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RESOLUCIÓN de 15 de septiembre de 2017, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 14 de julio de 2009, en la que se otorgó la autorización ambiental integrada para la reorientación productiva y adecuación de una explotación porcina de producción de tipo mixto existente con capacidad para 350 cerdas reproductoras, 12 machos, 1000 plazas de transición y 2000 plazas de cebo (269,81 UGM), para transformarla en una explotación porcina para producción con capacidad para 845 cerdas reproductoras, 49 cerdas de reposición, 2495 plazas de transición y 6 verracos, situada en el polígono 41, parcelas 166 y 170, del término municipal de Nonaspe (Zaragoza), y promovida por Agro Alberto, S.L.U. (Número expediente INAGA 500202/02/2017/3194).

Publicado el 13/10/2017 (Nº 197)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Con fecha 6 de marzo de 2017 se presenta en este Instituto solicitud de modificación puntual de la autorización ambiental integrada de la explotación, con objeto de acomodar la modificación no sustancial previa, consistente en mejora sanitaria y reorientación productiva, pasando de producir lechones hasta 20 kg. a producir lechones hasta 6 kg.; para ello, se reformaran interiormente las naves, se prolongará la nave de reposición mediante una caseta anexa de 3x3 m., se ampliará la nave de vestuarios con una Caseta anexa de 6x3 m. y se construirán dos casetas de instalaciones para el grupo electrógeno y la caldera de calefacción de 4,4 x 3,1 m. y 6,40 x 3,50 m. respectivamente.

Antecedentes de hecho:

Primero.- Mediante Resolución del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, de 14 de julio de 2009, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 149, de 4 de agosto de 2009, se otorgó la autorización ambiental integrada para la reorientación productiva y adecuación de la explotación porcina de producción de tipo mixto existente con capacidad para 350 cerdas reproductoras, 12 machos, 1.000 plazas de transición y 2.000 plazas de cebo, para transformarla en una explotación porcina para producción con capacidad para 845 cerdas reproductoras, 49 cerdas de reposición, 2.495 plazas de transición y 6 verracos, localizada en el polígono 41, parcela 170, del término municipal de Nonaspe (Zaragoza) y promovida por D. Petru Postolache. (Expte. INAGA/500301/02/2008/02258).

Segundo.- Por Resolución de 19 de febrero de 2010, se aprueba la modificación no sustancial de la explotación por mejora sanitaria con construcción de dos nuevas naves y realizando reformas interiores en una de las existentes. Se ocupa la parcela 166 del polígono 41, que pasa a estar ligada a la explotación. (Expte. INAGA/500601/02/2010/01174).

Tercero.- Con fecha 9 de octubre de 2012 se notifica el cambio de titularidad a favor de Agro Alberto, S.L.U.

Cuarto.- Por Resolución de 10 de noviembre de 2013, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 252, de 26 de diciembre de 2013, se procede a la actualización de dicha autorización ambiental integrada. (Expte. INAGA/500601/02/2013/10309)

Quinto.- Con el escrito presentado se solicita modificar puntualmente la autorización ambiental integrada e incorporar los cambios reflejados en la anterior modificación no sustancial, aprobada en Resolución de 13 de febrero de 2017. (Expte. INAGA/500202/02/2016/10341).

Fundamentos jurídicos:

De conformidad con lo establecido en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, sobre actividades e instalaciones ganaderas; la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de los cerdos; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

Por la presente se resuelve,

Modificar puntualmente la Resolución de 14 de junio de 2009, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorga la autorización ambiental integrada para la explotación porcina con capacidad para 845 cerdas reproductoras, 49 cerdas de reposición, 2495 plazas de transición y 6 verracos, situada en el polígono 41, parcelas 170 y 166, del término municipal de Nonaspe (Zaragoza) y promovida por Agro Alberto, S.L.U. en los siguientes puntos, dejando inalterado el resto:

El punto 1 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"1. Otorgar la autorización ambiental integrada a Agro Alberto, S.L.U., con CIF B-99354862, para la reorientación productiva de una explotación para producción de lechones hasta 20 kg. con capacidad para 845 cerdas reproductoras, 49 cerdas de reposición, 2495 plazas de transición y 6 verracos, para transformarla en una explotación porcina para producción de lechones hasta 6 kg., con capacidad para 1000 cerdas reproductoras, 130 cerdas de reposición y 3 verracos (269,1 UGM), ubicada en el polígono 41, parcelas 166 y 170 del término municipal de Nonaspe (Zaragoza), con unas coordenadas UTM en el huso 30 de X=771.256 - Y=4.565.025 - Z=260 m. La autorización se otorga con el siguiente condicionado:"

El punto 1.1 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"1.1. Las instalaciones existentes autorizadas para el desarrollo de la actividad se corresponden con: nave 1 de gestación y maternidad de 54,50 x 7,20 m.; nave 2 de maternidad de 84,20 x 8,30 m.; nave 3 de gestación libre formada por dos módulos de 18,20 x 6,20 m. y 9,20 x 6,20 m.; nave 4 de cubrición de 24 x 18,90 m.; nave 5 de cubrición de 18,50 x 18,40 m. con un anejo en la parte norte de 14,50 x 6,70 m. y una caseta adosada de 2,80 x 2,20 m.; nave 6a de maternidad de 23,20 x 5 m.; nave 6b de gestación de 21,20 x 9,20 m.; nave 7 de maternidad y gestación de 43,60 x 18,50 m. con una sala aneja de 16,50 x 6,15 m.; nave 8 de reposición de 30,20 x 7,20 m. con una caseta anexa de 3 x 3 m.; una nave para vestuarios de 4,90 x 3,90 m. con un anexo de 6 x 3 m.; una caseta para la caldera de 4,40 x 3,10 m.; una caseta para el grupo electrógeno de 6,40 x 3,50 m.; una balsa de purines con capacidad para 1.490,52 m.³; un depósito de agua con capacidad para 235 m.³; una fosa de cadáveres de 48 m.³; vado de desinfección y vallado perimetral de la explotación".

El punto 1.3 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"1.3. El abastecimiento de agua se realiza a través de la red de riego de la comunidad de regantes de Nonaspe. Se establece un consumo anual de agua de 5176 m³".

El punto 1.4 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"1.4. El suministro de energía eléctrica se realiza mediante tres grupos electrógenos de gasoil con potencias unitarias de 40 kW, 60 kW y 80 kW. Los limites de emisiones contaminantes no superaran los siguientes valores: 625 mg/ Nm³ de CO y 616 mg/ Nm³ de NOx. Se deberán mantener los equipos en buen estado de conservación con un mantenimiento adecuado, para reducir al máximo las emisiones".

El punto 1.5 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"1.5. La explotación dispone de un sistema de calefacción para las instalaciones de maternidad mediante placas calefactores para los lechones recién nacidos. Para las necesidades caloríficas de la explotación se dispone de una caldera de gasoil de 28 kW y de una caldera de carbón/leña de 67 kW, se estiman unos consumos anuales de 24.000 litros de gasoil, y de 16 Tm. de carbón o 32 Tm. de leña, según si se usa uno u otro combustible".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante el Sr. Presidente del instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro recurso que, en su caso, pudiera interponerse.

Zaragoza, 15 de septiembre de 2017.

El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, JESÚS LOBERA MARIEL