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RESOLUCIÓN de 24 de junio de 2013, de la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se resuelve la convocatoria del concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo de Auxiliares de Educación Especial de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado el 24/07/2013 (Nº 145)
Sección: II. Autoridades y Personal - a) Nombramientos, situaciones e incidencias
Emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Texto completo:

Por Resolución de 25 de febrero de 2013, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón" de 6 de marzo de 2013, se efectuó convocatoria de concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo de Auxiliares de Educación Especial, de todos los puestos que poseen idéntica o similar naturaleza, con independencia de su estado de ocupación, resolviéndose de forma integrada en función de las vacantes existentes en el momento de la convocatoria o generadas en el propio proceso.

La Comisión de Valoración prevista en el artículo 16 del Reglamento de provisión de puestos de trabajo, carrera administrativa y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto 80/1997, de 10 de junio, ha puntuado los méritos alegados por los solicitantes del concurso con arreglo al baremo previsto en la convocatoria y de conformidad con las normas establecidas al respecto en dicho Reglamento.

En ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 6.3.h) del Decreto 208/1999, de competencias en materia de personal, esta Dirección General resuelve:

Primero.- Adjudicar los puestos de trabajo convocados a los funcionarios con mayor puntuación, según ha determinado la Comisión de Valoración, que figuran en la relación que se acompaña como anexo único a la presente resolución.

Segundo.- Los funcionarios adjudicatarios de los puestos de trabajo tomarán posesión de sus nuevos destinos en el plazo de tres días hábiles si radican en la misma localidad, o de un mes si radican en localidad distinta, comenzando a contar dichos plazos a partir del día siguiente al del cese en el destino anterior, que deberá a su vez quedar diligenciado dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la presente resolución, salvo el adjudicatario del puesto 14726, que los tres días comenzarán a contar a partir del día en que quede vacante dicho puesto por el cese de su titular. A tales efectos y en lo referido a las retribuciones del mes correspondiente al cese y de las retribuciones correspondientes al puesto de trabajo en el que toma posesión, será de aplicación lo dispuesto en el artículo 19.5 de la Ley 9/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2013.

Tercero.- Los destinos adjudicados por medio de la presente resolución son irrenunciables, y los traslados que implican tienen la consideración de voluntarios.

Cuarto.- Los funcionarios adjudicatarios de los puestos objeto del concurso no podrán participar en los concursos que se convoquen para la provisión de vacantes en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón en el plazo de los dos años siguientes a la toma de posesión de aquél, salvo que sean removidos de los mismos o que opten, únicamente, a puestos del mismo Departamento.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes computado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por Ley 4/1999, de 13 de enero y en el artículo 16.2.a) de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, cuyo texto refundido fue aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio.

Zaragoza, 24 de junio de de 2013.

El Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios,

IGNACIO MURILLO GARCÍA-ATANCE