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ORDEN PRI/1350/2021, de 13 de octubre, por la que se aprueba el plan de saneamiento financiero, para ejercicios 2021-2026, del Ayuntamiento de Pinseque que permite la conversión de una operación de deuda a corto plazo, por importe de 150.000 euros, formalizada con la entidad Caja Rural de Aragón, SCC, en operación de endeudamiento a largo plazo.

Publicado el 26/10/2021 (Nº 220)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES

Texto completo:

Examinada la solicitud del Ayuntamiento de Pinseque de aprobación del plan de saneamiento financiero para la conversión de deuda a corto plazo en operación a largo plazo.

Resultando que el Ayuntamiento de Pinseque tiene concertada una operación de deuda a corto plazo con la entidad financiera Caja Rural de Aragón, Sociedad Cooperativa de Crédito, por importe de 150.000 euros, presentando ahorro neto negativo por importe de -72.461,79 euros, calculado conforme al artículo 53 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y la disposición final trigésima primera de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013, según informe de intervención de fecha 30 de septiembre de 2021.

Resultando que el pleno del Ayuntamiento de Pinseque, en sesión extraordinaria celebrada el día 13 de septiembre de 2021, aprobó por mayoría absoluta la concertación de una operación de crédito bajo criterios de prudencia financiera, por importe de 150.000 euros, con la entidad Caja Rural de Aragón, Sociedad Cooperativa de Crédito con un plazo de sesenta meses y destino a la refinanciación de la citada operación de crédito.

Resultando que el Ayuntamiento de Pinseque dispone de presupuesto en vigor para el año en curso cuya aprobación definitiva aparece publicada en el "Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza", número 11, de 15 de enero de 2021. La modificación de créditos número 7/2021, incluyó la operación de crédito que se analiza y su aprobación definitiva fue publicada en el número 153, del citado Boletín, de 7 de julio de 2021.

Considerando que en la disposición adicional centésima novena de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, que regula la consolidación de la deuda a corto plazo en deuda a largo plazo por parte de las entidades locales y establece que, como excepción a lo dispuesto en el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se autoriza exclusivamente en 2021 la formalización de operaciones de conversión de deuda a corto plazo que estén vigentes en operaciones de crédito a largo plazo por parte de aquellas entidades locales que en 2019 o en 2020 presenten remanente de tesorería para gastos generales negativo o que, en alguno de aquellos ejercicios, presenten ahorro neto negativo.

Considerando que al presentar ahorro neto negativo, el pleno del Ayuntamiento de Pinseque, en fecha 30 de septiembre de 2021, ha aprobado un plan de saneamiento financiero 2021-2026 para corregir el signo del ahorro neto, indicando, el informe de intervención de fecha 30 de septiembre de 2021 que la previsión del ahorro neto para 2021 es ya positiva al reducirse la anualidad teórica de amortización tras la conversión de la operación de corto a largo plazo en este mismo ejercicio y la previsión se fija en 73.032,62 euros. Para el ejercicio 2022 se eleva a 192.081,06 euros y a partir del 2023 hasta el 2026 permanece estable en 263.676,93 euros.

Considerando que el plan de saneamiento 2021-2026 debe ser objeto de aprobación por el órgano de tutela financiera y ello implicará, a cualquier efecto, que la entidad local está cumpliendo con los límites que fija la legislación reguladora de las haciendas locales en materia de autorización de operaciones de endeudamiento

De conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón, el artículo 258 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, y el artículo 1 del Decreto 6/2020, de 10 de febrero, del Gobierno de Aragón, por la que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, corresponde al Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales el ejercicio de las competencias que corresponden a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de Régimen Local, he resuelto:

Primero.- Aprobar el plan de saneamiento financiero, para los ejercicios 2021-2026, del Ayuntamiento de Pinseque en aplicación de lo dispuesto en la disposición adicional centésima novena de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, que permite la conversión de una operación de deuda a corto plazo, por importe de 150.000 euros, formalizada con la entidad Caja Rural de Aragón, SCC, en operación de endeudamiento a largo plazo.

Segundo.- El interventor de la entidad local deberá emitir un informe anual del cumplimiento del plan de saneamiento, y presentarlo al Pleno de la corporación local para su conocimiento, y el correspondiente al último año de aquellos planes deberá, además, remitirlo al órgano competente de la Administración Pública que tenga atribuida la tutela financiera de las entidades locales. En caso de incumplimiento del plan, la entidad local no podrá concertar operaciones de endeudamiento a largo plazo para financiar cualquier modalidad de inversión.

Zaragoza,13 de octubre de 2021.

La Consejera de Presidencia y Relaciones Institucionales, MARÍA TERESA PÉREZ ESTEBAN