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RESOLUCIÓN de 6 de septiembre de 2021, de la Gerencia de Sector de Barbastro del Servicio Aragonés de Salud, por la que se convoca procedimiento de selección para la provisión, con carácter temporal, de una plaza de Ingeniero Técnico en el Sector de Barbastro.

Publicado el 04/10/2021 (Nº 205)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD

Texto completo:

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, y en el Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud, la Gerencia de Sector de Barbastro, en ejercicio de las competencias que tiene legalmente atribuidas, convoca procedimiento selectivo para la provisión temporal de una plaza eventual, de la categoría de Ingeniero Técnico, en el Sector de Barbastro, para garantizar el funcionamiento permanente y continuado de los centros sanitarios con arreglo a las siguientes bases:

Primera.- Número de plazas.

Una plaza básica de Ingeniero Técnico.

Segunda.- Ámbito subjetivo.

Vía de promoción interna temporal: Podrá participar quién, además de reunir el requisito de titulación exigido en la base cuarta b), posea la condición de personal estatutario fijo, y se encuentre en situación de servicio activo, con destino definitivo o en reingreso provisional, en cualquiera de los centros del Sector de Barbastro, o en la Gerencia de Urgencias y Emergencias Sanitarias, en este último caso en los términos establecidos en el artículo 29.3 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud, en categoría distinta de la convocada, del mismo o inferior grupo de clasificación. No podrá participar en la convocatoria, por esta vía, el personal que se encuentre en Comisión de Servicios.

Vía de acceso libre: De conformidad con lo establecido en los artículos 9.3 y 33 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, podrán participar quienes cumplan los requisitos exigidos en la base cuarta.

Tercera.- Características del puesto de trabajo.

Funciones.

Organización del Servicio de Mantenimiento.

Labores de mantenimiento preventivo en todas las instalaciones y equipos (eléctricas de AT y BT, eléctricas especiales de Quirófanos, UCI, etcétera, grupos electrógenos, centrales térmicas y de frío, climatización, agua potable fría y caliente, tratamientos de agua para Hemodiálisis, Laboratorio, etcétera, gases medicinales, contraincendios, ascensores, comunicación, vapor, gas natural, propano, gasóleo, riego, cocina, etcétera.).

Gestión y supervisión de los trabajos de mantenimiento preventivo y correctivo.

Control y seguimiento de los gastos de mantenimiento propios y subcontratados.

Conservación de los edificios, instalaciones, equipamiento, etcétera, existentes en el Sector.

Asesoramiento técnico a la Dirección, realización de estudios, presupuestos, informes, etcétera.

Gestión y supervisión de obras, reformas, etcétera.

Control de los consumos de energía (electricidad, gasóleo, gas natural y propano).

Control y gestión de suministros (agua potable, gases medicinales, gasóleo, propano, materiales, repuestos, etcétera.).

Gestión y supervisión de los contratos de mantenimiento contratados con empresas externas.

Gestión de los partes de trabajo.

Organización y gestión del trabajo del personal de Mantenimiento.

Organización y gestión del trabajo a realizar por empresas externas.

Gestión del cumplimiento de la normativa vigente en todas las instalaciones.

ñ) Aquellas funciones delegadas o determinadas por la Jefatura del Servicio de Mantenimiento y la Dirección de Gestión y Servicios Generales del Sector de Barbastro.

Jornada de trabajo. La dedicación del personal seleccionado será en turno de mañana y/o tarde.

Retribuciones. Las correspondientes según las disposiciones vigentes de aplicación.

Tipo de nombramiento. Si el aspirante seleccionado para desempeñar la plaza convocada procede del turno de acceso libre, se le expedirá nombramiento de personal estatutario eventual. De conformidad con el artículo 9.3 de Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, se acordará el cese del personal estatutario eventual cuando se produzca la causa o venza el plazo que expresamente se determine en su nombramiento, así como cuando se supriman las funciones que en su día lo motivaron. En caso de resultar seleccionado para la provisión de la plaza personal estatutario fijo, por la vía prevista en la base segunda a), se le declarará en promoción interna temporal. El cese de dicho nombramiento se acordará por las causas que en su caso procedan, detalladas en el artículo 31 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud.

Cuarta.- Requisitos de los aspirantes.

Poseer la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en cuanto al acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.

Poseer el título de Ingeniero Técnico Industrial o del título de Grado o equivalente, expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, o en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de solicitudes

En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de, o en condiciones de obtener, la credencial que acredite su homologación por el Ministerio de Educación, dentro del plazo de presentación de solicitudes. En cualquier caso, dichos títulos, diplomas o certificados deberán ser previamente reconocidos por el Ministerio de Educación.

Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones y tareas propias del puesto.

Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad de jubilación forzosa.

No haber sido separado del servicio mediante expediente disciplinario, de cualquier Servicio de Salud o Administración Pública, en los seis años anteriores, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas, ni para el ejercicio de la correspondiente profesión. En el caso de los nacionales de otros Estados mencionados en el apartado a), no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.

No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, según determina el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

No tener la condición de personal estatutario fijo de la categoría de Ingeniero Técnico, en el Sistema Nacional de Salud, cualquiera que sea su situación administrativa.

Los requisitos exigidos en esta base cuarta deberán poseerse el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantenerse hasta el momento del posible llamamiento y nombramiento. La acreditación de hallarse en posesión de los requisitos exigidos será requerida a los aspirantes antes de emitir el correspondiente nombramiento, sin perjuicio de los documentos requeridos en la base quinta a) que deberán aportarse junto a la solicitud.

Quinta.- Solicitudes y plazo de presentación.

Quienes estén interesados en participar en esta convocatoria, deberán formular solicitud, dirigida a la Gerencia de Sector de Barbastro, en el modelo que figura como anexo I. Junto a su solicitud, aportarán ordenadamente la siguiente documentación:

Fotocopia del DNI, NIE, pasaporte o documento acreditativo de la identidad.

Fotocopia del título oficial exigido.

El formulario de autobaremación, cumplimentado en modelo contenido en el anexo II.

Breve currículum vitae donde figuren los datos personales, formación académica y experiencia profesional.

Fotocopia de los documentos acreditativos de los méritos que se aleguen, los cuales serán valorados de conformidad con el baremo contenido en anexo III y los criterios interpretativos del baremo unificado, publicados estos últimos en la página web del Servicio Aragonés de Salud, en https://www.aragon.es/-/baremos-unificados.

Para la acreditación de los méritos bastará con la presentación de fotocopia de los documentos en los que consten los respectivos méritos alegados, sin perjuicio de la obligación del aspirante de presentar los documentos originales cuando sea requerido por el órgano convocante o por el órgano de selección nombrado al efecto.

No se admitirán a concurso documentos acreditativos de méritos presentados fuera del plazo de presentación de solicitudes, por mucho que hayan sido simplemente alegados en dicho plazo, salvo imposibilidad material alegada y probada por el aspirante como no imputable a él y debidamente apreciada por el órgano convocante. Los méritos acreditados en plazo y forma deberán poseerse en la fecha de publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón", sin que puedan computarse los adquiridos con posterioridad. La experiencia profesional se justificará en todo caso mediante un certificado de servicios prestados. No será necesario que los aspirantes presenten certificados de los servicios prestados en Centros Sanitarios del Servicio Aragonés de Salud, pues se aportarán de oficio desde el Servicio de Personal del Hospital de Barbastro.

La solicitud se dirigirá a la Gerencia de Sector de Barbastro, y podrá ser presentada en la Oficina de Registro del Hospital de Barbastro o a través de las Unidades de Registro de documentos del Gobierno de Aragón, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. De presentarse en el Servicio de Correos, se advertirá en dichas oficinas que se desea la remisión vía procedimiento administrativo, y se facilitará en sobre abierto para que el funcionario estampe el sello de fechas en el documento de solicitud anexo I a remitir.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón".

Sexta.- Criterios de selección.

La selección se efectuará mediante un sistema que consta de dos fases:

Una primera fase, de carácter eliminatorio, consistente en la realización de una prueba de aptitud, de carácter teórico, práctico o ambos, sobre las funciones propias de la categoría. La prueba podrá constar de uno o varios ejercicios, según determine la Comisión de Selección, quién deberá garantizar plenamente el anonimato de los participantes. La calificación final para cada aspirante en esta fase será de "Apto" o "No Apto". Los aspirantes que no superen esta primera fase serán excluidos del proceso selectivo.

Una segunda fase, que consistirá en la valoración por la Comisión de Selección de los méritos debidamente acreditados por los aspirantes que hayan superado la primera fase, aplicando el baremo contenido en el anexo III.

Séptima.- Composición de la Comisión de Selección.

Los miembros de la Comisión de Selección serán designados por la Gerencia del Sector de Barbastro, en el mismo acto de aprobación de la lista provisional de admitidos y excluidos. Su composición será la siguiente:

Presidente: Director de Gestión y SSGG. del Sector de Barbastro o persona en quien delegue.

Secretario: Subdirector de Gestión del Sector de Barbastro.

Vocales:

Jefa de Servicio de Gestión y Servicios.

Un Ingeniero Técnico, estatutario fijo del Servicio Aragonés de Salud.

Un vocal, designado por la representación sindical en el Sector de Barbastro, que ocupe plaza para la que se exija el mismo nivel de titulación que la plaza convocada.

Octava.- Procedimiento.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará la lista provisional de admitidos y excluidos, y los interesados dispondrán de un plazo de diez días hábiles para la subsanación de los defectos que hayan motivado su exclusión expresa, o para justificar su derecho a ser incluidos en caso de haber resultado omitidos. Transcurrido el plazo anterior, la Gerencia de Sector de Barbastro dictará la Resolución que declarará aprobada la lista definitiva de admitidos y excluidos.

Celebrada la prueba de aptitud, la Comisión de Selección publicará la calificación obtenida por cada candidato y procederá a la valoración de méritos, de conformidad con el respectivo baremo de méritos anteriormente indicado. Los aspirantes podrán ser requeridos en cualquier momento por la Comisión de Selección al objeto que aclaren los méritos que hayan presentado. Ultimada la valoración de los méritos debidamente acreditados por los aspirantes, la Comisión de Selección publicará las puntuaciones provisionales de cada uno de ellos y otorgará un plazo de diez días hábiles para presentación de las reclamaciones que éstos consideren pertinentes. Los aspirantes se ordenarán primero según vía de participación, con preferencia para los procedentes de promoción interna temporal si los hubiere, y dentro de cada vía por puntuación total obtenida.

Analizadas las reclamaciones presentadas y realizadas las modificaciones procedentes, la Gerencia de Sector de Barbastro, vista la propuesta de la Comisión de Selección, dictará Resolución que pondrá fin al procedimiento, donde se detallarán las puntuaciones definitivas alcanzadas por los concursantes y se designará a la persona seleccionada. Los aspirantes que hayan superado la prueba de aptitud prevista en la primera fase y opten a la plaza por el turno de promoción interna temporal, tendrán carácter preferente frente al personal de acceso libre, con independencia de la puntuación obtenida por estos últimos. Contra dicha Resolución podrán interponer los interesados recurso de alzada ante el titular de Departamento de Sanidad del Gobierno de Aragón.

Novena.- Listado para sucesivas contrataciones.

De conformidad con el artículo 36.3 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, con los candidatos que hayan superado la prueba de aptitud podrá elaborarse una lista, respetando el orden de prelación establecido por la Comisión de Selección, que tendrá una vigencia de un año.

Décima.- Periodo de prueba.

La persona seleccionada quedará sujeta a un período de prueba de tres meses, establecido en el artículo 33.2 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre y en el artículo 27.5 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, durante el cual será posible la resolución de la relación estatutaria temporal a instancia de cualquiera de las partes.

Undécima.- Publicaciones sucesivas.

De conformidad con el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, todos aquellos acuerdos, resoluciones o anuncios sucesivos que se deriven de esta convocatoria, se harán públicos en el tablón de anuncios situado en la planta primera del Hospital de Barbastro, y en el enlace https://www.aragon.es/-/otras-ofertas-de-empleo de la página web del Servicio Aragonés de Salud. La Resolución que ponga fin a este procedimiento selectivo será publicada en el "Boletín Oficial de Aragón".

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la persona titular del Departamento de Sanidad, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.3 del Texto Refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Barbastro, 6 de septiembre de 2021.

El Gerente de Sector de Barbastro,

por Orden de 4 de abril de 2017

El Gerente de Sector de Huesca

José Ignacio Castaño Lasaosa