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ANUNCIO del Instituto Aragonés de la Juventud, por el que se dispone la publicación de la formalización para la adjudicación en régimen de concurrencia competitiva de la concesión demanial de uso privativo del inmueble denominado "Albergue Canfranc Estación II" "La Casita de Canfranc", sito en plaza Aragón 7, 22.880 Canfranc (Huesca).

Publicado el 27/02/2015 (Nº 40)
Sección: V. Anuncios - a) Contratación de las Administraciones Públicas
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA

Texto completo:

Con fecha 21 de abril de 2014, fue acordada la iniciación del expediente IAJ-1/2014, para el otorgamiento en régimen de concurrencia competitiva, de una concesión demanial de uso privativo del inmueble denominado "Albergue Canfranc Estación II" "La Casita de Canfranc" sito en plaza Aragón 7, 22.880 Canfranc (Huesca).

El Decreto Legislativo 4/2013, de 17 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Patrimonio, permite la utilización de bienes de dominio público, mediante concesión demanial. El procedimiento para otorgarlo requiere convocatoria aprobada por el órgano competente y publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", disponiendo los interesados de 30 días para presentar las correspondientes peticiones.

Con fecha 5 de septiembre de 2014, fue aprobado el expediente patrimonial iniciado y el pliego de condiciones para el otorgamiento de la citada concesión demanial, publicándose el anuncio de convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón", número 200, de 10 de octubre de 2014, en el que se establecía un plazo de 30 días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación para presentar solicitudes, finalizando el día 17 de noviembre de 2014.

Las condiciones aprobadas para su regulación recogidas en el pliego de condiciones, podían conocerse y adquirirse en las dependencias del Instituto Aragonés de la Juventud, sitas en Zaragoza, en la calle Franco y López, 4 o a través del correo electrónico facilitado (ssalas@aragon.es), y puesto a disposición de cualquier persona interesada en concurrir a la citada convocatoria pública.

Mediante Resolución de 4 de noviembre de 2014, del Director Gerente del Instituto Aragonés de la Juventud, fueron designados los miembros de la mesa de valoración que debía constituirse para prestar asistencia administrativa en el procedimiento convocado de otorgamiento de concesión demanial sobre la "Casita de Canfranc".

A la licitación convocada sólo ha concurrido la Asociación Cultural y Escuela de Tiempo Libre "Sargantana".

Constituida la mesa de valoración, en reunión celebrada el día 25 de noviembre de 2014, se procedió a examinar la documentación administrativa presentada por el candidato para acreditar su personalidad, representación, capacidad y solvencia, considerándose la misma correcta y suficiente y acordándose en consecuencia admitir a dicho candidato a continuar en el procedimiento de otorgamiento de la concesión demanial y proceder a la apertura de su propuesta técnica para su posterior valoración conforme a los criterios establecidos en el pliego de condiciones que rigen la convocatoria.

Con fecha 16 de diciembre de 2014, la mesa procede a la valoración de la propuesta técnica presentada por el licitador, obteniendo un total de 96 puntos en aplicación de los criterios establecidos en la cláusula 6 del pliego.

Siendo la única empresa que ha presentado oferta y atendiendo a la utilidad pública e interés social que deriva de la explotación del inmueble denominado "Albergue Canfranc Estación II" "Casita de Canfranc", la mesa acordó proponer a la empresa Asociación Cultural y Escuela de Tiempo Libre "Sargantana", para la explotación del citado inmueble y elevar dicha propuesta de adjudicación al órgano de contratación del Instituto Aragonés de la Juventud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 106, 3.º del Decreto Legislativo 4/2013, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Esta Administración comprueba, con autorización del candidato, que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, según los certificados emitidos por los correspondientes organismos.

En virtud de lo anteriormente expuesto, y considerando que la propuesta de uso y gestión del inmueble denominado "Albergue Canfranc Estación II" "Casita de Canfranc", pone en valor dicho espacio y garantiza que las actividades a realizar en el mismo mejoran la utilización de dichas instalaciones, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 111 del texto refundido de la Ley de Patrimonio de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo, de 17 de diciembre, el Director Gerente del Instituto Aragonés de la Juventud, en uso de las competencias que legalmente le han sido atribuidas, resuelve:

Primero.- Conceder a la Empresa Asociación Cultural y Escuela de Tiempo Libre "Sargantana" la concesión demanial licitada para la explotación de la instalación denominada "Albergue Canfranc Estación II" "Casita de Canfranc".

Segundo.- La finalidad de la presente concesión es destinar dicha instalación al desarrollo de actividades juveniles públicas consistentes en la participación e iniciativa de los jóvenes en actividades relacionadas con la cooperación y solidaridad internacional, la defensa de los derechos humanos y la cultura por la paz.

Tercero.- La concesión queda sometida al cumplimiento por parte de la entidad concesionaria del pliego de condiciones aprobado en fecha 5 de septiembre de 2014, por el Excmo. Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Familia.

Cuarto.- El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones a las que queda sometida la concesión supondrá la revocación de la misma y la devolución de la instalación cedida a la Comunidad Autónoma de Aragón.

Quinto.- Transcurrido el plazo de la concesión y en su caso, sus prórrogas, la concesión caducará necesariamente y las obras e instalaciones ubicados en el inmueble revertirán al Instituto Aragonés de la Juventud, en el estado de conservación y funcionamiento que permita su normal y efectiva utilización.

Sexto.- Esta concesión se formaliza por triplicado ejemplar, mediante contrato entre la entidad concesionaria y el Instituto Aragonés de la Juventud, en el que queda constancia de los términos de uso de la instalación. Uno de los ejemplares se remitirá al Departamento de Hacienda y Administración Pública (Dirección General de Contratación, Patrimonio y Organización), para su debida constancia en el Inventario General del Patrimonio de Aragón.

Zaragoza, 6 de febrero de 2015.- El Director Gerente del Instituto Aragonés de la Juventud, Fernando Peña Llorente.