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ORDEN ECD/1879/2018, de 31 de octubre, por la que se resuelve la convocatoria del Programa "Coros Escolares" en centros docentes públicos y privados concertados no universitarios de enseñanzas de régimen general de la Comunidad Autónoma de Aragón durante el curso 2018- 2019.

Publicado el 28/11/2018 (Nº 230)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Mediante Orden ECD/1165/2018, de 18 de junio ("Boletín Oficial de Aragón", número 134, de 12 de julio de 2018), se convocó el Programa "Coros Escolares" en centros docentes públicos y privados concertados no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón durante el curso 2018-2019.

De conformidad con lo establecido en su apartado sexto, con fecha 9 de octubre de 2018 el Director General de Innovación, Equidad y Participación dictó propuesta de resolución provisional del procedimiento, en la que se incluían los centros seleccionados, habilitando un plazo de diez días hábiles para que los interesados pudiesen presentar las alegaciones oportunas.

Asimismo, dando igualmente cumplimiento a dicho apartado, mediante Resolución del Director General de Innovación, Equidad y Participación, de 30 de octubre de 2018, se dictó la correspondiente propuesta de resolución definitiva.

Por su parte, el apartado séptimo de dicha convocatoria contempla que, evacuados los trámites anteriores la Consejera de Educación, Cultura y Deporte resolverá el procedimiento mediante orden, que notificará mediante su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón". Igualmente se publicará en la página web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón: http://www.educaragon.org. La orden de resolución de la convocatoria contendrá en relaciones separadas los centros seleccionados y las solicitudes excluidas, con indicación de la causa de exclusión.

Consta en el expediente que las solicitudes reúnen los requisitos contemplados en la convocatoria, y se han seguido todos los trámites exigidos en la misma.

Visto lo anterior, evacuados los trámites oportunos, y dando cumplimiento a la convocatoria, resuelvo:

Primero.- Aprobar la relación de centros seleccionados en la convocatoria del Programa "Coros Escolares" en centros docentes públicos y privados concertados no universitarios de enseñanzas de régimen general de la Comunidad Autónoma de Aragón durante el curso 2018-2019, que figura en el anexo I de esta orden, no existiendo solicitudes excluidas.

Segundo.- De conformidad con el apartado octavo de la convocatoria, concluido el curso escolar, los centros seleccionados elaborarán una memoria del programa de acuerdo con el modelo previsto en el anexo II de la convocatoria. Una vez elaborada se incorporará a la Memoria Anual del centro, y será remitida copia a la Dirección General de Innovación, Equidad y Participación, con anterioridad al 28 de junio de 2019.

Tercero.- Ordenar la publicación de esta orden en el "Boletín Oficial de Aragón", con efectos de notificación, y en la página web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón: http://www.educaragon.org, para su general conocimiento.

Cuarto.- Esta orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Contra esta orden, que agota vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación ante la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien ser impugnado directamente mediante recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", conforme a lo establecido en los artículos, 10, 14, y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Así mismo, de acuerdo con dicha normativa, los centros públicos no están legitimados para interponer dichos recursos. No obstante, podrán oponerse mediante escrito motivado, indicado las razones que fundamentan su pretensión.

Zaragoza, 31 de octubre de 2018.

La Consejera de Educación, Cultura y Deporte, MARÍA TERESA PÉREZ ESTEBAN