Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

ORDEN HAP/373/2017, de 3 de marzo, por la que se modifica la Orden HAP/1226/2016, de 13 de septiembre, por la que se delega en el Director General de Contratación, Patrimonio y Organización, la competencia para autorizar el uso de las salas de las sedes del Gobierno de Aragón por personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, para la organización de conferencias seminarios, presentaciones u otros eventos.

Publicado el 04/04/2017 (Nº 65)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Texto completo:

En virtud de Orden HAP/1226/2016, de 13 de septiembre, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 189, de 29 de septiembre, el Consejero de Hacienda y Administración Pública delegó en el Director General de Contratación, Patrimonio y Organización la competencia prevista en el artículo 105.2 del texto refundido de la Ley del Patrimonio de Aragón para autorizar el uso de las salas de las sedes del Gobierno de Aragón por personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, para la organización de conferencias seminarios, presentaciones u otros eventos.

En esta delegación se incluyen los edificios que ocupan las delegaciones territoriales del Gobierno de Aragón en Huesca y Teruel, así como las Oficinas Delegadas en Fraga, Jaca, Barbastro, Tarazona, Calatayud, Ejea de los Caballeros, Alcañiz y Calamocha

La aplicación de esta orden ha puesto de manifiesto que, en relación con estos edificios, resulta más operativo que la autorización para su uso esporádico o temporal se otorgue directamente por los máximos responsables de esos centros públicos.

En consecuencia, procede ampliar esa delegación de competencias, de manera que los Delegados Territoriales del Gobierno de Aragón en Huesca y Teruel, así como los Jefes de las Oficinas Delegadas de Fraga, Jaca, Barbastro, Tarazona, Calatayud, Ejea de los Caballeros, Alcañiz y Calamocha puedan autorizar el uso de las salas de sus respectivas sedes, para la organización de conferencias seminarios, presentaciones u otros eventos, en los mismos términos en que está facultado el Director General de Contratación, Patrimonio y Organización para el resto de edificios interdepartamentales.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en el artículo 34 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, resuelvo:

Primero.- Modificar el apartado Primero de la Orden HAP/1226/2016, de 13 de septiembre, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 189, de 29 de septiembre, que queda redactado como sigue:

"Primero.- Delegar en el Director General de Contratación, Patrimonio y Organización la competencia prevista en el artículo 105.2 del texto refundido de la Ley del Patrimonio de Aragón para autorizar el uso por personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, de las salas ubicadas en edificios interdepartamentales o adscritos al Departamento de Hacienda y Administración Pública, excepto los que sean sede de las Delegaciones Territoriales y de las Oficinas Delegadas, para la organización de conferencias seminarios, presentaciones u otros eventos.

Delegar en los Delegados Territoriales del Gobierno de Aragón en Huesca y Teruel y en los Jefes de las Oficinas Delegadas de Fraga, Jaca, Barbastro, Tarazona, Calatayud, Ejea de los Caballeros, Alcañiz y Calamocha la competencia prevista en el artículo 105.2 del texto refundido de la Ley del Patrimonio de Aragón para autorizar el uso el uso por personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, de las salas de sus respectivas sedes, para la organización de conferencias seminarios, presentaciones u otros eventos".

Segundo.- Se mantienen las condiciones de la delegación, recogidas en los apartados Segundo, Tercero y Cuarto de la Orden HAP/1226/2016, de 13 de septiembre, que resultarán de aplicación a los actos que dicten en ejercicio de esta competencia delegada, tanto el Director General de Contratación, Patrimonio y Organización, como los Delegados Territoriales del Gobierno de Aragón en Huesca y Teruel y los Jefes de las Oficinas Delegadas de Fraga, Jaca, Barbastro, Tarazona, Calatayud, Ejea de los Caballeros, Alcañiz y Calamocha.

Tercero.- La presente orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 3 de marzo de 2017.

El Consejero de Hacienda y Administración Pública,

FERNANDO GIMENO MARÍN