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ORDEN de 12 de abril de 2013, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones para el desarrollo de Programas de Cualificación Profesional Inicial a iniciar durante el año 2012

Publicado el 03/05/2013 (Nº 85)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Por Orden de 5 de octubre de 2012, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte ("Boletín Oficial de Aragón" núm. 210, de 26 de octubre de 2012), se convocan subvenciones para el desarrollo de programas de cualificación profesional inicial a iniciar durante el año 2012, y se aprueban las bases reguladoras para su concesión.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes y tramitadas conforme a lo dispuesto en el punto quinto de la citada orden, la comisión de selección constituida según lo dispuesto en el punto sexto, en reunión celebrada el día 12 de diciembre de 2012, hace propuesta provisional de concesión y denegación, previa al trámite de audiencia al interesado.

Procede ahora determinar la concesión y denegación de subvenciones, de acuerdo con la propuesta definitiva efectuada por la comisión de selección a través del órgano instructor, de acuerdo con lo establecido en el punto sexto de la mencionada orden.

Teniendo en cuenta lo anterior, resuelvo:

Primero.- Aprobar la propuesta definitiva de concesión y denegación de subvenciones efectuada por la comisión de selección, a que hace referencia el punto sexto de la Orden de 5 de octubre de 2012, a través del Director General de Ordenación Académica en su calidad de órgano instructor.

Segundo.- La concesión de estas subvenciones está condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón para los años 2013 y 2014.

Tercero.- La disponibilidad presupuestaria total de las subvenciones, asciende a 450.000 euros correspondientes a la línea presupuestaria 18030 G/4226/480368/91001 y 18030 G/4226/480368/11101, distribuidos en las siguientes anualidades: 292.500 euros en 2013 y 157.500 euros en 2014:

Año 2013 Talleres Profesionales: 240.000 €

Talleres Profesionales Especiales 52.500 €

Año 2014 Talleres Profesionales Especiales 157.500 €

Cuarto.- Conceder la subvención a las entidades relacionadas en el anexo I, para los proyectos y cuantías que se detallan.

Quinto.- Denegar, por haber obtenido menor puntuación, la subvención a las entidades relacionadas en el anexo II. En caso de renuncia por parte de las entidades a las que se les ha concedido la subvención, se procederá a conceder nuevas subvenciones en el orden de prioridad determinado en la evaluación de los proyectos, y que así se relaciona en el anexo II.

Sexto.- De acuerdo con el punto séptimo.2 de la convocatoria, se autoriza a las entidades beneficiarias para el desarrollo del programa de cualificación profesional inicial, en las modalidades y perfiles profesionales determinados en la presente orden. Los centros públicos a los que se adscriben, a efectos de custodia de los expedientes académicos del alumnado y de las actas finales una vez concluidos los programas de cualificación profesional inicial, son los siguientes: IES Segundo de Chomón de Teruel: Fundación Amigó; CPIFP Los Enlaces de Zaragoza: Fundación Federico Ozanam, Fundación APIP-ACAM, Fundación Corazonistas Andrés Coindre, Fundación Ramón Rey Ardid, Fundación Adunare y Fundación Disminuidos Físicos de Aragón.

Séptimo.- Contra la presente orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación de conformidad con los artículos 14, 25 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa; o, potestativamente, recurso de reposición ante la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes desde la citada notificación, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Octavo.- De acuerdo con lo dispuesto en el punto séptimo.3 de la Orden de 5 de octubre de 2012, se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón" la relación de beneficiarios, actividades subvencionadas y cuantías otorgadas.

Zaragoza, 12 de abril de 2013

La Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte,

DOLORES SERRAT MORÉ