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RESOLUCIÓN de 12 de junio de 2019, del Director General de Planificación y Formación Profesional, por la que se modifica la autorización del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria "Escuelas Pías de Santa Engracia" de Zaragoza, por cambio de denominación específica a "Escolapias Santa Engracia".

Publicado el 05/07/2019 (Nº 130)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Examinado el expediente administrativo instruido a instancia de la representante del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria "Escuelas Pías de Santa Engracia", código 50006761, con domicilio en el camino de Miraflores, número 23, de Zaragoza, solicitando la modificación de la autorización por cambio en la Denominación Específica.

Vista la solicitud presentada, y de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general, y en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 11 del Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, el Director General de Planificación y Formación Profesional, resuelve:

Primero.- Modificar la autorización del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria "Escuelas Pías de Santa Engracia", código 50006761, con domicilio en el Camino de Miraflores, número 23, de Zaragoza, por cambio de Denominación Específica a "Escolapias Santa Engracia".

Segundo.- La modificación de la autorización por cambio de denominación específica no afectará al régimen de funcionamiento del centro.

Tercero.- La presente Resolución surtirá efectos al día siguiente de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", y se comunicará de oficio al Registro de Centros Docentes No Universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Cuarto.- Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y del artículo 58 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio.

Zaragoza, 12 de junio de 2019.

El Director General de Planificación y Formación Profesional, RICARDO ALMALÉ BANDRÉS