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CORRECCIÓN de errores de la Orden VMV/1318/2021, de 8 de octubre, por la que se convocan, para el ejercicio 2021, ayudas para la adquisición de vivienda habitual y permanente, para jóvenes menores de 35 años, en municipios o núcleos de población de menos de 5.000 habitantes, correspondientes al Plan de Vivienda 2018-2021.

Publicado el 26/10/2021 (Nº 220)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE VERTEBRACIÓN DEL TERRITORIO, MOVILIDAD Y VIVIENDA

Texto completo:

Advertidos errores material en la Orden arriba indicada, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 215, de 19 de octubre de 2021, se procede a efectuar la siguiente corrección y, de conformidad con el artículo 109.2, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a su subsanación en los siguientes términos:

En la página 43418 en el artículo 11 apartado 5, donde dice:

5. La solicitud irá dirigida a la Subdirección Provincial de Vivienda de Huesca, Teruel o Zaragoza, según corresponda por la ubicación de la vivienda arrendada.

Debe decir: 5. La solicitud irá dirigida a la Subdirección Provincial de Vivienda de Huesca, Teruel o Zaragoza, según corresponda por la ubicación de la vivienda.

En la página 43420 en el artículo 18 apartado 1, donde dice:

1. La Directora General de Vivienda y Rehabilitación resolverá la convocatoria antes del 31 de diciembre de 2021 o en el plazo en que, de conformidad con la Orden del Departamento de Hacienda y Administración Pública que regule las instrucciones y plazos para el cierre del ejercicio presupuestario 2020, se prevea para las operaciones de cierre contable correspondientes a créditos de la naturaleza de los asignados a la presente convocatoria.

Debe decir: 1. La Directora General de Vivienda y Rehabilitación resolverá la convocatoria antes del 31 de diciembre de 2021 o en el plazo en que, de conformidad con la Orden del Departamento de Hacienda y Administración Pública que regule las instrucciones y plazos para el cierre del ejercicio presupuestario 2021, se prevea para las operaciones de cierre contable correspondientes a créditos de la naturaleza de los asignados a la presente convocatoria.

Advertidos, asimismo, errores materiales en los anexos I y III de la convocatoria, es preciso proceder a su corrección quedando como sigue: