercicio 2015.

Cuarta.- Justificación y pago.

1. El Gobierno de Aragón abonará a la Federación Aragonesa de Montañismo las cantidades establecidas en la cláusula anterior, una vez se haya justificado la aplicación adecuada de los fondos a las finalidades establecidas en el presente convenio.

2. Para ese fin, podrán realizarse certificaciones parciales, con desglose detallado, y sus correspondientes pagos.

3. La Federación Aragonesa de Montañismo justificará ante el Departamento de Economía y Empleo, Dirección General de Turismo, que la subvención indicada en la cláusula segunda se ha destinado a la finalidad para la que se concedió, mediante la presentación de la siguiente documentación:

- Escrito de presentación de la justificación.

- Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.

- Un plan de mantenimiento, para los cuatro años de ejercicio, de la promoción del sendero por la FAM.

- Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que contendrá:

Relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago. En caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un presupuesto, se indicarán las desviaciones acaecidas.

Facturas originales, normales o simplificadas, o documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil, del gasto de la actuación subvencionada, acompañadas de los documentos de pago. La acreditación de los gastos también podrá efectuarse mediante facturas electrónicas, siempre que cumplan los requisitos exigidos para su aceptación en el ámbito tributario.

Los gastos generales administrativos y los gastos de redacción del proyecto y/o dirección de obra generados a la federación, en la ejecución del convenio, se considerarán gastos subvencionables siempre que estén relacionados con la actividad hasta un máximo del 5,50% del presupuesto de ejecución material y sean indispensables para la adecuada preparación o ejecución de la misma.

Para su justificación, se aportará certificado de la entidad relativo a las horas y al personal destinado a estos trabajos, acompañado de las nóminas del personal así como el modelo TC2 de cotización de cuotas a la Seguridad Social y modelo 110 de retenciones a cuenta e ingresos de IRPF.

En cuanto a los desplazamientos necesarios para la ejecución del convenio, las cantidades a percibir por este concepto con cargo al convenio serán las correspondientes al grupo 2, según Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, de indemnizaciones por razón de servicio, actualizados por las Órdenes de Economía y Hacienda 3770/2005, de 1 de diciembre y 3771/2005, de 2 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado", número 289, de 3 de diciembre de 2005).

En concepto de locomoción, podrán abonarse hasta un máximo de 1.510,50 euros por sendero, cantidad resultante de multiplicar los kilómetros de los tramos de sendero objeto del convenio por 3 visitas a realizar, en caso de proyectos de senderos, o 6 visitas a realizar, en caso de que lleve aparejado la dirección de obra, abonando un importe de 0,19 euros por kilómetro. Esto se justificará por factura normal o simplificada. En cuanto a las dietas, se justificarán igualmente mediante factura normal o simplificada.

En caso de que circunstancias extraordinarias exijan un mayor número de desplazamientos, previa conformidad de la Comisión de seguimiento, se podrán efectuar los mismos.

Estos gastos tienen que cumplir las medidas al Plan de Racionalización del Gasto Corriente del Gobierno de Aragón, aprobado el 13 de septiembre de 2011.

4. La Federación Aragonesa de Montañismo (FAM) presentará la documentación justificativa completa, como fecha límite, hasta el día 15 de noviembre de 2015.

5. De acuerdo con el artículo 34.3 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, en relación con el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 50.000 euros, en el supuesto de coste por ejecución de obra o de 18.000 euros, en el supuesto de suministro de bienes de equipo o prestaciones de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación del compromiso para la prestación del servicio, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo presten, o salvo que el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la solicitud de la subvención. La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justificación, o, en su caso, en la solicitud de la subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa. Deberá presentar, por lo tanto, en los casos en que proceda, los tres presupuestos que se hayan solicitado.

6. Para el cobro de la subvención, la Federación Aragonesa de Montañismo deberá presentar certificados de estar al corriente con las obligaciones tributarias, frente a la Administración General del Estado y a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y frente a la Seguridad Social, y cualesquiera otras que sean exigibles conforme a la legislación vigente. Así mismo, la firma del presente convenio conlleva la autorización al órgano gestor para recabar los certificados a emitir tanto por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y por la Tesorería General de la Seguridad Social como por los órganos de la Administración Tributaria de la Comunidad Autónoma de Aragón.

7. En todas las actuaciones de publicidad y comunicación que se realicen relativas a la realización del proyecto objeto de esta subvención, la Federación Aragonesa de Montañismo deberá hacer constar la participación del Gobierno de Aragón en su financiación, mediante la inclusión de la imagen institucional en los soportes correspondientes, conforme a la normativa vigente.

8. La Federación Aragonesa de Montañismo comunicará a la Dirección General de Turismo cualquier eventualidad sobrevenida de la actividad o proyecto subvencionado que afecte a su realización, que suponga una variación en los planteamientos de trabajo especificados en la solicitud, así como la obtención de cualquier otra subvención, ayudas, ingresos o recursos que financien la misma actuación subvencionada, procedente de otras Administraciones Públicas o entes públicos o privados, de forma inmediata, y en todo caso, con anterioridad a la justificación de la subvención concedida.

Quinta.- Comisión de seguimiento del convenio.

Se crea una comisión de evaluación y seguimiento integrada por dos representantes de cada una de las partes firmantes de este convenio.

La comisión se reunirá un mínimo de dos ocasiones:

En el inicio de la ejecución para evaluar los presupuestos y proyectos en su caso, levantando un acta de conformidad.

En el final de las actuaciones, al objeto de comprobar la bondad de lo ejecutado, emitiendo un acta de conformidad.

En caso de que se produzcan situaciones no previstas o de carácter extraordinario, la comisión podrá reunirse a requerimiento de cualquiera de las partes. Así mismo, en caso de producirse variaciones económicas en función de las adjudicaciones o de otras circunstancias, la comisión podrá destinar estos fondos a la mejora de los tramos incluidos en este convenio.

La comisión podrá realizar o encomendar las visitas previas, de seguimiento y de comprobación de la ejecución de las obras, así como con posterioridad para el seguimiento del mantenimiento preceptivo, en cumplimiento del Decreto 159/2012, de 19 de junio, y de lo indicado en la cláusula primera del presente convenio.

Sexta.- Identificación corporativa.

Las publicaciones e impresiones relativas a las actuaciones que genere el presente convenio deberán incluir en todo caso el logotipo del Gobierno de Aragón, la marca Aragón y la marca de la Federación Aragonesa de Montañismo, en la parte anterior de la impresión, debiendo contar con la autorización correspondiente de la Comisión de Comunicación Institucional del Gobierno de Aragón.

Séptima.- Régimen jurídico.

Este convenio se rige por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; la Ley 5 12015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, y por sus normas de desarrollo.

Este convenio tiene naturaleza administrativa, por lo que cualquier cuestión litigiosa que se produzca en cuanto a su interpretación o cumplimiento, se sustanciará ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

Octava.- Periodo de vigencia.

El presente convenio estará vigente desde la fecha de la firma hasta el 31 de diciembre de 2015, y la documentación justificativa completa deberá ser aportada por la Federación Aragonesa de Montañismo (FAM) hasta el día 15 de noviembre de 2015.

Leído este convenio por las partes, y en prueba de conformidad con el contenido del mismo, lo firman y rubrican, por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

Con el fin de llevar a cabo la adaptación del más concurrido sendero de la Comunidad a la normativa de senderos turísticos de Aragón, la actuación que se propone en este convenio consiste en la elaboración documental previa a la petición de autorización a la Comisión de senderos.

Tal como se establece en el Decreto 159/2012, de 19 de junio, del Gobierno de Aragón, y en el manual correspondiente (Orden de 4 de noviembre de 2013, del Consejero de Economía y Empleo y del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente), el proyecto de diseño, ejecución y mantenimiento de un sendero turístico deberá ser elaborado por un responsable técnico escogido por el promotor del mismo y cumplirá con los requisitos que se establecen en este decreto, y con las determinaciones técnicas incluidas en el manual de senderos turísticos de Aragón, que se aprobará por orden conjunta de los consejeros competentes en materia de turismo y de medio ambiente. El proyecto de sendero servirá como base para la tramitación de la autorización de sendero turístico de Aragón ante la Comisión de senderos turísticos de Aragón y su posterior inscripción en el registro, procedimiento descrito en el capítulo IV, artículos 28 a 36 del mencionado decreto. Servirá, asimismo, como documento base para la ejecución de los trabajos que corresponda, para su acondicionamiento, puesta en servicio y posterior mantenimiento.

A efectos de lo exigido en el Decreto 159/2012, de 19 de junio, el proyecto de sendero ha de incluir como mínimo: memoria con sus anexos, planos y presupuesto.

En el proyecto, se justificará la necesidad de actuación, se plasmarán los objetivos; se definirán y justificarán técnicamente todas las actuaciones, de acuerdo a las instrucciones técnicas o normativas vigentes; se establecerán las condiciones de los materiales y de la ejecución; se aportará toda la documentación legal exigible, de acuerdo con las leyes aplicables (seguridad y salud, gestión de residuos, etc.), y, por último, se valorarán todas las unidades y actividades.

Además, se tendrá que identificar al promotor y demás agentes intervinientes en dicho proyecto.

El proyecto de sendero deberá contener toda la información precisa para que la obra que se prevé ejecutar esté perfectamente descrita y que, además, permita su correcta ejecución y supervisión.

Memoria

De acuerdo con el artículo 28 del Decreto 159/2012, de 19 de junio, será una memoria explicativa del proyecto de diseño, ejecución y mantenimiento del sendero.

Contendrá la siguiente estructura:

1. Introducción.

- Antecedentes.

- Situación actual y necesidades a satisfacer.

- Objeto.

- Agentes del proyecto.

2. Localización y afecciones.

- Situación y delimitación del área de actuación.

- Afección a espacios naturales protegidos.

- Titularidad catastral de las parcelas afectadas (incluir las conclusiones, y desarrollar en el anexo correspondiente).

- Interacción con otros senderos y rutas señalizadas.

3. Metodología.

- Diseño del trazado.

- Propuesta de categoría, según su interés turístico y según su uso preferente.

- Propuesta de especialización.

- Actuaciones sobre el firme, identificando tramos, longitudes e intensidades.

- Obras en el trazado: drenajes, pasos, pasarelas, escalones, etc.

- Equipamientos: áreas de descanso, miradores, mesas, bancos, fuentes, etc.

- Señalización y panelería. Definir la señalización y panelería a colocar.

4. Ficha técnica.

- Descripción del recorrido.

- Usuarios preferentes.

- Perfil topográfico longitudinal. Se indicarán longitudes y desniveles.

- Valoración, según método MIDE, para senderos cuyo uso sea preferentemente pedestre (severidad del medio, orientación en el itinerario, dificultad en el desplazamiento y cantidad de esfuerzo necesario).

- Limitaciones o condiciones especiales

- Servicios disponibles.

- Puntos de interés.

5. Ejecución y mantenimiento.

- Programa de ejecución de las obras.

- Programa de conservación y mantenimiento. Se hará una previsión de las necesidades de mantenimiento, estimando la periodicidad o frecuencia.

- Compromiso expreso de mantenerlo en las condiciones exigidas para su autorización durante un periodo de cuatro años.

6. Programa de divulgación.

- Se detallarán las actuaciones de divulgación previstas para el sendero, tales como edición de folletos, topoguía, página web, o lo que corresponda.

Anexo a la memoria

En los anexos a la memoria, se desarrollarán y justificarán las soluciones del proyecto. Se incluirá toda la documentación complementaria que se considere necesaria para la mejor comprensión del proyecto, así como el desarrollo de documentos o exigencias legales, demasiado extensas para incluirlas en la memoria.

Los anexos a incluir son los siguientes:

- Anejo fotográfico: se incluirá un reportaje fotográfico de los parajes que atravesará el sendero y de los principales puntos de interés, lugares a colocar la señalización, etc.

- Anejo de propiedad de los terrenos: contendrá el estudio catastral de las parcelas afectadas, con las referencias catastrales y los titulares correspondientes; se incluirán, asimismo, las autorizaciones de los titulares de los terrenos o infraestructuras por los que transcurra el sendero, así como los de los titulares de derechos existentes sobre los mismos.

- Otros: cualesquiera que puedan ser necesarios para la comprensión y definición del proyecto.

Planos

Este documento contendrá los planos de conjunto y de detalle necesarios para que la actuación quede perfectamente definida. El tamaño de los planos y el contenido de éstos estarán en función del tipo y extensión del elemento a representar. Se utilizarán escalas normalizadas 1:25.000, 1:10.000, 1:5.000, etc., para planos generales y 1:100, 1:50, 1:20..., para planos de detalle. En todo caso, se deberá garantizar la correcta definición, identificación y localización de las actuaciones.

Los planos incluirán un cajetín con, al menos, los datos básicos del proyecto: promotor, nombre de proyecto, título del plano, número de plano, escalas y fecha.

Los principales planos a incluir son:

- Situación y localización: ubicación, localización y extensión de las actuaciones.

- Trazado general: a una escala tal, que permita la identificación clara del trazado y de los principales lugares y elementos del terreno por donde se desarrolla. De forma general, se establece como escala de referencia la 1:25.000.

Afecciones: se representará la traza del sendero con las afecciones a espacios naturales, zonas protegidas, infraestructuras, etc.

- Actuaciones y equipamientos: a detalle y escala suficiente para la correcta identificación, definición y ubicación de las actuaciones a ejecutar, áreas de descanso, mobiliario, etc.

- Señalización y paneles: ubicación prevista de las señales y los paneles.

Asimismo, deberá presentarse un soporte digital del trazado y de la base cartográfica, de tal forma que sea integrable en el Sistema de Información Territorial de Aragón (SITAR).

Presupuesto

En este apartado se detallarán los aspectos económicos de la ejecución y del mantenimiento:

- Resumen del presupuesto de ejecución material, desglosando al menos los costes de cada capítulo.

- Presupuesto del programa de mantenimiento planificado.

Asimismo, se incluirán las fuentes de financiación previstas para uno y otro caso.

2. Terminación GR 15, entre Castiello de Jaca y Fago.

Actuación:

El GR 15 es sendero de gran recorrido que se extiende, en su tramo aragonésm a lo largo de 245 km, entre el Barri de Aragó de Pont de Suert (Lérida) y el vértice Algaraieta (Navarra), teniendo su continuidad, tanto en todo el territorio foral de Navarra, como en Cataluña, con el GR 3.

Se trata de un recorrido de media montaña, muy frecuentado durante todo el año, y con el fin de garantizar la continuidad y el tránsito seguro de los senderistas, se hacen necesarias actuaciones de acondicionamiento, desbroce y redefinición de varios tramos de este gran recorrido.

Es necesario llamar la atención, en cuanto al carácter vertebrador de este eje pirenaico, paralelo al GR 11 de la alta montaña, que une poblaciones con fuerte dependencia del sector turístico y a las que ayudaría a la desestacionalización de dicha actividad. Es un sendero de media montaña muy practicable a lo largo de todo el año.

En uno de los tramos, el que discurre entre Fanlo y Broto, de urgente necesidad por coincidir muchos kilómetros con carretera de tráfico frecuente, se diseñó y ejecutó una alternativa, formando parte del convenio FAM-DGA 2013, para acondicionar y señalizar, de acuerdo al Decreto 159/2012, de 19 de junio y al manual de señalización.

Posteriormente, con el convenio 2014, se acometió y llevó a cabo la normalización, en proyecto y ejecución, de las etapas Biescas-Acumuer y Acumuer-Castiello de Jaca.

Con el fin de seguir, para terminar la adecuación de este gran sendero, se propone la adaptación de las siguientes etapas, en dirección Oeste, que culminarían en Algaireta, límite autonómico con la vecina Navarra:

GR 15-E 11: Castiello de Jaca-Borau-San Adrián de Sasabe-Esposa-Aísa-Jasa-Aragües del Puerto: 18,94 km.

GR 15-E 12: Aragués del Puerto-Hecho: 11,49 km.

GR 15-E 113: Hecho-Ansó-Fago-Algaireta: 19,05 km.

Este tramo de actuación se extiende aproximadamente a lo largo de 49,48 km.

La actuación incluye el proyecto y la colocación de pasarela en el río Estarrún y diversos pasos menores en pasadera en varios cauces.

3. Ampliación y conversión a turístico del sendero de las pasarelas de Alquézar.

Actuación:

Este recorrido es uno de los más visitados de las rutas que parten desde Alquézar (Huesca). Ampliar el recorrido es aumentar su atractivo; además, estamos aportando nuevos recursos paisajísticos, naturales, deportivos y culturales.

El recorrido actual nos lleva a través del cañón del río Vero por angostas murallas de roca caliza. En esta nueva ruta, ampliamos la diversidad y riqueza dando a conocer más aspectos sobre el río Vero. Pasaremos por bancales donde antiguamente había pequeñas parcelas de cultivo; nos adentramos en un bosque de ribera con toda su riqueza de flora y fauna; más tarde, saldremos a una zona escarpada que nos permite tener una nueva visión del río no tan angosta y más abierta. Volvemos a meternos en un pequeño congosto, pero esta vez el río transcurre entre gravas y carrizos. La roca va cambiando, pasando de calizas a conglomerados, hasta llegar a un puente colgante. Éste cruza por donde antaño se recogía el agua para las tareas del molino harinero, al que se llega después de caminar por encima de meandros de conglomerado hasta llegar al puente de Fuenbaños, que nos conducirá al antiguo molino de harina. A partir de aquí, por un sendero que transcurre por una sombría chopera, cogeremos el camino de retorno a Alquézar.

Sin duda, a la aportación de valores naturales, paisajísticos, deportivos y etnográficos, hace de esta nueva ruta una ampliación a los valores de la ruta anterior. Además, añade la posibilidad de poder hacerlas de forma independiente como dos recorridos diferentes o como una sola ruta. Esta fórmula aumenta el perfil de público que puede acceder a ellas, estableciendo nuevas herramientas de educación ambiental para los turistas y grupos de todo tipo, que todos los años llegan atraídos por estos parajes.

Las actuaciones se refieren a la instalación de tramos de pasarelas, desbroce y acondicionamiento de camino de nueva planta e instalación de una pasarela colgada sobre el barranco del Molino, además de la señalética de continuidad pertinente. Todo ello, según proyecto en redacción auspiciado por el propio ayuntamiento y que estará sometido a la Comisión de senderos turísticos de Aragón.

Los actuales 317 km del GR 90, recorren, de punta a punta, toda la cordillera Ibérica en su tramo aragonés zaragozano. Se trata de un itinerario trazado hace muchos años, y está necesitado de replanteamiento general en sus variantes. Fundamentalmente, en la zona del Parque Natural del Moncayo, por problemas de duplicidad y modificación de la funcionalidad de algunos tramos, y en su extremo sureste, donde se exige la conexión con otros grandes recorridos de la red (GR 24).

Con el fin de llevar a cabo la adaptación de este sendero de gran recorrido, y de claro interés autonómico a la normativa de senderos turísticos de Aragón, la actuación que se propone en este convenio consiste en la elaboración documental previa a la petición de autorización a la Comisión de senderos.

Tal como se establece en el Decreto 159/2012, de 19 de junio, del Gobierno de Aragón, y en el manual correspondiente (Orden de 4 de noviembre de 2013, del Consejero de Economía y Empleo y del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente), el proyecto de diseño, ejecución y mantenimiento de un sendero turístico deberá ser elaborado por un responsable técnico escogido por el promotor del mismo, y cumplirá con los requisitos que se establecen en este decreto y con las determinaciones técnicas incluidas en el manual de senderos turísticos de Aragón, que se aprobará por orden conjunta de los consejeros competentes en materia de turismo y de medio ambiente. El proyecto de sendero servirá como base para la tramitación de la autorización de sendero turístico de Aragón ante la Comisión de senderos turísticos de Aragón y su posterior inscripción en el registro, procedimiento descrito en el capítulo IV, artículos 28 a 36 del mencionado decreto. Servirá, asimismo, como documento base para la ejecución de los trabajos que corresponda para su acondicionamiento, puesta en servicio y posterior mantenimiento.

A efectos de lo exigido en el Decreto 159/2012, de 19 de junio, el proyecto de sendero ha de incluir como mínimo: memoria con sus anexos, planos y presupuesto.

En el proyecto se justificará la necesidad de actuación, se plasmarán los objetivos, se definirán y justificarán técnicamente todas las actuaciones de acuerdo a las instrucciones técnicas o normativas vigentes, se establecerán las condiciones de los materiales y de la ejecución, se aportará toda la documentación legal exigible de acuerdo con las leyes aplicables (seguridad y salud, gestión de residuos, etc.) y por último se valorarán todas las unidades y actividades. Además, se tendrá que identificar al promotor y demás agentes intervinientes en dicho proyecto.

El proyecto de sendero deberá contener toda la información precisa para que la obra que se prevé ejecutar esté perfectamente descrita y que además permita su correcta ejecución y supervisión:

Memoria

De acuerdo con el artículo 28 del Decreto 159/2012, de 19 de junio, será una memoria explicativa del proyecto de diseño, ejecución y mantenimiento del sendero.

Contendrá la siguiente estructura:

1. Introducción.

- Antecedentes.

- Situación actual y necesidades a satisfacer.

- Objeto.

- Agentes del proyecto.

2. Localización y afecciones.

- Situación y delimitación del área de actuación.

- Afección a espacios naturales protegidos.

- Titularidad catastral de las parcelas afectadas (incluir las conclusiones y desarrollar en el anexo correspondiente).

- Interacción con otros senderos y rutas señalizadas.

3. Metodología.

- Diseño del trazado.

- Propuesta de categoría, según su interés turístico y según su uso preferente.

- Propuesta de especialización.

- Actuaciones sobre el firme identificando tramos, longitudes e intensidades.

- Obras en el trazado: drenajes, pasos, pasarelas, escalones, etc.

- Equipamientos: áreas de descanso, miradores, mesas, bancos, fuentes, etc.

- Señalización y panelería. Definir la señalización y panelería a colocar.

4. Ficha técnica

- Descripción del recorrido.

- Usuarios preferentes.

- Perfil topográfico longitudinal. Se indicarán longitudes y desniveles.

- Valoración, según método MIDE, para senderos cuyo uso sea preferentemente pedestre (Severidad del medio, orientación en el itinerario, dificultad en el desplazamiento y cantidad de esfuerzo necesario).

- Limitaciones o condiciones especiales.

- Servicios disponibles.

- Puntos de interés.

5. Ejecución y mantenimiento.

- Programa de ejecución de las obras.

- Programa de conservación y mantenimiento. Se hará una previsión de las necesidades de mantenimiento, estimando la periodicidad o frecuencia.

- Compromiso expreso de mantenerlo en las condiciones exigidas para su autorización durante un periodo de cuatro años.

6. Programa de divulgación.

Se detallarán las actuaciones de divulgación previstas para el sendero tales como edición de folletos, topoguía, página web, o lo que corresponda.

ANEXO a la memoria

En los anexos a la memoria se desarrollarán y justificarán las soluciones del proyecto. Se incluirá toda la documentación complementaria que se considere necesaria para la mejor comprensión del proyecto, así como el desarrollo de documentos o exigencias legales, demasiado extensas para incluirlas en la memoria.

Los anexos a incluir son los siguientes:

- Anejo fotográfico: se incluirá un reportaje fotográfico de los parajes que atravesará el sendero y de los principales puntos de interés, lugares a colocar la señalización, etc.

- Anejo de propiedad de los terrenos: contendrá el estudio catastral de las parcelas afectadas, con las referencias catastrales y los titulares correspondientes; se incluirán asimismo las autorizaciones de los titulares de los terrenos o infraestructuras por los que transcurra el sendero, así como los de los titulares de derechos existentes sobre los mismos.

- Otros: cualesquiera que puedan ser necesarios para la comprensión y definición del proyecto.

Planos

Este documento contendrá los planos de conjunto y de detalle necesarios para que la actuación quede perfectamente definida. El tamaño de los planos y el contenido de éstos estarán en función del tipo y extensión del elemento a representar. Se utilizarán escalas normalizadas 1/25.000, 1:10.000, 1:5.000, etc. para planos generales y 1:100, 1:50, 1:2, para planos de detalle. En todo caso, se deberá garantizar la correcta definición, identificación y localización de las actuaciones.

Los planos incluirán un cajetín con, al menos, los datos básicos del proyecto: promotor, nombre de proyecto, título del plano, número de plano, escalas y fecha.

Los principales planos a incluir son:

- Situación y localización: ubicación, localización y extensión de las actuaciones.

- Trazado general: a una escala tal que permita la identificación clara del trazado y de los principales lugares y elementos del terreno por donde se desarrolla. De forma general, se establece como escala de referencia la 1:25.000.

- Afecciones: se representará la traza del sendero con las afecciones a espacios naturales, zonas protegidas, infraestructuras, etc.

- Actuaciones y equipamientos: a detalle y escala suficiente para la correcta identificación, definición y ubicación de las actuaciones a ejecutar, áreas de descanso, mobiliario, etc.

- Señalización y paneles: ubicación prevista de las señales y los paneles.

Asimismo, deberá presentarse un soporte digital del trazado y de la base cartográfica de tal forma que sea integrable en el Sistema de Información Territorial de Aragón (SITAR).

Presupuesto

En este apartado se detallarán los aspectos económicos de la ejecución y del mantenimiento:

- Resumen del presupuesto de ejecución material, desglosando al menos los costes de cada capítulo.

- Presupuesto del programa de mantenimiento planificado.

Asimismo se incluirán las fuentes de financiación previstas para uno y otro caso.

5. Trabajos de finalización del GR 24.

Actuación:

De 80 km de trazado, recorre el sistema Ibérico zaragozano en sur ramal sur, visitando las zonas espectaculares como son las hoces de los ríos Mesa y Piedra y la laguna de Gallocanta.

Uno de los tramos, el que discurre entre las localidades de Aldehuela de Liestos y Torralba de los Frailes, ha formado parte del convenio FAM-DGA 2013, para acondicionar y señalizar, de acuerdo al Decreto 159/2012, de 19 de junio del Gobierno de Aragón, y al manual. El tramo perteneciente al municipio de Aldehuela se ha adaptado por iniciativa de la Diputación Provincial de Zaragoza, igualmente en el 2013.

Las restantes etapas que cubren ambas hoces, especialmente la de río Mesa y el tramo del río Piedra, en el entorno del Monasterio de Piedra, han sido objeto de normalización dentro del convenio de 2014.

La alternativa propuesta, consistente en derivar la etapa 3 desde Llumes, por el Monasterio de Piedra, hasta Nuévalos, donde conectaría con el ramal E3, al igual que el subtramo Ibdes-Nuévalos, e Ibdes-Granja de Llumes, no fue posible ejecutarlos dada la negativa de la dirección del Monasterio de Piedra a ceder el uso de peatonal y de señalización, por caminos que entiende son de su propiedad.

En este convenio, se presente desbloquear dichas alternativas y conseguir unir el Mesa y el Piedra, o bien desde Llumes a Ibdes y Jaraba o desde Llumes al Monasterio de Piedra, Nuévalos e Ibdes. De esta manera, se consigue el ocupar todo el ámbito de sendas cuencas del Mesa y el Piedra y convertirse en un recurso de primer orden para el sector de los balnearios, en el llamado "triángulo del agua".

Este tramo de actuación, de gran complejidad catastral, se extiende aproximadamente a lo largo de 19,97 km.

6. Creación de la web de senderos turísticos de Aragón.

Actuación:

Introducción

Con la publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", número 126, de 29 de junio del 2012, del decreto por el que se regulan los senderos de Aragón que revisten la condición de recursos turísticos, se inició el proceso para la regulación de las infraestructuras, relacionada con la práctica del senderismo en Aragón.

A fecha actual, ya se ha constituido la Comisión de senderos turísticos de Aragón y se ha puesto en marcha el Registro de Senderos Turísticos de Aragón, hitos imprescindibles para la puesta en práctica de lo que persigue el decreto, que es garantizar el estado y la calidad de los senderos en Aragón.

En este contexto, es necesaria la creación de un nuevo espacio web que dé a conocer aquellos senderos que ya se ajustan a normativa y que, por lo tanto, son considerados un recurso turístico por parte del Gobierno de Aragón.

La web propuesta estará basada en ese visor cartográfico interactivo con la geoposición (coordenadas X e Y sobre mapa), descripción y material fotográfico complementario de los senderos turísticos de Aragón y sus puntos de interés asociados.

Además, la generalización de aparatos GPS (de coche, senderistas o smartphone y tabletas) ha familiarizado a los usuarios con este tipo de datos con base geográfica y, aparte de que aporta seguridad al que realiza una actividad, también permite una ampliación del tiempo efectivo de difusión de la información, puesto que muchas de las consultas se realizan cuando el usuario ya está en el territorio.

Objetivos

El trabajo a realizar estará marcado por los siguientes objetivos:

- Poner en valor la Red de senderos de interés turístico de Aragón existente: senderos existentes, calidad de los mismos y reconocimiento al esfuerzo realizado por sus promotores.

- Dar a conocer estos senderos a través de internet, utilizando herramientas de geoposición sobre base cartográfica interactiva, para acceder a descripciones, mapas de detalle, descargas, material gráfico y archivos para GPS.

- Ofrecer un espacio web donde concentrar la información práctica para la solicitud y ejecución de un sendero de interés turístico, con el fin de facilitar a los promotores las gestiones.

- Adaptar la página web creada a tabletas y teléfonos inteligentes (smartphones), para que el usuario pueda consultarla de forma cómoda desde los mismos.

- Permitir la gestión de los contenidos cargados por parte del cliente, garantizando con ello que la información pueda estar siempre actualizada.

Además se tendrán muy en cuenta estos otros aspectos, todos ellos relacionados con la programación web y el posicionamiento de la página:

- Elaborar una estructura web sencilla, lógica y de fácil navegación.

- Determinar el listado de términos a posicionar (selección de palabras por las que el cliente quiere ser encontrado en los buscadores web).

- Trabajar los contenidos, títulos y estructura web, con el objetivo de posicionar esos términos (posicionamiento SEO).

- Construir una imagen gráfica sencilla, sobria e impactante. Potenciar el uso en web de material fotográfico de calidad, por ser este un importante recurso del territorio.

Programación web

Se creará una nueva página web, un espacio que cumpla con las expectativas y necesidades del proyecto en los siguientes aspectos.

1. Organización de contenidos del sitio web: arquitectura y usabilidad.

Se creará una estructura web de fácil manejo para el usuario, donde lo que se quiere dar a conocer esté claramente visible y accesible.

Adaptación del sitio a tablets y smartphone:

La página deberá ser multiplataforma, manteniendo sus operatividades cuando se acceda a ella a través de tablets o smartphone.

3. Información sobre los senderos de interés turístico.

Todos los senderos de interés turístico existentes deberán ser cargados al sistema una vez ejecutados sobre el territorio. Cada uno contemplará la siguiente información:

- Nombre de la ruta.

- Tipo de ruta.

- Itinerario: punto de inicio, lugares de paso y punto final.

- Material fotográfico.

- Valoración de dificultad MIDE (www.montanasegura.com):

Desnivel positivo acumulado.

Desnivel negativo acumulado.

Distancia horizontal recorrida.

Horario estimado.

Tipo de recorrido (circular, ida y vuelta o travesía).

Severidad del medio natural.

Orientación en el itinerario.

Dificultad en el desplazamiento.

Cantidad de esfuerzo necesario.

- Descripción del itinerario: descripción que permita seguir el itinerario con garantías de seguridad.

- Recomendaciones: consejos particulares para esa ruta en concreto.

- Visor interactivo con mapas excursionistas escala 1:40.000 y la ruta dibujada sobre el mismo (track), así como los puntos de interés vinculados a la ruta (waypoints).

- Perfil de la ruta, con puntos de interés dibujados sobre el mismo.

- Listado de puntos de interés por los que pasa la ruta, con descripción y fotografía de los más destacados.

- Acceso a las descargas para GPS (archivos. gpx y. kml).

- Posible acceso a enlace web u otro material multimedia, si procede.

4. Visor cartográfico interactivo.

Las rutas deberán mostrarse y permitir el acceso a la ficha de cada una de ellas desde un visor cartográfico interactivo. Este ofrecerá:

- Mapas interactivos a distintas escalas.

- Cartografía de tipo excursionistas escala 1:40.000.

- Ortofotografía aérea.

- Iconos (puntos) y recorridos (líneas) para representar los senderos y sus puntos de interés asociados.

- Acceso desde el mapa a los contenidos de cada uno de los elementos representados.

5. Interfaz de gestión, para la información cargada sobre el visor cartográfico.

El visor cartográfico dispondrá de una interfaz de gestión para su correcta administración por parte del cliente: tanto los puntos como las líneas podrán ser creadas, modificadas, borradas o desactivadas temporalmente, garantizando con ello la corrección de la aplicación.

7. Actuaciones para la gestión de retornos (estudio de incidencia turística en los senderos, gestión de contadores, etc.)

Actuaciones

Además de los gastos considerados en cuanto a actuaciones, se hace una previsión de gastos de redacción de proyectos destinados a la elaboración de la documentación necesaria, según se especifica en el Decreto 159/2012, de 19 de junio, del Gobierno de Aragón, y en el manual correspondiente (Orden de 4 de noviembre de 2013, del Consejero de Economía y Empleo y del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente), a presentar a la Comisión de senderos turísticos de Aragón, junto a la solicitud de declaración de sendero de interés turístico, además de las direcciones de obras pertinentes durante la ejecución de los mismos.

Por otro lado, para poder evaluar en su justa medida la rentabilidad de la inversión propuesta, se propone la implantación de una estrategia de control y seguimiento de uso de la red de senderos a través de la instalación de contadores de personas en lugares estratégicos, así como descarga y tratamiento de los datos. Esto proporcionaría una información valiosa y actualizada muy útil para la ayuda en la toma de decisiones en cada momento.

Se propone un modelo tipo eco-pilot, con losa de paso de 50 x 60 cm, para instalar bajo tierra en el campo. Sistema invisible, sin afecciones de interferencias externas; losa más 4 m de cable, con conexión a logger Eco-combo de policarbonato ABS, de Ø 16 cm (950 gr); temperatura de entre -40.º C y +60.º C; losa realizada en PVC con juntas de silicona, cánula de unión de latón.

Estudio socioeconómico, cuyo objetivo será de retornos ciertos que se van a producir tras la inversión llevada cabo en infraestructuras senderistas, teniendo en cuenta los posibles productos o paquetes turísticos que puedan generarse.

8. Obras especiales en senderos turísticos de interés autonómico autorizados.

A lo largo de los años 2013 y 2014, se han armonizado, según el decreto y el manual de senderos turísticos de Aragón varios senderos de interés autonómico. A día de hoy, se ha visto, en referencia al flujo de gente y la percepción de accesibilidad que se tiene de dichos senderos, la necesidad de intervenir en aquellos puntos en los que el proyecto de sendero, a la luz de los criterios de ponencia técnica y de la propia comisión de senderos, no responden a factores de oportunidad, como son: pasos de cauces normalmente vadeables, tramos donde el paso genera una cierta sensación de vértigo en los transeúntes, etc.

Aunque en estos casos puntuales no está en riesgo la propia seguridad del viandante, y sin menoscabo de las obligaciones para el mantenimiento contraídas por el promotor en su solicitud de autorización, es conveniente, en aras de una mejor excelencia de la oferta senderista, acometer pequeñas actuaciones sobre el terreno.

En concreto, se actuará en:

GR 15.

- Sobre vados no equipados en varios tramos del GR 15, entre Biescas y Castiello de Jaca. Se habilitan mediante colocación de pasaderas.

- Sobre tramos de pendiente de ladera máxima, en el tramo entre Fanlo y Broto, que induce a sensación de peligro de caída. Se habilitarán avisos en sendas entradas al sendero y se ampliará la plataforma de paso.

GR 24.

- Sobre vados no equipados en varios puntos de las hoces del Piedra y del Mesa. Se habilitan mediante colocación de pasaderas.

GR 8.

- Sobre vados no equipados en varios puntos del tramo entre Valdelinares y Alcalá de la Selva. Se habilitan mediante colocación de pasaderas.

- Sobre vados no equipados en varios puntos del tramo entre Monroyo y Peñarroya de Tastavins, en las cercanías del santuario de la Virgen de la Selva. Se habilitan mediante colocación de pasaderas.

A expensas de la redacción de memorias y ejecución de las mismas, se prevé un gasto de 39.787,50 € (IVA incluido).

9. Gastos generales de la FAM, para este convenio.

La Federación Aragonesa de Montañismo (FAM) ha asumido, en este proceso de regularización de los senderos de Aragón, el papel de promotor en aquellos senderos de gran recorrido, GR, por su interés turístico y autonómico, según la normativa (Decreto 159/2012, de 19 de junio, del Gobierno de Aragón, y en el manual correspondiente, Orden de 4 de noviembre de 2013, del Consejero de Economía y Empleo y del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente).

Dado el volumen considerable de proyectos (uno por cada tramo de GR, que progresivamente se ha ido solicitando autorización) y el correspondiente seguimiento de las obras de adaptación de los mismos, esta entidad social ha visto claramente aumentada, por esta circunstancia, su carga de trabajo administrativo. La sistematización de la elaboración de documentos, la tramitación y llevanza de las negociaciones con propietarios de terrenos por donde discurren los senderos referidos, las dirección de obras y servicios de cada actuación, la asistencia y asesoramiento para con la Administración autonómica, etc., han llevado a percibir la necesidad de asignar una partida presupuestaria a este cometido, a ejecutar con medios propios.

En ese sentido, se prevén, para este convenio 2015, gastos generales administrativos (desplazamientos, tramitaciones documentales...), gastos de redacción del proyecto, gastos de dirección de obra y servicio, etc., por valor de 14.506 € (IVA incluido).