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ORDEN PRE/1877/2018, de 16 de octubre, por la que se dispone la publicación del memorando de colaboración entre el Gobierno de Aragón (Reino de España) y la Secretaría General Hispanoamericana (SEGIB), para la realización de un proyecto de innovación ciudadana en el marco de los objetivos de desarrollo sostenible.

Publicado el 28/11/2018 (Nº 230)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios, con el número 2018/7/0193 el memorando suscrito, con fecha 26 de septiembre de 2018, por la Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales del Gobierno de Aragón y el Director de Administración y Recursos Humanos de Secretaría General Hispanoamericana, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado memorando que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza

, 16 de octubre de 2018.

El Consejero de Presidencia, VICENTE GUILLÉN IZQUIERDO

MEMORANDO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE ARAGÓN (REINO DE ESPAÑA) Y LA SECRETARÍA GENERAL IBEROAMERICANA (SEGIB), PARA LA REALIZACIÓN DE UN PROYECTO DE INNOVACIÓN CIUDADANA EN EL MARCO DE LOS OBJETIVOS DE DESARROLLO SOSTENIBLE

Zaragoza, a 26 de septiembre de 2018.

De una parte, la Excma. Sra. D.ª M.ª Victoria Broto Cosculluela, Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales del Gobierno de Aragón, en representación de este, de conformidad con el Acuerdo de Gobierno de Aragón de fecha de 18 de septiembre de 2018.

De otra parte, D. Miguel del Val Alonso, Director de Administración y Recursos Humanos de la Secretaría General Iberoamericana, en adelante llamada SEGIB,

I. Que la SEGIB, en su carácter de órgano permanente de apoyo institucional, técnico y administrativo a la Conferencia Iberoamericana, tiene como objetivos:

a) Contribuir al fortalecimiento de la Comunidad Iberoamericana y asegurarle una proyección internacional.

b) Coadyuvar a la organización del proceso preparatorio de las Cumbres y de todas las reuniones iberoamericanas.

c) Fortalecer la labor desarrollada en materia de cooperación, de conformidad con el convenio de Bariloche.

d) Promover los vínculos históricos, culturales, sociales y económicos entre los países iberoamericanos, reconociendo y valorando la diversidad de sus pueblos.

II. Que la SEGIB, conforme a lo dispuesto en el artículo 1 del convenio de Santa Cruz de la Sierra, cuenta con personalidad jurídica propia y capacidad para celebrar los actos y contratos necesarios para el cumplimiento de sus fines, de conformidad con los principios y objetivos de la Conferencia Iberoamericana.

III. Que, de conformidad con la disposición 36.ª del artículo 71 de la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón, a la Comunidad Autónoma de Aragón le corresponde la competencia exclusiva en materia de cooperación para el desarrollo en expresión de la solidaridad de la sociedad aragonesa con los países y pueblos más desfavorecidos.

IV. Que el Gobierno de Aragón de acuerdo con la Ley 10/2000, de 27 de diciembre, relativa a la Cooperación para el Desarrollo, tiene como fin contribuir al progreso humano, económico y social de los pueblos más desfavorecidos, siendo uno de sus objetivos el promover la educación para el desarrollo y la sensibilización de la sociedad aragonesa en las realidades de los pueblos más desfavorecidos. A este respecto, el artículo 23 de la mencionada Ley señala de una forma específica que la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón promoverá acciones de educación para el desarrollo y de sensibilización en la problemática de estos países, con el objetivo de propiciar el compromiso solidario de la sociedad. Dichas actividades podrán realizarse directamente o en colaboración con organizaciones e instituciones que desarrollen su trabajo en esta área.

V. Que de conformidad con los artículos 5.1 de la Ley y 2.1 del Reglamento de la cooperación para el desarrollo y de las bases reguladoras de las subvenciones en esta materia, aprobado por el Decreto 100/2016, de 12 de julio, del Gobierno de Aragón, la cooperación para el desarrollo del Gobierno de Aragón se realiza directamente por la Administración de la Comunidad Autónoma e indirectamente a través de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo con implantación en el territorio de Aragón y entidades que actúen en el ámbito de dicha cooperación, siempre que las actuaciones de estas últimas tengan carácter no lucrativo.

VI. Que el Plan Director de la Cooperación Aragonesa para el Desarrollo 2016-2019 recoge como prioridad sectorial la educación para el desarrollo y la sensibilización de la sociedad aragonesa; y establece la necesidad de elaborar una Estrategia de Educación para el Desarrollo de forma participativa por parte de los actores de la cooperación aragonesa para el desarrollo. Dicha Estrategia se acabó de elaborar a finales de 2017 como Estrategia Aragonesa de Educación para el Desarrollo y la Ciudadanía Global (EpDCG) y cuyo objetivo principal es lograr una ciudadanía aragonesa comprometida en la construcción de una sociedad global solidaria, justa y equitativa.

VII. Que en el mencionado Plan Director 2016-2019 se señala que la Cooperación Aragonesa para el Desarrollo, a partir de ese Plan y durante la vigencia del mismo, debe experimentar y fomentar la innovación para construir sus nuevas señas de identidad y los espacios específicos de actuación que le son propios, alineándose con los nuevos ODS.

Así, el Plan Anual 2018 señala que la formulación a nivel internacional de unos Objetivos de Desarrollo Sostenible tan amplios y ambiciosos requiere más que nunca de la conjunción de esfuerzos, el impulso de sinergias entre todos los actores y la exploración de nuevas formas de colaboración. Del mismo modo que a la Estrategia de Educación para el Desarrollo y la Ciudadanía Global se le abren las oportunidades que brindan las nuevas tecnologías de la información para llegar a nuevos destinatarios o experimentar nuevas formas de sensibilización y educación para el desarrollo.

VIII. Que ambas instituciones, han decidido colaborar, mediante la firma del presente Memorando de Colaboración, en la realización del proyecto CIVICS: mapa de la innovación ciudadana.

IX. Que a tenor de lo expuesto, ambas partes están conformes en suscribir el presente Memorando de Colaboración, que se regirá por lo dispuesto en los siguientes apartados:

Primero.- Objeto.

El presente Memorando de Colaboración tiene como objeto acordar la colaboración entre los firmantes para la realización del primer mapa piloto, a nivel global, de las aportaciones de la ciudadanía al cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). Para ello y de acuerdo con la Estrategia Aragonesa de Educación para el Desarrollo y la Ciudadanía Global, se pretende lograr el doble objetivo de dar a conocer los ODS a la ciudadanía aragonesa a la vez que se posibilita la realización de iniciativas que contribuyan a su cumplimiento. El proyecto se describe en la ficha que se adjunta como anexo.

Segundo.- Compromisos de los firmantes.

El Gobierno de Aragón:

De acuerdo con el artículo 17 del Reglamento aprobado por el Decreto 100/2016, de 12 de julio, del Gobierno de Aragón, este transferirá de forma anticipada a la SEGIB el importe global de 30.000 euros con cargo al Fondo de Solidaridad con los países más desfavorecidos para el año 2018, partida presupuestaria 11020/1341/780004/91002, del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales para el ejercicio 2018, a la firma del Memorando de Colaboración y siempre previa acreditación de que la SEGIB se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales y frente a la Seguridad Social.

Dicha aportación se ingresará en la cuenta bancaria que previamente designe esta Organización, con el objeto de que la SEGIB canalice esos fondos presupuestarios a la ejecución del proyecto recogido en el apartado primero y especificado en anexo. La gestión y justificación de esta aportación se efectuará en los términos previstos en este Memorando de Colaboración y de acuerdo con las normas y procedimientos vigentes y aplicables a la SEGIB dada su condición de organismo internacional.

La SEGIB:

1. Administrar los fondos de acuerdo con los procedimientos, normas y disposiciones de su régimen financiero, manteniendo un archivo completo de registros financieros, que contenga toda la documentación original relacionada con el presente Memorando de Colaboración.

2. Gestionar los fondos recibidos de acuerdo con el desarrollo y planificación de las actividades previstas acordadas. Los fondos aportados deberán ser destinados a la finalidad para la que se concedan, sin que puedan ser empleados en actividades distintas a aquellas para la que se concede.

3. Proporcionar al Gobierno de Aragón cuanta información le sea requerida, durante el proceso de ejecución del proyecto, con los resultados logrados hasta el momento, así como la evaluación final del mismo.

4. Finalizado el proyecto y en un plazo de 3 meses, la SEGIB presentará:

a) Una memoria técnica del proyecto realizado, que será elaborada por la Unidad de SEGIB responsable del seguimiento de la ejecución del mismo.

b) Un informe financiero de los fondos recibidos y desembolsados para la realización del proyecto suscrito por el Director de Administración y Recursos Humanos.

c) Relación y copia cotejada de los justificantes de gasto.

5. La presentación de toda la documentación anteriormente mencionada se hará ante el Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales, Departamento que ostenta las competencias en materia de Cooperación para el Desarrollo.

6. Respecto a la publicidad relativa al carácter público de la financiación del objeto del Memorando de Colaboración, cuando deban hacer uso del identificador corporativo del Gobierno de Aragón, deberá solicitar con carácter previo a su utilización, el preceptivo informe favorable de la Comisión de Comunicación Institucional, tal y como se dispone en el Decreto 384/2011, de 13 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la Comisión de Comunicación Institucional y se distribuyen competencias en materia de comunicación y publicidad. Igualmente, si del Memorando de Colaboración se deriva la realización de actividades de promoción y publicidad en las que figure el identificador corporativo del Gobierno de Aragón o cualquiera de sus variantes, la creatividad y el plan de medios de dichas actividades deberá ser objeto de solicitud con carácter previo a cualquier actuación, del preceptivo informe favorable de la Comisión de Comunicación Institucional, con el objeto de su revisión y comprobación del cumplimiento de los objetivos y de la adecuada distribución entre los diferentes medios y soportes.

Tercero.- Reintegro.

El empleo de los fondos para fines distintos de los señalados, o la no justificación adecuada del uso de los recursos transferidos dará lugar al reintegro por SEGIB de los fondos empleados para fines distintos o no justificados, dentro de los quince días siguientes al requerimiento efectuado con tal fin.

Cuarto.- Duración.

El período de duración del presente Memorando de Colaboración será desde la fecha de su firma hasta la finalización de los trabajos y justificación de los recursos, como máximo julio de 2019.

Quinto.- Régimen jurídico.

Este Memorando de Colaboración no constituye fuente de obligaciones internacionales ni se rige por el derecho internacional. Su régimen jurídico se remite a la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón y al Reglamento de la cooperación para el desarrollo y de las bases reguladoras de las subvenciones en esta materia, aprobado por el Decreto 100/2016, de 12 de julio, del Gobierno de Aragón, teniendo en cuenta las normas y procedimientos vigentes y aplicables a la SEGIB dada su condición de organismo internacional.

En caso de que los trabajos a realizar por la SEGIB requieran de la contratación de consultores o de otro personal para prestar servicios, corresponderá a la SEGIB proveer lo necesario para que aquellos cumplan los requerimientos de la normativa vigente del lugar de realización.

En ningún caso el Gobierno de Aragón será responsable del incumplimiento por la SEGIB de preceptos de cualquier tipo que le sean de aplicación, ni adquirirá vinculación laboral alguna con el personal que, en su caso, pudiera contratar la SEGIB para la ejecución de los fondos transferidos, ni responsabilidad por la actuación del mismo o de la propia SEGIB.

Sexto.- Solución de controversias.

Los firmantes acuerdan resolver a través de negociaciones directas, toda controversia que pudiera surgir del presente Memorando de Colaboración. En todo caso, nada de lo señalado en el presente Memorando podrá interpretarse como una renuncia, expresa o tácita, de las prerrogativas e inmunidades de que gozan el SEGIB y el Gobierno de Aragón.

En prueba de conformidad, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto del presente Memorando, en el lugar y fecha indicados al inicio.