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ORDEN de 15 de julio de 2014, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se aprueba el amojonamiento total administrativo del monte número 356 de los del Catálogo de Utilidad Pública de la provincia de Huesca, y número HU-1036, HU-1064 y HU-1067 del Elenco de montes propios de la Administración Forestal, denominado "Montes de Barbenuta", de pertenencia a la Comunidad Autónoma de Aragón y situado en el término municipal de Biescas (Huesca).

Publicado el 12/08/2014 (Nº 157)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

Visto el expediente de amojonamiento total administrativo del monte número 356 de los del Catálogo de Huesca, y número HU-1036, HU-1064 y HU-1067 del Elenco de montes propios de la Administración Forestal, denominado "Montes de Barbenuta", de pertenencia a la Comunidad Autónoma de Aragón y situado en el término municipal de Biescas (Huesca), resultan de él los siguientes:

Antecedentes

Primero.- El Expediente de deslinde total administrativo del ya citado monte núm. 356 del Catálogo de los de Utilidad Pública de la provincia de Huesca, se aprobó por Orden del Consejero de Medio Ambiente de 27 de enero de 2011 ("Boletín Oficial de Aragón", número 44, de 3 de marzo de 2011).

Segundo.- Según establece la orden que aprueba el deslinde y el proyecto HF-12008, donde se planifica el amojonamiento total del monte 356 del C.U.P, se propone amojonar parte de los piquetes del deslinde, colocando siete hitos de 1er orden y 34 hitos de 2.º orden. Todo ello con sujeción al proyecto de amojonamiento aprobado de acuerdo con el plano del deslinde.

Tercero.- Se anuncia el inicio de operaciones del amojonamiento del monte en el "Boletín Oficial de Aragón", número 61, de 27 de marzo de 2013, fijándose el día 7 de mayo de 2013 para el comienzo de las operaciones de amojonamiento, y el punto de reunión en el piquete número 2 del deslinde, a las 11:00 h, y se designa al Ingeniero Técnico Forestal D. Ricardo Montón Utrilla para efectuar las operaciones.

Cuarto.- Con fecha de registro 2 de abril de 2013, se notifica a los Ayuntamientos de Biescas, Yebra de Basa y Broto, así como a las Comarcas del Alto Gállego y Sobrarbe, el anuncio de inicio de operaciones, al objeto de su exposición en el tablón de anuncios.

Quinto.- Con la misma fecha se notifica el contendido del anuncio a los colindantes con domicilio conocido.

Sexto.- El apeo de los mojones se llevó a cabo en tres jornadas, los días 7 de mayo, 4 de junio y 16 de octubre de 2013, comprobándose que los mojones se encontraban ubicados en el lugar que les correspondía, quedando la relación de piquetes y mojones según la propuesta de amojonamiento, y que reproduce fielmente el deslinde aprobado.

Séptimo.- La colocación de los mojones se ha realizado de acuerdo con el Reglamento de Montes y la Circular sobre instrucciones de deslinde y amojonamiento, de forma que la numeración de los hitos es visible desde el monte.

Octavo.- El 16 de diciembre de 2013 se emite Informe por el Ingeniero operador, en el que da cuenta de la tramitación seguida, describe la situación de los mojones y señales en relación con los piquetes del deslinde, y se detallan las características técnicas del método de toma de datos, concluyendo con la propuesta de aprobación del amojonamiento.

Noveno.- Mediante anuncio en el "Boletín Oficial de Aragón", número 18 de 27 de enero de 2014 y exposición de edictos en los tablones de anuncios de los Ayuntamientos de Biescas, Yebra de Basa y Broto, así como a las Comarcas del Alto Gállego y Sobrarbe, se dio trámite de audiencia y vista al expediente de amojonamiento.

Décimo.- Según consta en Certificado del Secretario del Servicio Provincial de 26 de marzo de 2014, se presentaron dos reclamaciones, que fueron informadas por el Letrado del Gobierno de Aragón en sentido favorable a la propuesta del Ingeniero operador, en fechas 20 de marzo y 20 de mayo de 2014.

Undécimo.- Con fecha 27 de mayo de 2014, el Director del Servicio Provincial de este Departamento en Huesca, de acuerdo con el artículo 148.1 del Reglamento de Montes, y vistos los informes del Letrado del Gobierno de Aragón, manifiesta su acuerdo con lo actuado por el Ingeniero operador del amojonamiento y eleva el expediente para su resolución definitiva.

Fundamentos jurídicos

Primero.- En la tramitación del expediente, se dio cumplimiento a cuanto se previene en la legislación vigente relativa al amojonamiento de montes públicos, en particular a lo que disponen el artículo 49 de la Ley 15/2006, de 28 de diciembre, de Montes de Aragón, modificada por la Ley 3/2014, de 29 de mayo, el 21.9 de la Ley 43/2003, de 21 noviembre, de Montes, y los artículos 138 a 148 del vigente Reglamento de Montes, de 22 de febrero de 1962. Se han publicado los reglamentarios anuncios en el "Boletín Oficial de Aragón".

Segundo.- Durante la práctica del amojonamiento no se presentaron alegaciones, según consta en el acta.

Tercero.- Transcurrido el periodo de audiencia y vista del expediente, se presentaron dos reclamaciones que, una vez informadas por el Letrado del Gobierno de Aragón, fueron desestimadas.

Vistos el Estatuto de Autonomía de Aragón y su Reforma, la Ley 15/2006, de 28 de diciembre, de Montes de Aragón, modificada por la Ley 3/2014, de 29 de mayo, la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes; el Reglamento de Montes aprobado por el Decreto 485/1962, de 22 de febrero; el Decreto 333/2011, de 6 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre; Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón; el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y demás disposiciones de general aplicación.

Este Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, de acuerdo con el Informe del Director del Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Huesca, y a propuesta de la Dirección General de Gestión Forestal, resuelve:

Primero.- Aprobar el amojonamiento total administrativo del monte de Utilidad Pública número 356 de los del Catálogo de Huesca, y número HU-1036, HU-1064 y HU-1067 del Elenco de montes propios de la Administración Forestal, denominado "Montes de Barbenuta", de pertenencia a la Comunidad Autónoma de Aragón y situado en el término municipal de Biescas (Huesca), de acuerdo con el proyecto de amojonamiento, el acta, el informe del Ingeniero operador, el registro de coordenadas y el plano que figuran en el expediente.

Segundo.- Ordenar el envío al Registro de la Propiedad de certificación por duplicado de la presente orden, para hacerla constar por nota al margen de la inscripción del monte, cumpliendo lo dispuesto en el artículo 148.2 del Reglamento de Montes de 22 de febrero de 1962.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, o recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, sin que puedan simultanearse ambos procedimientos, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 15 de julio de 2014.

El Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente,

MODESTO LOBÓN SOBRINO