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RESOLUCIÓN de 21 de julio de 2020, de la Directora General de Planificación y Equidad, por la que se modifica la autorización del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria "Salesiano Nuestra Señora del Pilar", de Zaragoza.

Publicado el 07/08/2020 (Nº 156)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Examinado el expediente administrativo instruido a instancia del representante del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria "Salesiano Nuestra Señora del Pilar", código 50007236, con domicilio en la calle María Auxiliadora, número 57, de Zaragoza, solicitando la modificación de la autorización por la implantación de dos Ciclos Formativos de Grado Superior (Automatización y Robótica Industrial -ELE 303- y Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma -IFC302-) en horario vespertino.

Vistos los informes emitidos por la Unidad Técnica de Construcción del Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Zaragoza, sobre el cumplimiento de la normativa vigente, en cuanto a espacios mínimos se refiere, y con relación a la adecuación de las instalaciones a los planos aprobados; así como el emitido por la Inspección de Educación sobre la adecuación del equipamiento y material didáctico.

De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general, y en virtud de las competencias atribuidas en el Decreto de 5 de agosto de 2019, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, resuelvo:

Primero.- Modificar la autorización del centro docente privado que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria.

Denominación específica: "Salesiano Nuestra Señora del Pilar".

Titular: Congregación de Padres Salesianos.

Código: 50007236.

Domicilio: Calle María Auxiliadora, número 57.

Localidad: Zaragoza.

Municipio: Zaragoza.

Provincia: Zaragoza.

Modificación de la autorización en las siguientes enseñanzas:

Implantación en horario vespertino de los Ciclos Formativos de Grado Superior siguientes:

ELE303 - Automatización y Robótica Industrial, 2 grupos vespertinos / 60 pp.ee.

IFC302 - Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma, 2 grupos vespertinos / 60 pp.ee.

Como resultado de dicha modificación, el centro queda configurado como un Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria, con las siguientes enseñanzas autorizadas:

Educación Infantil de 2.º ciclo, 6 unidades y 134 pp.ee.

Educación Primaria, 12 unidades y 300 pp.ee.

Educación Secundaria:

Educación Secundaria Obligatoria, 8 unidades y 240 pp.ee.

Bachillerato, Modalidades:

Ciencias, 4 unidades y 140 pp.ee.

Humanidades y Ciencias Sociales, 2 unidades y 70 pp.ee.

Ciclos Formativos de Formación Profesional Básica:

Electricidad y Electrónica-FPB102, 2 grupos / 30 pp.ee.

Informática y Comunicaciones-FPB104, 2 grupos / 30 pp.ee.

Ciclos Formativos de Grado Medio:

Instalaciones Eléctricas y Automáticas (ELE202), 2 grupos y 60 pp.ee.

Instalaciones de Telecomunicaciones (ELE203), 2 grupos y 60 pp.ee.

Mecanizado (FME202), 2 grupos y 60 pp.ee.

Sistemas Microinformáticos y Redes (IFC201), 2 grupos y 60 pp.ee.

Electromecánica de Vehículos Automóviles (TMV202) 2 grupos y 60 pp.ee.

Ciclos Formativos de Grado Superior:

Sistemas Electrotécnicos y Automatizados (ELE302), 2 grupos y 60 pp.ee.

Automatización y Robótica Industrial (ELE303), 4 grupos (2 diurnos y 2 vespertinos) y 120 pp.ee.

Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos (ELE 304), 2 grupos y 60 pp.ee.

Programación de la Producción en Fabricación Mecánica (FME304), 2 grupos y 60 pp.ee.

Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma (IFC302), 4 grupos (2 diurnos y 2 vespertinos) y 120 pp.ee.

Automoción (TMV301), 2 grupos y 60 pp.ee.

Segundo.- El Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Zaragoza, previo informe de la Inspección de Educación, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en el centro.

Tercero.- La modificación de la autorización no implica concierto educativo para las nuevas enseñanzas autorizadas.

Cuarto.- La presente Resolución surtirá efectos a partir del curso 2020/2021, y se comunicará de oficio al Registro de Centros Docentes no Universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Quinto.- El Centro deberá cumplir la normativa vigente en lo relativo a condiciones higiénicas, acústicas, de habitabilidad y de seguridad, así como en lo referente a barreras arquitectónicas, CTE y cualquier otra normativa aplicable.

Sexto.- Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente en cada momento y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Resolución.

Séptimo.- Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y del artículo 58 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio.

Zaragoza, 21 de julio de 2020.

La Directora General de Planificación y Equidad, ANA MONTAGUD PÉREZ