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RESOLUCIÓN de 30 de junio de 2020, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se establecen las bases que regirán las convocatorias de los procedimientos selectivos de las ofertas de empleo público de la Administración General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón para puestos de funcionario.

Publicado el 15/07/2020 (Nº 139)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Texto completo:

En virtud del artículo 9 del Decreto de 5 de agosto de 2019, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, y del Acta número 2/2020, de 26 de febrero de 2020, de la Mesa Sectorial de Administración General, se establecen las bases que regirán las convocatorias de los procedimientos selectivos de las ofertas de empleo público de la Administración General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón para puestos de funcionario.

BASES QUE REGIRÁN LAS CONVOCATORIAS DE LOS PROCEDIMIENTOS SELECTIVOS DE LAS OFERTAS DE EMPLEO PÚBLICO DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN PARA PUESTOS DE FUNCIONARIO

1. Convocatorias del turno libre.

1.1. Convocatorias del Grupo A1:

1.1.1. Supuestos generales:

1.1.1.1. Primer ejercicio: el Tribunal planteará tres temas relacionados, sin ser coincidentes, con el contenido del temario y el opositor elegirá dos de ellos para su desarrollo por escrito. El tiempo máximo para realizar el ejercicio será de tres horas.

El ejercicio será leído literalmente por los aspirantes en sesión pública ante el Tribunal, que valorará la formación general, la capacidad de análisis, el orden y la claridad de las ideas desarrolladas, así como la corrección en la expresión escrita y la ausencia de faltas de ortografía y de errores sintácticos.

Antes de leer los ejercicios los aspirantes y de publicar las notas obtenidas por cada uno de ellos, el Tribunal publicitará, en la web del Gobierno de Aragón, los criterios y pautas establecidos para la corrección del ejercicio.

En convocatorias derivadas de procesos de estabilización, el ejercicio se puntuará de 0 a 20 puntos y, para superarlo, será preciso obtener una puntuación que no sea inferior al 60 por ciento de la media de las diez mejores notas; que no sea inferior al 50 por ciento de la nota máxima obtenida y siempre que sea superior a un tercio de la nota máxima alcanzable.

En convocatorias derivadas de ofertas de empleo ordinarias, el ejercicio se puntuará de 0 a 35 puntos y, para superarlo, será preciso obtener una puntuación que no sea inferior al 60 por ciento de la media de las diez mejores notas; que no sea inferior al 50 por ciento de la nota máxima obtenida y siempre que sea superior a un tercio de la nota máxima alcanzable.

1.1.1.2. Segundo ejercicio: El opositor sacará, al azar, una bola identificativa de un tema de una bolsa en la que estarán numerados todos los temas comunes contenidos en el temario, y tres bolas de otra bolsa en la que estarán numerados todos los temas específicos contenidos en el temario. El opositor deberá exponer oralmente, en un tiempo mínimo de 30 minutos y máximo de 35 minutos, el tema común y dos de los tres temas específicos, a su elección, disponiendo de un período de 15 minutos para la preparación de este ejercicio, sin que pueda consultar ninguna clase de textos o apuntes, si bien podrán utilizar durante la exposición el esquema o guion que haya realizado. El tiempo dedicado a la exposición de cada tema no podrá ser inferior a 8 minutos. Finalizada la exposición, el Tribunal podrá dialogar con el candidato, durante un período máximo de 10 minutos, sobre el contenido de los temas expuestos.

En convocatorias derivadas de procesos de estabilización, el ejercicio se puntuará de 0 a 20 puntos y, para superarlo, será preciso obtener una puntuación que no sea inferior al 60 por ciento de la media de las diez mejores notas; que no sea inferior al 50 por ciento de la nota máxima obtenida y siempre que sea superior a un tercio de la nota máxima alcanzable.

En convocatorias derivadas de ofertas de empleo ordinarias, el ejercicio se puntuará de 0 a 35 puntos y, para superarlo, será preciso obtener una puntuación que no sea inferior al 60 por ciento de la media de las diez mejores notas; que no sea inferior al 50 por ciento de la nota máxima obtenida y siempre que sea superior a un tercio de la nota máxima alcanzable.

1.1.1.3. Tercer ejercicio: examen, con preguntas cortas, sobre uno o varios supuestos prácticos planteados por el Tribunal en relación con el puesto de trabajo a desempeñar. En el caso de que el Tribunal asigne distinto valor o puntuación a las preguntas formuladas, deberá informar a los opositores de la distribución de la puntuación que hubiere realizado.

El Tribunal señalará, en el momento de proponer el ejercicio, el tiempo máximo concedido para su resolución, sin que dicho tiempo pueda superar las cuatro horas. Se podrán utilizar cuantos libros, textos o documentos se consideren necesarios, aportados por los propios candidatos o que se encuentren disponibles en el local escogido por el Tribunal para el realizar el ejercicio

Antes de publicar las notas obtenidas por los candidatos, el Tribunal publicitará, en la web del Gobierno de Aragón, los criterios y pautas establecidos para la corrección del ejercicio.

En convocatorias derivadas de procesos de estabilización, el ejercicio se puntuará de 0 a 20 puntos y, para superarlo, será preciso obtener una puntuación que no sea inferior al 60 por ciento de la media de las diez mejores notas; que no sea inferior al 50 por ciento de la nota máxima obtenida y siempre que sea superior a un tercio de la nota máxima alcanzable.

En convocatorias derivadas de ofertas de empleo ordinarias, el ejercicio se puntuará de 0 a 30 puntos y, para superarlo, será preciso obtener una puntuación que no sea inferior al 60 por ciento de la media de las diez mejores notas; que no sea inferior al 50 por ciento de la nota máxima obtenida y siempre que sea superior a un tercio de la nota máxima alcanzable.

1.1.1.4. Escalas y clases de especialidad que utilizarán este método selectivo:

1.1.2. Supuestos específicos:

1.1.2.1. Administradores superiores.

1.1.2.1.1. Primer ejercicio: el Tribunal planteará tres temas relacionados, sin ser coincidentes, con el contenido del temario y el opositor elegirá dos de ellos para su desarrollo por escrito. El tiempo máximo para realizar el ejercicio será de tres horas.

El ejercicio será leído literalmente por los aspirantes en sesión pública ante el Tribunal, que valorará la formación general, la capacidad de análisis, el orden y la claridad de las ideas desarrolladas, así como la corrección en la expresión escrita y la ausencia de faltas de ortografía y de errores sintácticos.

Antes de leer los ejercicios los aspirantes y de publicar las notas obtenidas por cada uno de ellos, el Tribunal publicitará, en la web del Gobierno de Aragón, los criterios y pautas establecidos para la corrección del ejercicio.

En convocatorias derivadas de procesos de estabilización, el ejercicio se puntuará de 0 a 20 puntos y, para superarlo, será preciso obtener una puntuación que no sea inferior al 60 por ciento de la media de las diez mejores notas; que no sea inferior al 50 por ciento de la nota máxima obtenida y siempre que sea superior a un tercio de la nota máxima alcanzable.

En convocatorias derivadas de ofertas de empleo ordinarias, el ejercicio se puntuará de 0 a 35 puntos y, para superarlo, será preciso obtener una puntuación que no sea inferior al 60 por ciento de la media de las diez mejores notas; que no sea inferior al 50 por ciento de la nota máxima obtenida y siempre que sea superior a un tercio de la nota máxima alcanzable.

1.1.2.1.2. Segundo ejercicio: El opositor sacará, al azar, cuatro bolas identificativas de un tema de una bolsa en la que estarán numerados todos los temas (tanto los comunes como los específicos) contenidos en el temario, debiendo exponer oralmente, en un tiempo mínimo de 30 minutos y máximo de 35 minutos, tres de ellos, a su elección, disponiendo de un período de 15 minutos para la preparación de este ejercicio, sin que puedan consultar ninguna clase de textos o apuntes, si bien podrán utilizar durante la exposición el esquema o guión que hayan realizado. El tiempo dedicado a la exposición de cada tema no podrá ser inferior a 8 minutos. Finalizada la exposición, el Tribunal podrá dialogar con el candidato, durante un período máximo de 10 minutos, sobre el contenido de los temas expuestos.

En convocatorias derivadas de procesos de estabilización, el ejercicio se puntuará de 0 a 20 puntos y, para superarlo, será preciso obtener una puntuación que no sea inferior al 60 por ciento de la media de las diez mejores notas; que no sea inferior al 50 por ciento de la nota máxima obtenida y siempre que sea superior a un tercio de la nota máxima alcanzable.

En convocatorias derivadas de ofertas de empleo ordinarias, el ejercicio se puntuará de 0 a 35 puntos y, para superarlo, será preciso obtener una puntuación que no sea inferior al 60 por ciento de la media de las diez mejores notas; que no sea inferior al 50 por ciento de la nota máxima obtenida y siempre que sea superior a un tercio de la nota máxima alcanzable.

1.1.2.1.3. Tercer ejercicio: examen, con preguntas cortas, sobre uno o varios supuestos prácticos planteados por el Tribunal en relación con el puesto de trabajo a desempeñar. En el caso de que el Tribunal asigne distinto valor o puntuación a las preguntas formuladas, deberá informar a los opositores de la distribución de la puntuación que hubiere realizado.

El Tribunal señalará, en el momento de proponer el ejercicio, el tiempo máximo concedido para su resolución, sin que dicho tiempo pueda superar las cuatro horas. Se podrán utilizar cuantos libros, textos o documentos, se consideren necesarios, aportados por los propios candidatos o que se encuentren disponibles en el local escogido por el Tribunal para el realizar el ejercicio

Antes de publicar las notas obtenidas por los candidatos, el Tribunal publicitará, en la web del Gobierno de Aragón, los criterios y pautas establecidos para la corrección del ejercicio.

En convocatorias derivadas de procesos de estabilización, el ejercicio se puntuará de 0 a 20 puntos y, para superarlo, será preciso obtener una puntuación que no sea inferior al 60 por ciento de la media de las diez mejores notas; que no sea inferior al 50 por ciento de la nota máxima obtenida y siempre que sea superior a un tercio de la nota máxima alcanzable.

En convocatorias derivadas de ofertas de empleo ordinarias, el ejercicio se puntuará de 0 a 30 puntos y, para superarlo, será preciso obtener una puntuación que no sea inferior al 60 por ciento de la media de las diez mejores notas; que no sea inferior al 50 por ciento de la nota máxima obtenida y siempre que sea superior a un tercio de la nota máxima alcanzable.

1.1.2.2. Letrados.

1.1.2.2.1. Primer ejercicio. De carácter oral y teórico. Consistirá en exponer, en sesión pública, durante un plazo máximo de 60 minutos, un total de cinco temas, extraídos al azar, con arreglo a la siguiente distribución: dos temas de Derecho Civil, dos temas de Derecho Procesal y un tema de Derecho Hipotecario o mercantil. El tiempo dedicado a la exposición de cada tema no podrá ser inferior a 10 minutos. Los candidatos dispondrán de un período de 15 minutos para la preparación de este ejercicio, sin que puedan consultar ninguna clase de textos o apuntes, si bien podrán utilizar durante la exposición el esquema o guión que hayan realizado. Finalizada la exposición, el Tribunal podrá dialogar con el candidato, durante un período máximo de 10 minutos, sobre el contenido de los temas expuestos.

En convocatorias derivadas de procesos de estabilización, el ejercicio se puntuará de 0 a 15 puntos y, para superarlo, será preciso obtener una puntuación que no sea inferior al 60 por ciento de la media de las diez mejores notas; que no sea inferior al 50 por ciento de la nota máxima obtenida y siempre que sea superior a un tercio de la nota máxima alcanzable.

En convocatorias derivadas de ofertas de empleo ordinarias, el ejercicio se puntuará de 0 a 25 puntos y, para superarlo, será preciso obtener una puntuación que no sea inferior al 60 por ciento de la media de las diez mejores notas; que no sea inferior al 50 por ciento de la nota máxima obtenida y siempre que sea superior a un tercio de la nota máxima alcanzable.

1.1.2.2.2. Segundo ejercicio. De carácter oral y teórico. Consistirá en exponer, en sesión pública, durante un plazo máximo de 60 minutos, un total de cinco temas, extraídos al azar, con arreglo a la siguiente distribución: un tema de Derecho Constitucional y Estatutario, dos temas de Derecho Administrativo, un tema de Hacienda Pública y un tema de Derecho Laboral o Penal. El tiempo dedicado a la exposición de cada tema no podrá ser inferior a 10 minutos. Los candidatos dispondrán de un período de 15 minutos para la preparación de este ejercicio, sin que puedan consultar ninguna clase de textos o apuntes, si bien podrán utilizar durante la exposición el esquema o guión que hayan realizado. Finalizada la exposición, el Tribunal podrá dialogar con el candidato, durante un período máximo de 10 minutos, sobre el contenido de los temas expuestos.

En convocatorias derivadas de procesos de estabilización, el ejercicio se puntuará de 0 a 15 puntos y, para superarlo, será preciso obtener una puntuación que no sea inferior al 60 por ciento de la media de las diez mejores notas; que no sea inferior al 50 por ciento de la nota máxima obtenida y siempre que sea superior a un tercio de la nota máxima alcanzable.

En convocatorias derivadas de ofertas de empleo ordinarias, el ejercicio se puntuará de 0 a 25 puntos y, para superarlo, será preciso obtener una puntuación que no sea inferior al 60 por ciento de la media de las diez mejores notas; que no sea inferior al 50 por ciento de la nota máxima obtenida y siempre que sea superior a un tercio de la nota máxima alcanzable.

1.1.2.2.3. Tercer ejercicio. De carácter práctico. Consistirá en informar por escrito sobre algún asunto jurídico propuesto por el tribunal en el que esté interesada la Comunidad Autónoma. Los opositores podrán consultar textos legales y jurisprudenciales en formato papel. El Tribunal señalará en el momento de proponer el ejercicio, el tiempo concedido para su realización, sin que su duración pueda exceder de seis horas.

En convocatorias derivadas de procesos de estabilización, el ejercicio se puntuará de 0 a 15 puntos y, para superarlo, será preciso obtener una puntuación que no sea inferior al 60 por ciento de la media de las diez mejores notas; que no sea inferior al 50 por ciento de la nota máxima obtenida y siempre que sea superior a un tercio de la nota máxima alcanzable.

En convocatorias derivadas de ofertas de empleo ordinarias, el ejercicio se puntuará de 0 a 25 puntos y, para superarlo, será preciso obtener una puntuación que no sea inferior al 60 por ciento de la media de las diez mejores notas; que no sea inferior al 50 por ciento de la nota máxima obtenida y siempre que sea superior a un tercio de la nota máxima alcanzable.

1.1.2.2.4. Cuarto ejercicio. De carácter práctico. Consistirá en realizar alguna actuación escrita en asunto judicial propuesto por el Tribunal en que sea parte la Comunidad Autónoma. Los opositores podrán consultar textos legales y jurisprudenciales en formato papel. El Tribunal señalará en el momento de proponer el ejercicio, el tiempo concedido para su realización, sin que su duración pueda exceder de seis horas.

En convocatorias derivadas de procesos de estabilización, el ejercicio se puntuará de 0 a 15 puntos y, para superarlo, será preciso obtener una puntuación que no sea inferior al 60 por ciento de la media de las diez mejores notas; que no sea inferior al 50 por ciento de la nota máxima obtenida y siempre que sea superior a un tercio de la nota máxima alcanzable.

En convocatorias derivadas de ofertas de empleo ordinarias, el ejercicio se puntuará de 0 a 25 puntos y, para superarlo, será preciso obtener una puntuación que no sea inferior al 60 por ciento de la media de las diez mejores notas; que no sea inferior al 50 por ciento de la nota máxima obtenida y siempre que sea superior a un tercio de la nota máxima alcanzable.

1.1.2.3. Interventores e inspectores financieros.

1.1.2.3.1. Primer ejercicio. Consistirá en la resolución, por escrito, de un cuestionario de 20 preguntas que el Tribunal propondrá sobre el temario, de las cuales 5 se corresponden con el temario del grupo primero, subgrupo 1.1, 5 preguntas se corresponden con el temario del grupo primero, subgrupo 1.2, 3 preguntas con el temario del grupo segundo, 2 preguntas con el temario del grupo tercero, subgrupo 3.1, 2 preguntas con el temario del grupo tercero, subgrupo 3.2 y 3 preguntas con el temario del grupo tercero, subgrupo 3.3, todos ellos de la Parte 1.ª

El Tribunal señalará en el momento de proponer este ejercicio el tiempo máximo concedido para su realización, sin que su duración pueda exceder de cuatro horas.

En convocatorias derivadas de procesos de estabilización, el ejercicio se puntuará de 0 a 15 puntos y, para superarlo, será preciso obtener una puntuación que no sea inferior al 60 por ciento de la media de las diez mejores notas; que no sea inferior al 50 por ciento de la nota máxima obtenida y siempre que sea superior a un tercio de la nota máxima alcanzable.

En convocatorias derivadas de ofertas de empleo ordinarias, el ejercicio se puntuará de 0 a 25 puntos y, para superarlo, será preciso obtener una puntuación que no sea inferior al 60 por ciento de la media de las diez mejores notas; que no sea inferior al 50 por ciento de la nota máxima obtenida y siempre que sea superior a un tercio de la nota máxima alcanzable.

1.1.2.3.2. Segundo ejercicio. Consistirá en la resolución, por escrito, de uno o varios supuestos prácticos de contabilidad y matemática financiera.

El Tribunal señalará, en el momento de proponer este ejercicio, el tiempo máximo concedido para su realización, sin que su duración pueda exceder de cuatro horas.

En convocatorias derivadas de procesos de estabilización, el ejercicio se puntuará de 0 a 15 puntos y, para superarlo, será preciso obtener una puntuación que no sea inferior al 60 por ciento de la media de las diez mejores notas; que no sea inferior al 50 por ciento de la nota máxima obtenida y siempre que sea superior a un tercio de la nota máxima alcanzable.

En convocatorias derivadas de ofertas de empleo ordinarias, el ejercicio se puntuará de 0 a 25 puntos y, para superarlo, será preciso obtener una puntuación que no sea inferior al 60 por ciento de la media de las diez mejores notas; que no sea inferior al 50 por ciento de la nota máxima obtenida y siempre que sea superior a un tercio de la nota máxima alcanzable.

1.1.2.3.3. Tercer ejercicio. El opositor sacará, al azar, una bola identificativa de un tema de una bolsa en la que estarán numerados todos los temas del grupo segundo contenidos en el temario, y tres bolas de otra bolsa en la que estarán numerados todos los temas del grupo tercero contenidos en el temario. El opositor deberá exponer oralmente, en un tiempo mínimo de 30 minutos y máximo de 35 minutos, el tema del grupo segundo y dos de los tres temas del grupo tercero, a su elección, disponiendo de un período de 15 minutos para la preparación de este ejercicio, sin que pueda consultar ninguna clase de textos o apuntes, si bien podrán utilizar durante la exposición el esquema o guión que haya realizado. El tiempo dedicado a la exposición de cada tema no podrá ser inferior a 8 minutos. Finalizada la exposición, el Tribunal podrá dialogar con el candidato, durante un período máximo de 10 minutos, sobre el contenido de los temas expuestos.

En convocatorias derivadas de procesos de estabilización, el ejercicio se puntuará de 0 a 15 puntos y, para superarlo, será preciso obtener una puntuación que no sea inferior al 60 por ciento de la media de las diez mejores notas; que no sea inferior al 50 por ciento de la nota máxima obtenida y siempre que sea superior a un tercio de la nota máxima alcanzable.

En convocatorias derivadas de ofertas de empleo ordinarias, el ejercicio se puntuará de 0 a 25 puntos y, para superarlo, será preciso obtener una puntuación que no sea inferior al 60 por ciento de la media de las diez mejores notas; que no sea inferior al 50 por ciento de la nota máxima obtenida y siempre que sea superior a un tercio de la nota máxima alcanzable.

1.1.2.3.4. Cuarto ejercicio. Consistirá en el desarrollo y resolución de uno o varios supuestos prácticos propuestos por el Tribunal, que estarán relacionados con el ejercicio de las funciones propias de las plazas convocadas, a excepción de las materias recogidas en el subgrupo 3.2 del grupo tercero. El Tribunal señalará, en el momento de proponer el ejercicio, el tiempo máximo concedido para su realización, sin que su duración pueda exceder de cuatro horas, pudiéndose utilizar cuantos libros, textos o documentos se considere necesarios aportados por los propios candidatos o disponibles en el local escogido por el Tribunal para realizar el ejercicio. El ejercicio será leído libremente en sesión pública ante el Tribunal, que podrá dialogar con el candidato durante diez minutos sobre las cuestiones relacionadas con el planteamiento y resolución del supuesto.

En convocatorias derivadas de procesos de estabilización, el ejercicio se puntuará de 0 a 15 puntos y, para superarlo, será preciso obtener una puntuación que no sea inferior al 60 por ciento de la media de las diez mejores notas; que no sea inferior al 50 por ciento de la nota máxima obtenida y siempre que sea superior a un tercio de la nota máxima alcanzable.

En convocatorias derivadas de ofertas de empleo ordinarias, el ejercicio se puntuará de 0 a 25 puntos y, para superarlo, será preciso obtener una puntuación que no sea inferior al 60 por ciento de la media de las diez mejores notas; que no sea inferior al 50 por ciento de la nota máxima obtenida y siempre que sea superior a un tercio de la nota máxima alcanzable.

1.2. Convocatorias del Grupo A2:

1.1.1. Supuestos Generales.

1.2.1.1. Primer ejercicio: contestación por escrito en el plazo máximo de dos horas, de un cuestionario tipo test de 100 preguntas, y de 10 preguntas de reserva, con cuatro respuestas alternativas, siendo solamente una de ellas la respuesta válida, sobre las materias del temario. El tiempo máximo para realizar el ejercicio será de dos horas.

Las respuestas correctas puntuarán positivamente, las no contestadas no tendrán valoración alguna y las contestadas erróneamente restarán un tercio del valor de la respuesta correcta.

En convocatorias derivadas de procesos de estabilización, el ejercicio se puntuará de 0 a 20 puntos y, para superarlo, será preciso obtener una puntuación que no sea inferior al 60 por ciento de la media de las diez mejores notas; que no sea inferior al 50 por ciento de la nota máxima obtenida y siempre que sea superior a un tercio de la nota máxima alcanzable.

En convocatorias derivadas de ofertas de empleo ordinarias, el ejercicio se puntuará de 0 a 35 puntos y, para superarlo, será preciso obtener una puntuación que no sea inferior al 60 por ciento de la media de las diez mejores notas; que no sea inferior al 50 por ciento de la nota máxima obtenida y siempre que sea superior a un tercio de la nota máxima alcanzable.

1.2.1.2. Segundo ejercicio: el tribunal planteará dos temas relacionados, sin ser coincidentes, con el contenido del temario y el opositor elegirá uno de ellos para su desarrollo por escrito. El tiempo máximo para realizar el ejercicio será de una hora y treinta minutos.

El ejercicio será leído literalmente por los aspirantes en sesión pública ante el Tribunal, que valorará la formación general, la capacidad de análisis, el orden y la claridad de las ideas desarrolladas, así como la corrección en la expresión escrita y la ausencia de faltas de ortografía y de errores sintácticos.

Antes de leer los ejercicios los aspirantes y de publicar las notas obtenidas por cada uno de ellos, el Tribunal publicitará, en la web del Gobierno de Aragón, los criterios y pautas establecidos para la corrección del ejercicio.

En convocatorias derivadas de procesos de estabilización, el ejercicio se puntuará de 0 a 20 puntos y, para superarlo, será preciso obtener una puntuación que no sea inferior al 60 por ciento de la media de las diez mejores notas; que no sea inferior al 50 por ciento de la nota máxima obtenida y siempre que sea superior a un tercio de la nota máxima alcanzable.

En convocatorias derivadas de ofertas de empleo ordinarias, el ejercicio se puntuará de 0 a 35 puntos y, para superarlo, será preciso obtener una puntuación que no sea inferior al 60 por ciento de la media de las diez mejores notas; que no sea inferior al 50 por ciento de la nota máxima obtenida y siempre que sea superior a un tercio de la nota máxima alcanzable.

1.2.1.3. Tercer ejercicio: examen, con preguntas cortas, sobre uno o varios supuestos prácticos planteados por el Tribunal en relación con el puesto de trabajo a desempeñar. En el caso de que el Tribunal asigne distinto valor o puntuación a las preguntas formuladas, deberá informar a los opositores de la distribución de la puntuación que hubiere realizado.

El Tribunal señalará, en el momento de proponer el ejercicio, el tiempo máximo concedido para su resolución, sin que dicho tiempo pueda superar las cuatro horas. Se podrán utilizar cuantos libros, textos o documentos se consideren necesarios, aportados por los propios candidatos o que se encuentren disponibles en el local escogido por el Tribunal para el realizar el ejercicio

Antes de publicar las notas obtenidas por los candidatos, el Tribunal publicitará, en la web del Gobierno de Aragón, los criterios y pautas establecidos para la corrección del ejercicio.

En convocatorias derivadas de procesos de estabilización, el ejercicio se puntuará de 0 a 20 puntos y, para superarlo, será preciso obtener una puntuación que no sea inferior al 60 por ciento de la media de las diez mejores notas; que no sea inferior al 50 por ciento de la nota máxima obtenida y siempre que sea superior a un tercio de la nota máxima alcanzable.

En convocatorias derivadas de ofertas de empleo ordinarias, el ejercicio se puntuará de 0 a 30 puntos y, para superarlo, será preciso obtener una puntuación que no sea inferior al 60 por ciento de la media de las diez mejores notas; que no sea inferior al 50 por ciento de la nota máxima obtenida y siempre que sea superior a un tercio de la nota máxima alcanzable.

1.2.1.4. Escalas y clases de especialidad que utilizarán este método selectivo:

1.1.2. Supuestos especiales.

1.2.2.1. Técnicos de gestión e inspección financiera.

1.2.2.1.1. Primer ejercicio: contestación por escrito en el plazo máximo de dos horas, de un cuestionario tipo test de 100 preguntas, y de 10 preguntas de reserva, con cuatro respuestas alternativas, siendo solamente una de ellas la respuesta válida, sobre las materias del temario. El tiempo máximo para realizar el ejercicio será de dos horas.

Las respuestas correctas puntuarán positivamente, las no contestadas no tendrán valoración alguna y las contestadas erróneamente restarán un tercio del valor de la respuesta correcta.

En convocatorias derivadas de procesos de estabilización, el ejercicio se puntuará de 0 a 20 puntos y, para superarlo, será preciso obtener una puntuación que no sea inferior al 60 por ciento de la media de las diez mejores notas; que no sea inferior al 50 por ciento de la nota máxima obtenida y siempre que sea superior a un tercio de la nota máxima alcanzable.

En convocatorias derivadas de ofertas de empleo ordinarias, el ejercicio se puntuará de 0 a 35 puntos y, para superarlo, será preciso obtener una puntuación que no sea inferior al 60 por ciento de la media de las diez mejores notas; que no sea inferior al 50 por ciento de la nota máxima obtenida y siempre que sea superior a un tercio de la nota máxima alcanzable.

1.2.2.1.2. Segundo ejercicio: el tribunal planteará dos temas relacionados, sin ser coincidentes, con el contenido del temario y el opositor elegirá uno de ellos para su desarrollo por escrito. El tiempo máximo para realizar el ejercicio será de una hora y treinta minutos.

El ejercicio será leído literalmente por los aspirantes en sesión pública ante el Tribunal, que valorará la formación general, la capacidad de análisis, el orden y la claridad de las ideas desarrolladas, así como la corrección en la expresión escrita y la ausencia de faltas de ortografía y de errores sintácticos.

Antes de leer los ejercicios los aspirantes y de publicar las notas obtenidas por cada uno de ellos, el Tribunal publicitará, en la web del Gobierno de Aragón, los criterios y pautas establecidos para la corrección del ejercicio.

En convocatorias derivadas de procesos de estabilización, el ejercicio se puntuará de 0 a 20 puntos y, para superarlo, será preciso obtener una puntuación que no sea inferior al 60 por ciento de la media de las diez mejores notas; que no sea inferior al 50 por ciento de la nota máxima obtenida y siempre que sea superior a un tercio de la nota máxima alcanzable.

En convocatorias derivadas de ofertas de empleo ordinarias, el ejercicio se puntuará de 0 a 35 puntos y, para superarlo, será preciso obtener una puntuación que no sea inferior al 60 por ciento de la media de las diez mejores notas; que no sea inferior al 50 por ciento de la nota máxima obtenida y siempre que sea superior a un tercio de la nota máxima alcanzable.

1.2.2.1.3. Tercer ejercicio: Resolución, por escrito, en un tiempo máximo de cuatro horas, de hasta un máximo de tres supuestos prácticos de Contabilidad y Matemática financiera, según lo establecido en el temario como Parte 2.

En convocatorias derivadas de procesos de estabilización, el ejercicio se puntuará de 0 a 20 puntos y, para superarlo, será preciso obtener una puntuación que no sea inferior al 60 por ciento de la media de las diez mejores notas; que no sea inferior al 50 por ciento de la nota máxima obtenida y siempre que sea superior a un tercio de la nota máxima alcanzable.

En convocatorias derivadas de ofertas de empleo ordinarias, el ejercicio se puntuará de 0 a 30 puntos y, para superarlo, será preciso obtener una puntuación que no sea inferior al 60 por ciento de la media de las diez mejores notas; que no sea inferior al 50 por ciento de la nota máxima obtenida y siempre que sea superior a un tercio de la nota máxima alcanzable.

1.3. Convocatorias del Grupo C1:

1.3.1. Supuestos generales.

1.3.1.1. Primer ejercicio: contestación por escrito en el plazo máximo de dos horas, de un cuestionario tipo test de 100 preguntas, y de 10 preguntas de reserva, con cuatro respuestas alternativas, siendo solamente una de ellas la respuesta válida, sobre las materias del temario. El tiempo máximo para realizar el ejercicio será de dos horas.

Las respuestas correctas puntuarán positivamente, las no contestadas no tendrán valoración alguna y las contestadas erróneamente restarán un tercio del valor de la respuesta correcta.

En convocatorias derivadas de procesos de estabilización, el ejercicio se puntuará de 0 a 30 puntos y, para superarlo, será preciso obtener una puntuación que no sea inferior al 60 por ciento de la media de las diez mejores notas; que no sea inferior al 50 por ciento de la nota máxima obtenida y siempre que sea superior a un tercio de la nota máxima alcanzable.

En convocatorias derivadas de ofertas de empleo ordinarias, el ejercicio se puntuará de 0 a 50 puntos y, para superarlo, será preciso obtener una puntuación que no sea inferior al 60 por ciento de la media de las diez mejores notas; que no sea inferior al 50 por ciento de la nota máxima obtenida y siempre que sea superior a un tercio de la nota máxima alcanzable.

1.3.1.2. Segundo ejercicio: contestación por escrito, en el plazo de dos horas, de un cuestionario tipo test de 40 preguntas, y de 5 preguntas de reserva, con cuatro respuestas alternativas, siendo solamente una de ellas la respuesta válida, sobre uno o varios supuestos prácticos formulados por el Tribunal en relación con las materias propias del puesto a desempeñar.

Las respuestas correctas puntuarán positivamente, las no contestadas no tendrán valoración alguna y las contestadas erróneamente restarán un tercio del valor de la respuesta correcta.

En convocatorias derivadas de procesos de estabilización, el ejercicio se puntuará de 0 a 30 puntos y, para superarlo, será preciso obtener una puntuación que no sea inferior al 60 por ciento de la media de las diez mejores notas; que no sea inferior al 50 por ciento de la nota máxima obtenida y siempre que sea superior a un tercio de la nota máxima alcanzable.

En convocatorias derivadas de ofertas de empleo ordinarias, el ejercicio se puntuará de 0 a 50 puntos y, para superarlo, será preciso obtener una puntuación que no sea inferior al 60 por ciento de la media de las diez mejores notas; que no sea inferior al 50 por ciento de la nota máxima obtenida y siempre que sea superior a un tercio de la nota máxima alcanzable.

1.3.1.3. Los dos ejercicios se realizarán en el mismo día consecutivamente. El segundo ejercicio sólo se corregirá a los opositores que hubieran superado el primer ejercicio de acuerdo con los criterios establecidos anteriormente.

1.3.1.4. Escalas y clases de especialidad que utilizarán este método selectivo:

1.3.2. Supuestos especiales.

1.3.2.1. Agentes de Protección de la naturaleza.

Los candidatos a esta clase de especialidad que hayan superado los dos primeros ejercicios en los términos establecidos en los apartados 1.3.1.1 y 1.3.1.2, realizarán un tercer ejercicio consistente en una prueba de aptitud física en la que llevarán a cabo una marcha por terreno variado con una carga de ocho kilogramos en el caso de los hombres, y con una carga de seis kilogramos en el caso de las mujeres, recorriendo una distancia de ocho kilómetros en sesenta minutos en el caso de los hombres, y en sesenta y seis minutos en el caso de las mujeres. Para el desarrollo de este ejercicio, los aspirantes deberán presentarse con morral, mochila o similar.

El ejercicio se calificará como Apto/no apto, quedando excluidos del proceso selectivo los candidatos que no lo superen.

1.4. Convocatorias del Grupo C2:

1.4.1. Supuestos generales

1.4.1.1. Primer ejercicio: contestación por escrito en el plazo máximo de dos horas, de un cuestionario tipo test de 100 preguntas, y de 10 preguntas de reserva, con cuatro respuestas alternativas, siendo solamente una de ellas la respuesta válida, sobre las materias del temario.

Las respuestas correctas puntuarán positivamente, las no contestadas no tendrán valoración alguna y las contestadas erróneamente restarán un tercio del valor de la respuesta correcta.

En convocatorias derivadas de procesos de estabilización, el ejercicio se puntuará de 0 a 30 puntos y, para superarlo, será preciso obtener una puntuación que no sea inferior al 60 por ciento de la media de las diez mejores notas; que no sea inferior al 50 por ciento de la nota máxima obtenida y siempre que sea superior a un tercio de la nota máxima alcanzable.

En convocatorias derivadas de ofertas de empleo ordinarias, el ejercicio se puntuará de 0 a 50 puntos y, para superarlo, será preciso obtener una puntuación que no sea inferior al 60 por ciento de la media de las diez mejores notas; que no sea inferior al 50 por ciento de la nota máxima obtenida y siempre que sea superior a un tercio de la nota máxima alcanzable.

1.4.1.2. Segundo ejercicio: contestación por escrito, en el plazo de 50 minutos, de un cuestionario tipo test de 30 preguntas, y de 5 preguntas de reserva, con cuatro respuestas alternativas, siendo solamente una de ellas la respuesta válida, sobre el desempeño práctico de las funciones propias de la categoría profesional a la que se opta.

Las respuestas correctas puntuarán positivamente, las no contestadas no tendrán valoración alguna y las contestadas erróneamente restarán un tercio del valor de la respuesta correcta.

En convocatorias derivadas de procesos de estabilización, el ejercicio se puntuará de 0 a 30 puntos y, para superarlo, será preciso obtener una puntuación que no sea inferior al 60 por ciento de la media de las diez mejores notas; que no sea inferior al 50 por ciento de la nota máxima obtenida y siempre que sea superior a un tercio de la nota máxima alcanzable.

En convocatorias derivadas de ofertas de empleo ordinarias, el ejercicio se puntuará de 0 a 50 puntos y, para superarlo, será preciso obtener una puntuación que no sea inferior al 60 por ciento de la media de las diez mejores notas; que no sea inferior al 50 por ciento de la nota máxima obtenida y siempre que sea superior a un tercio de la nota máxima alcanzable.

1.4.1.3. Los dos ejercicios se realizarán en el mismo día consecutivamente. El segundo ejercicio sólo se corregirá a los opositores que hubieran superado el primer ejercicio de acuerdo con los criterios establecidos anteriormente.

1.4.1.4. Finalizado el proceso de exámenes, se formará una lista, en orden decreciente, con las sumas de las puntuaciones obtenidas por los candidatos que, en los términos establecidos para cada caso, hayan superado los dos ejercicios, considerándose aprobados de la fase de oposición un máximo de tres candidatos por plaza.

1.4.1.5. Escalas y clases de especialidad que utilizarán este método selectivo:

1.5. Lista de aprobados de la fase de oposición:

Finalizado el proceso de exámenes, se formará una lista, en orden decreciente, con las sumas de las puntuaciones obtenidas por los candidatos que, en los términos establecidos para cada caso, hayan superado todos los ejercicios.

En los procedimientos selectivos derivados de procedimientos de estabilización se podrán considerar aprobados de la fase de oposición, hasta un máximo de tres candidatos por plaza, siempre que hayan superado todos los ejercicios. Estos candidatos aprobados serán los que se valorarán, posteriormente, en la fase de concurso.

En los procedimientos selectivos derivados de procedimientos de oferta ordinaria de empleo público, se podrán considerar aprobados de la oposición un máximo de candidatos coincidente con el número de plazas convocadas en el correspondiente turno.

1.6. Fase de concurso:

En las convocatorias derivadas de procesos de estabilización, los candidatos aprobados en la fase de oposición serán baremados, en la fase de concurso, de acuerdo con lo establecido en la Orden HAP/1861/2018, de 25 de octubre, por la que se establece el baremo, en la fase de concurso, de los procedimientos de estabilización del empleo temporal en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Hacienda y Administración Pública, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 30 de junio de 2020.

El Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, ESTEBAN DEL RUSTE AGUILAR