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RESOLUCIÓN de 6 de junio de 2019, del Director General de Planificación y Formación Profesional, por la que se modifica la autorización del Centro Privado de Educación Secundaria "San Valero" de Zaragoza.

Publicado el 05/07/2019 (Nº 130)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Examinado el expediente administrativo instruido a instancia de la representante del Centro Privado de Educación Secundaria "San Valero", código 50007716, con domicilio en la calle Violeta Parra, número 9, de Zaragoza, solicitando la modificación de la autorización por la implantación del Ciclo Formativo de Grado Superior de Desarrollo de Aplicaciones Web y por la modificación de las instalaciones del Ciclo Formativo de Grado Superior de Mecatrónica Industrial de turno diurno a vespertino.

Vistos los informes emitidos por la Unidad Técnica de Construcción del Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Zaragoza, sobre el cumplimiento de la normativa vigente, en cuanto a espacios mínimos se refiere, y con relación a la adecuación de las instalaciones a los planos aprobados; así como el emitido por la Inspección de Educación sobre la adecuación del equipamiento.

De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general, y en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 11 del Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, el Director General de Planificación y Formación Profesional, resuelve:

Primero.- Modificar la autorización del centro docente privado que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro Privado de Educación Secundaria.

Denominación específica: "San Valero".

Titular: Fundación San Valero.

Código: 50007716.

Domicilio: Violeta Parra, número 9.

Localidad: Zaragoza.

Municipio: Zaragoza.

Provincia: Zaragoza.

Modificación de la autorización en las siguientes enseñanzas en su modalidad presencial:

Implantación Ciclo Formativo de Grado Superior:

- IFC303- Desarrollo de Aplicaciones Web. 2 grupos vespertinos (uno para 1er curso y otro para 2.º / 60 pp.ee.

Modificación por cambio en las instalaciones de turno diurno a vespertino:

- IMA302- Mecatrónica Industrial. 2 grupos vespertinos (uno para 1er curso y otro para 2.º / 40 pp.ee.

Como resultado de la modificación de la autorización, el Centro queda configurado de la siguiente forma:

Modalidad presencial.

Educación Secundaria:

- Educación Secundaria Obligatoria, 16 unidades y 480 pp.ee.

Bachillerato, Modalidades:

- Ciencias, 4 unidades y 140 pp.ee.

- Humanidades y Ciencias Sociales, 2 unidades y 70 pp.ee.

Ciclos Formativos de Formación Profesional Básica.

- Electricidad y Electrónica (FPB102), 2 grupos y 30 pp.ee.

- Fabricación y Montaje (FPB103), 2 grupos y 30 pp.ee.

Ciclos Formativos de Grado Medio:

- Gestión Administrativa (ADG201), 2 grupos diurnos y 60 pp.ee.

- Soldadura y Calderería (FME203), 2 grupos diurnos y 60 pp.ee.

- Electromecánica de Vehículos Automóviles (TMV202), 2 grupos diurnos y 60 pp.ee.

- Instalaciones de Telecomunicaciones (ELE203), 2 grupos diurnos y 50 pp.ee.

Ciclos Formativos de Grado Superior:

- Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma (IFC302), 2 grupos diurnos y 60 pp.ee.

- Administración y Finanzas (ADG301), 2 grupos diurnos y 60 pp.ee.

- Mantenimiento Electrónico (ELE301), 2 grupos diurnos y 60 pp.ee.

- Construcciones Metálicas (FME301), 2 grupos diurnos y 60 pp.ee.

- Programación de la Producción en Fabricación Mecánica (FME304), 2 grupos diurnos y 60 pp.ee.

- Automoción (TMV301), 2 grupos diurnos y 60 pp.ee.

- Mecatrónica Industrial (IMA302), 2 grupos vespertinos y 40 pp.ee.

- Desarrollo de Aplicaciones Web (IFC303), 2 grupos vespertinos y 60 pp.ee.

Modalidad a distancia.

Ciclos Formativos de Grado Superior:

- Mantenimiento Electrónico (ELE301), 40 alumnos por módulo profesional.

- Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma (IFC302), 40 alumnos por módulo profesional.

- Administración y Finanzas (ADG301), 40 alumnos por módulo profesional.

Segundo.- El Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Zaragoza, previo informe de la Inspección de Educación, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en el centro.

Tercero.- La modificación de la autorización no implica concierto educativo para las nuevas enseñanzas autorizadas.

Cuarto.- La presente Resolución surtirá efectos a partir del curso 2019/2020, y se comunicará de oficio al Registro de Centros Docentes No Universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Quinto.- El Centro deberá cumplir la normativa vigente en lo relativo a condiciones higiénicas, acústicas, de habitabilidad y de seguridad, así como en lo referente a barreras arquitectónicas, CTE y cualquier otra normativa aplicable.

Sexto.- Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente en cada momento y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Resolución.

Séptimo.- Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y del artículo 58 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio.

Zaragoza, 6 de junio de 2019.

El Director General de Planificación y Formación Profesional, RICARDO ALMALÉ BANDRÉS