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RESOLUCIÓN de 28 de mayo de 2015, de la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se convoca el turno de resultas de traslados, de los puestos de trabajo de carácter permanente de personal laboral. (72015).

Publicado el 16/06/2015 (Nº 113)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Texto completo:

Mediante Resolución de 26 de enero de 2015, de la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios ("Boletín Oficial de Aragón", número 30, de 13 de febrero de 2015), se convocó la provisión por el turno de traslados de los puestos de trabajo de carácter permanente de personal laboral.

Por Resolución de 8 de mayo de 2015, de dicha Dirección General, ("Boletín Oficial de Aragón", número 96, de 22 de mayo de 2015), se adjudicaron de forma definitiva los puestos convocados.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 del VII convenio Colectivo para el personal laboral de la D.G.A., procede convocar un turno de resultas con los puestos desiertos en la anterior convocatoria de traslados y las vacantes generadas en dicho proceso.

No se incluyen en este turno de resultas los puestos de trabajo respecto a los que los Departamentos afectados han solicitado su modificación o amortización en las relaciones de puestos de trabajo, como son los números de RPT 10471 Personal Especializado de Servicios Domésticos, por amortización; 8329 Oficial 2.ª Mecánico, 12565 Personal de Servicios Auxiliares y 8925, Personal Especializado de Servicios Domésticos, éstos por estar incursos en expedientes de modificación o amortización.

Igualmente, debe hacerse constar que el puesto número 10638, Personal de Servicios Auxiliares, incluido en la presente convocatoria, está incurso en un expediente de modificación para proveerlo de turnicidad.

Por todo lo expuesto, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48 del vigente convenio Colectivo, esta Dirección General resuelve:

Primero.- Convocar la provisión por el turno de resultas de traslados los puestos de trabajo que figuran en el anexo I de la presente resolución.

Segundo.- La tramitación de la presente convocatoria y la adjudicación de los puestos convocados se regirán por lo dispuesto en los artículos 47, 48 y 49 del vigente convenio Colectivo para el personal laboral que presta servicios en la Diputación General de Aragón.

Tercero.- Las condiciones de participación y los requisitos de admisión serán los mismos que figuran en el apartado tercero de la Resolución de 26 de enero de 2015, por la que se convocó el turno de traslados ("Boletín Oficial de Aragón", número 30, de 13 de febrero de 2015), si bien se referirán a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes al presente turno.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 41.4 del convenio Colectivo, el personal laboral que ocupe puestos de trabajo con reingreso provisional deberá participar en la presente convocatoria.

Cuarto.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 47.4 del convenio Colectivo los méritos a valorar serán los mismos que en el turno de traslados del que trae causa el presente proceso, por lo que los méritos serán valorados a fecha de 3 de marzo, fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes a la convocatoria del turno de traslados.

Quinto.- La solicitud de participación deberá realizarse a través de la aplicación informática ubicada en la web de la Dirección General de la Función Pública del Portal del Empleado o directamente en la dirección web: https://servicios3.aragon.es/sip/

Se excluirán del concurso a los participantes que presenten solicitudes de participación que no hayan sido generadas mediante la aplicación informática.

En el portal del empleado/función pública/acceso a la solicitud de concursos/personal laboral consta un manual de uso de la aplicación que facilitará su utilización por los usuarios, así como la posibilidad de acceder a asistencia telefónica.

Una vez rellenada la solicitud en la aplicación informática deberá imprimirse y presentarse a través de las unidades de registro de documentos del Gobierno de Aragón, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común según redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el plazo de 15 días hábiles, comenzando dicho plazo a partir del día siguiente al de la publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Si se han generado varias instancias a través del procedimiento telemático se tramitará la última que se haya presentado en Registro. No deberán mezclarse hojas de diferentes instancias ya que el proceso telemático asigna un número a cada instancia con todas sus hojas, debiendo coincidir, por lo tanto, el número que figura en cada una de ellas.

Sexto.- Los participantes en el proceso podrán comprobar, a través del Autoservicio del empleado, dentro del apartado "información puestos desempeñados", los datos que figuran en el sistema informático, respecto a los puestos que han desempeñado. Estos datos serán los méritos que la Comisión de Valoración valorará en el presente turno de traslados.

En el supuesto de apreciarse algún error o disconformidad con los datos contenidos en el mismo, se podrán realizar las correspondientes alegaciones adjuntando el anexo II junto a la instancia del concurso. A tales efectos deberá aportarse la documentación que acredite la pretensión esgrimida.

Séptimo.- La composición de la Comisión de Valoración será la designada en la resolución de convocatoria del turno de traslados.

Octavo.- Finalizado el plazo de presentación de solicitudes no se aceptará ninguna alteración de las mismas, ni aún cuando se trate de incluir nuevas peticiones, modificar el orden de prelación de las plazas solicitadas o de renunciar a alguna de las mismas.

Noveno.- Los solicitantes podrán desistir de su participación en el turno de traslados, hasta el último día del plazo establecido para formular reclamaciones contra la resolución provisional

Contra la presente resolución podrá interponerse reclamación previa a la vía judicial laboral, de conformidad con lo establecido en el texto refundido de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social ("Boletín Oficial del Estado", número 245, de 11 de octubre de 2011).

Zaragoza, 28 de mayo de 2015.

El Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios,

IGNACIO MURILLO GARCÍA-ATANCE