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RESOLUCIÓN de 19 de abril de 2017, del Director del Servicio Provincial de Teruel del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, por la que se aprueba la modificación del anexo VII del pliego de cláusulas administrativas particulares que rige la licitación del contrato de servicios denominado "Servicio de 3 lotes de atención y cuidado del alumnado de Centros Públicos de Educación Infantil y Primaria y de Centros de Educación Especial en la Provincia de Teruel".

Publicado el 24/05/2017 (Nº 97)
Sección: V. Anuncios - a) Contratación de las Administraciones Públicas
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Mediante Resolución del Director del Servicio Provincial de Teruel, de fecha 6 de junio de 2016, se acordó iniciar el expediente de "Servicio de tres lotes de atención y cuidado del alumnado de Centros Públicos de Educación Infantil y Primaria y de Centros de Educación Especial en la Provincia de Teruel" (Comedor escolar TE-2016)"

El procedimiento de adjudicación prevé sólo criterios de valoración de evaluación posterior, éstos se regulan en el anexo VII del pliego de cláusulas administrativas particulares (en adelante PCAP), siendo un total de 10 en el siguiente orden:

Mediante la Resolución de 7 de marzo de 2017, del Director del Servicio Provincial de Teruel del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, se aprobó el expediente administrativo del referido contrato (Exp. Comedor escolar TE-2016). Se trata de un contrato sujeto a regulación armonizada en virtud de lo establecido en el artículo 16 de TRLCSP. Se procedió a la publicación del anuncio de licitación en el Diario Oficial de la Unión Europea el día 6 de marzo de 2017, en el "Boletín Oficial del Estado", el 21 de marzo de 2017, en el "Boletín Oficial de Aragón", el 21 de marzo de 2017 y en el perfil del contratante del Gobierno de Aragón el 15 de marzo de 2017, de modo que el día limite para dicha presentación de la documentación correspondiente por los licitadores finaliza el 21 de abril de 2017.

Visto los Acuerdos del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón 11/2014, de 20 de febrero, 67/2016, de 1 de julio, y 23/2017, de 13 de marzo, estableciendo como doctrina en relación con los requisitos del desistimiento que éste debe fundarse en la existencia de un vicio de nulidad de pleno derecho, al ser éstos los únicos vicios insubsanables y teniendo en cuenta la Resolución número 245/2016, del Tribunal administrativo Central de Recursos Contractuales, en el cual estima que el órgano de contratación puede proceder a la rectificación de los pliegos, encontrándose en la fase inicial del procedimiento, por economía procesal y celeridad, dando la debida publicidad, que resulte plenamente garantista con los derechos de los licitadores.

Analizado el PCAP de la licitación del contrato servicios denominado "servicio de tres lotes de atención y cuidado del alumnado de centros públicos de educación infantil y primaria y de centros de educación especial en la provincia de Teruel" (comedor escolar TE-2016), el cual se encuentra dividido en tres lotes (en lote 1 y 2 se recoge la prestación del servicio en cuatro centros educativos y en el lote 3 se presta el servicio en cinco colegios) se observa que:

- El criterio número 6 "Rotación de menús" dada la indefinición del término "rotación" deviene en problemas para su valoración.

- El criterio número 9 "Compromiso de eliminación de la barqueta de plástico en la totalidad del proceso", resulta aplicable en los tres lotes, si bien, visto que en el CEE "Gloria Fuertes" de Andorra y en el CRIET de Calamocha se presta cocina in situ, derivaría en no obtención de puntuación en dichos centros.

Dado que el proceso de licitación se halla aún en fase de presentación de ofertas y que las modificaciones sugeridas no afectan a la capacidad y solvencia inicialmente requerida a los licitadores, y tomando en consideración lo anterior, la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, en el ámbito de sus competencias, y en su nombre, de conformidad con la Orden ECD/1859/2016, de 25 de noviembre, por la que se modifica la Orden de 9 de julio de 2015, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se delegan competencias en materia de autorización de gastos, disposiciones de crédito, reconocimiento de obligaciones, propuestas de ordenación de pagos y contratación, el Director del Servicio Provincial de Teruel, resuelve:

Primero.- Modificar el anexo VII del pliego de cláusulas administrativas particulares, de modo que el criterio número 6 queda sin efecto y en el criterio número 9 donde dice "compromiso de eliminación de la barqueta de plástico en la totalidad del proceso" debe de decir "compromiso de eliminación de la barqueta de plástico en la totalidad del proceso en cocina de línea fría o compromiso de sustitución de las ollas de aluminio por ollas de acero en cocinas in situ", siendo la puntuación total a obtener 95 puntos.

Dicho anexo VII se entiende sustituido por el incorporado a esta resolución.

Segundo.- Otorgar nuevo plazo para la presentación de proposiciones de conformidad con lo previsto en el artículo 75 del Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado mediante Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.

Dicho plazo computará a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el perfil del contratante del Gobierno de Aragón, finalizando el 26 de mayo de 2017, dando la opción a los licitadores que ya hayan presentado sus ofertas a poder retirarlas para su modificación y nueva presentación o mantener las ya presentadas. Consecuentemente, la apertura de la oferta económica y de la documentación relativa a los criterios de valoración sujetos a evaluación posterior se llevará a cabo el día 7 de junio de 2017 a las 9:00 horas.

Tercero.- Dar publicidad a esta resolución por los mismos medios por los que se publicitó el pliego objeto de modificación.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso postestativo de reposición ante el mismo órgano que la dicta, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Portal informático o página Web donde figuren las informaciones relativas a la convocatoria o donde pueden obtenerse los pliegos: http://www.aragon.es/ContratacionPublica (perfil del contratante).

Teruel, 20 de abril de 2017.- El Director del Servicio Provincial, Urbano Martínez Elena.