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RESOLUCIÓN de 23 de mayo de 2013, del Pleno de las Cortes de Aragón, sobre las Cuentas Generales de la Comunidad Autónoma de Aragón correspondientes a los ejercicios de 2008 y 2009.

Publicado el 06/06/2013 (Nº 110)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: CORTES DE ARAGÓN

Texto completo:

Las Cortes de Aragón, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 214 a 216 del Reglamento de la Cámara, tras conocer y examinar el Dictamen aprobado por la Comisión de Hacienda, Presupuestos y Administración Pública en su reunión del día 22 de mayo de 2013, relativo al Informe del Tribunal de Cuentas sobre las Cuentas Generales de la Comunidad Autónoma de Aragón correspondientes a los ejercicios de 2008 y 2009, aprobado por el Pleno del Tribunal de Cuentas en su sesión de 29 de noviembre de 2012 (y publicado en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón núm. 116, de 23 de enero de 2013 -VIII Legislatura-), aprueban las siguientes

Consideraciones

Primera.- El Informe sobre los ejercicios 2008 y 2009 es el último relativo al sector público de la Comunidad Autónoma de Aragón en su conjunto que emite el Tribunal de Cuentas, dado que corresponde a la Cámara de Cuentas de Aragón fiscalizar las cuentas del sector público de Aragón a partir de las relativas al ejercicio 2010, de conformidad con lo previsto en la Ley aragonesa 11/2009, de 30 de diciembre, de la Cámara de Cuentas de Aragón.

Segunda.- La fiscalización de las Cuentas Generales de la Comunidad Autónoma de Aragón correspondientes a los ejercicios 2008 y 2009, realizada por el Tribunal de Cuentas, tiene como objetivos: verificar si se han rendido adecuadamente, respecto a plazo, estructura y contenido; determinar si han sido presentadas de acuerdo con los principios y normas contables definidos en los planes de contabilidad; valorar y comprobar el cumplimiento y aplicación de la normativa que rige la actividad económico-financiera y, en particular, la gestión de los presupuestos; evaluar la sujeción a los principios de legalidad, eficiencia y economía en la gestión de los recursos públicos, principalmente en el caso de la Administración General de la Comunidad Autónoma; y realizar el seguimiento de las recomendaciones formuladas por dicho Tribunal respecto de anteriores ejercicios.

Tercera.- Las cuentas rendidas comprenden la de la Administración General, las de los organismos públicos y empresas de la Comunidad Autónoma de Aragón y las del resto de entidades participadas obligadas a rendir. Al respecto, el Tribunal de Cuentas formula en su Informe las siguientes observaciones:

a) Las Cuentas Generales de la Comunidad Autónoma correspondientes a los ejercicios 2008 y 2009 fueron rendidas a dicho Tribunal el 10 de septiembre de 2009 y el 22 de septiembre de 2010, respectivamente, ambas fuera del plazo legalmente previsto (30 de junio del ejercicio siguiente al que corresponda).

b) Las cuentas de la Administración General de la Comunidad Autónoma se forman a través del sistema de información SERPA, el cual no se adapta por completo a las exigencias de la Ley de Hacienda de Aragón (LH) y del Plan General de Contabilidad Pública (PGCP).

c) Siguen sin unirse a las cuentas de la Administración General de la Comunidad Autónoma la memoria justificativa del coste y rendimiento de los servicios públicos y la memoria demostrativa del grado de cumplimiento de los objetivos programados, con indicación de los previstos y alcanzados y el coste de los mismos.

d) El Consejo de la Juventud de Aragón y el Consejo Aragonés de Personas mayores no rinden sus cuentas conforme al modelo establecido en el PGCP.

e) Las cuentas de las empresas públicas se rinden integradas en la Cuenta General de la Comunidad Autónoma, salvo en el caso de Aramón, S.A., que no rinde las cuentas de 2008 y no integra en la Cuenta General las del ejercicio 2009.

f) No rinden las cuentas de 2008 y 2009 la Fundación para el Desarrollo de Nuevas Tecnologías del Hidrogeno en Aragón, Fundación Economía Aragonesa, y Fundación Tutelar Aragonesa de Adultos; la Fundación Jaca 2007 no rinde las de 2009. Se rinden al Tribunal de Cuentas posteriormente a la Cuenta General las cuentas de 2008 y 2009 de la Fundación Emprender en Aragón y Fundación Universitaria Antonio Gargallo; las de la Fundación Aragonesa para la Investigación y el Desarrollo y las de la Fundación para el Desarrollo de la Comarca de Campo de Daroca de 2008; y las del Parque Científico Tecnológico Aula Dei de 2009.

g) Las cuentas del Consorcio de Patrimonio Ibérico de Aragón de 2008 y las del Consorcio Urbanístico de Canfranc 2000 de 2009 se rinden al margen de la Cuenta General. No se rinden las cuentas del Consorcio Proexpo de Zaragoza correspondientes a ambos ejercicios.

Cuarta.- El Tribunal de Cuentas señala en su Informe la existencia de las siguientes limitaciones en el análisis de la contabilidad presentada por la Comunidad Autónoma, consecuencia de diversas deficiencias en las cuentas rendidas:

a) Los presupuestos de gastos por programas no contienen objetivos e indicadores definidos y suficientemente explícitos, lo cual, unido a la carencia de contabilidad analítica, dificulta el conocimiento y análisis objetivo del coste y rendimiento de los servicios públicos.

b) Existen diferencias entre los datos del Servicio de Función Pública y los de Contabilidad sobre el número de efectivos y su distribución por los distintos colectivos integrados en los diferentes "programas de nóminas". Por ello, afirma el Tribunal de Cuentas que no se puede determinar de manera precisa el número real de efectivos que integra la nómina de la Diputación General de Aragón al finalizar los ejercicios fiscalizados.

c) No existe una base de datos de subvenciones concedidas ni recibidas por la Comunidad Autónoma ni el sistema de información contable permite conocer la relación entre la normativa y las correspondientes aplicaciones presupuestarias, por lo que no se dispone de la información requerida por el PGC de la Comunidad Autónoma respecto a la finalidad, condiciones y requisitos y, en su caso, posibles causas de reintegro de las subvenciones.

d) No se ha facilitado la información necesaria para determinar el importe de las subvenciones directas concedidas por razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.

e) No consta que la Comunidad Autónoma disponga de una relación de deudores actualizada, por lo que no es posible analizar los saldos a fin de cada ejercicio.

Quinta.- Desde un punto de vista del contenido sustantivo del Informe del Tribunal de Cuentas, y referido a los resultados de la fiscalización de la Comunidad Autónoma, pueden destacarse las siguientes observaciones:

A) Respecto a la Administración General:

1. Los créditos iniciales de los ejercicios 2008 y 2009, incluidos en las respectivas Leyes anuales de Presupuestos, ascendían a 5.390´17 y 5.668´02 millones de euros, respectivamente, financiados con los derechos económicos a liquidar durante cada ejercicio (5.270´55 millones de euros en 2008 y 5.229´57 en 2009) y el importe de las operaciones de endeudamiento aprobadas (119´62 y 438´45 millones de euros, respectivamente).

2. El importe neto de las modificaciones presupuestarias tramitadas en estos ejercicios ascendió a 64´0 millones de euros en 2008 (equivalente a un incremento del 1´19 por 100 de los créditos inicialmente aprobados por las Cortes de Aragón), y a 268´67 millones de euros en el ejercicio 2009 (4´74 por 100).

3. Los créditos finales de los ejercicios 2008 y 2009, tras la tramitación de las modificaciones presupuestarias, ascendieron a 5.454´17 y 5.936´69 millones de euros, respectivamente.

4. En 2009 se aprobó un expediente de suplemento de crédito por importe de 1´32 millones de euros, autorizado en virtud de Ley 7/2009, de 10 de noviembre, para proporcionar cobertura financiera complementaria a la línea de ayudas enmarcadas en el Plan 2000 E de apoyo a la renovación del parque de vehículos.

5. El grado de ejecución del presupuesto de gastos fue del 94 por 100 en el año 2008, y del 96 por 100 en el ejercicio siguiente.

6. Las obligaciones reconocidas por gastos de personal (capítulo I) ascendieron a 865´85 millones de euros en 2008 y a 928´52 millones de euros en 2009, lo que supone un incremento del 7 por 100. Sin embargo, señala el Tribunal de Cuentas que no se le ha facilitado, de forma completa, información sobre el número de efectivos de personal correspondientes a las entidades de la Comunidad Autónoma distintas de la Administración General.

7. Respecto a la ejecución del presupuesto de ingresos, los derechos reconocidos ascienden a 5.218´99 millones de euros en 2008 y a 5.452´27 millones de euros en 2009, lo que implica, por un lado, un incremento del 11 por 100 en 2008 respecto al ejercicio anterior y del 4 por 100 en 2009 sobre el ejercicio precedente; y, por otro lado, un grado de ejecución del 96 por 100 en el año 2008, y del 92 por 100 en el ejercicio siguiente.

8. En ambos ejercicios se producen incrementos de los derechos reconocidos en el capítulo I, «Impuestos directos», debido al importante aumento en la liquidación en concepto de tarifa autonómica del IRPF (del 17 por 100 en 2008 y del 21 por 100 en 2009). Por el contrario, disminuyen los derechos derivados del impuesto sobre el patrimonio, consecuencia de la supresión del gravamen por la Ley estatal 4/2008, de 23 de diciembre, lo cual se refleja en la liquidación de 2009. El capítulo II, «Impuestos indirectos», disminuye en un 12 por 100, debido, a la reducción de los derechos liquidados en el IVA (23 por 100) y en el impuesto de Actos Jurídicos Documentados (7 por 100).

9. Constata el Tribunal de Cuentas que la crisis financiera que comienza en 2007 se ha trasladado de manera directa a la economía aragonesa y se refleja en las cifras de los ejercicios 2008 y 2009. Afirma asimismo que la contracción en la actividad económica aragonesa se ha traducido en un importante deterioro en la situación financiera de la Comunidad Autónoma, señalando que mientras que la recaudación impositiva y los ingresos no financieros se han reducido de manera notable, se ha mantenido un importante nivel de gasto público.

10. El resultado presupuestario en los ejercicios 2008 y 2009 es negativo, ascendiendo dicho déficit a 317´63 y 650´43 millones de euros, respectivamente; si bien, como consecuencia de la variación neta de pasivos financieros, el saldo presupuestario resultante es positivo en 2008, por importe de 68´70 millones de euros, mientras que en 2009 es negativo, en 275´25 millones de euros.

11. En el balance de la situación patrimonial de la Comunidad Autónoma, persisten en los ejercicios 2008 y 2009 las siguientes deficiencias: quedan por regularizar al finalizar 2009 los gastos de I+D, el mobiliario y los equipos para procesos de información, al no existir un inventario detallado; en el pasivo exigible, no tienen reflejo contable los intereses devengados y no vencidos a fin de ejercicio.

12. Respecto del inmovilizado no financiero, en 2009 se ha logrado identificar y depurar gastos en I+D por un importe de 5´89 millones de euros; asimismo, el saldo de la rúbrica de las inversiones destinadas al uso general se ha incrementado en 54´62 millones de euros en 2008, sin que se produzcan abonos por el valor de los bienes entregados al uso general.

13. El saldo de la cuenta relativa a las inversiones financieras permanentes está constituido, fundamentalmente, por la participación de la Comunidad Autónoma en el capital de la Corporación Empresarial Pública de Aragón, creada a finales de 2007. Su importe asciende a 281´51 millones de euros en 2008 (con un incremento del 28 por 100 sobre 2007), y a 370´19 millones de euros en el ejercicio 2009. El Tribunal de Cuentas advierte de una diferencia por valor de 37 millones de euros en el saldo del ejercicio 2008 con relación al importe de las obligaciones reconocidas en el capítulo 8 del presupuesto de gastos.

14. La variación interanual del saldo de deudores presupuestarios en el ejercicio 2008 supone un aumento del 15 por 100, al ascender a fin de ese ejercicio a 173´51 millones de euros; en 2009, el saldo de deudores aumenta un 29 por 100, elevándose a 224´26 millones de euros. Las Cuentas Generales de ambos ejercicios no incluyen información sobre los derechos pendientes de cobro según el grado de exigibilidad establecido en el PGCP, de modo que no es posible conocer la situación de tales derechos a fin de ambos ejercicios. Asimismo, señala el Tribunal de Cuentas que la Comunidad Autónoma no dispone de una relación de deudores que permita su análisis.

15. Con relación a los deudores extrapresupuestarios, su saldo total a fin de ambos ejercicios asciende a 14´47 y 24´45 millones de euros, respectivamente.

16. La Comunidad Autónoma continúa registrando extrapresupuestariamente los anticipos concedidos al personal, cancelándolos a su vencimiento en formalización con cargo a las correspondientes nóminas, cuando deberían ser objeto de imputación al capítulo 8 del presupuesto de gastos.

17. En cuanto a los saldos finales de tesorería, ascienden a 440´46 y a 277´33 millones de euros en 2008 y 2009, respectivamente. En todo caso, la Comunidad Autónoma no ha aclarado al Tribunal de Cuentas las diferencias detectadas entre los datos contables y los datos bancarios por ella facilitada.

18. La rúbrica de fondos propios de la Administración General de la Comunidad a fin de los ejercicios 2008 y 2009 asciende a 1.524´88 y 1.086´76 millones de euros, respectivamente. El saldo de fondos propios disminuye un 29 por 100 de un ejercicio a otro consecuencia de la aplicación de los resultados negativos del ejercicio 2009 por importe de 436´90 millones de euros.

19. El saldo de acreedores no financieros presupuestarios asciende a 585´06 y 851´88 millones de euros en 2008 y 2009, respectivamente. Estos importes suponen una disminución interanual del 9 por 100 en 2008 y un incremento del 46 por 100 en 2009. En ambos ejercicios, el 98 por 100 del saldo se corresponde con acreedores pendientes de pago de ejercicio corriente.

20. Respecto de los acreedores no financieros extrapresupuestarios, los saldos finales se elevan a 192´72 y 230´57 millones de euros en 2008 y 2009, respectivamente, lo que supone una disminución anual del 28 por 100 en 2008 y un incremento del 16 por 100 en 2009.

21. Señala el Tribunal de Cuentas que, si bien se ha producido una disminución neta, se mantiene un elevado saldo de acreedores extrapresupuestarios, distribuido en numerosas cuentas de distinta naturaleza, lo que supone una merma en la transparencia de las cuentas de la Administración General de la Comunidad Autónoma por responder muchos de los movimientos que en ellas se generan a operaciones presupuestarias que quedan pendientes de aplicar al presupuesto. Además, en los ejercicios 2008 y 2009 no se registran en contabilidad saldos pendientes de acreedores por operaciones pendientes de aplicar al presupuesto.

22. El endeudamiento financiero de la Comunidad Autónoma asciende a fin de 2008 a 1.489´02 millones de euros, y a fin de 2009 se eleva a 1.864´20 millones de euros, distribuidos como sigue: emisiones de empréstitos, 760´17 millones en 2008 y 820´97 millones en el ejercicio 2009; operaciones de préstamo dispuestas por plazo superior a un año, 728´85 millones de euros en el ejercicio 2008 y 1.043´23 millones en 2009.

23. El resultado económico-patrimonial de la Comunidad Autónoma refleja un desahorro en ambos ejercicios, por importe de 78´99 millones de euros en 2008 y de 436´90 millones de euros en 2009, lo que a juicio del Tribunal de Cuentas pone en evidencia que el escenario en el que se desenvuelven las finanzas públicas de la Comunidad Autónoma en estos ejercicios, en relación a ejercicios anteriores, ha experimentado una variación considerable. Sin embargo, señala el Tribunal de Cuentas que, como en ejercicios anteriores, la representatividad de la cuenta de resultados está condicionada por la ausencia del registro de provisiones así como por la no contabilización de los gastos devengados y no vencidos derivados de operaciones de endeudamiento.

24. Las Memorias de los ejercicios 2008 y 2009, que forman parte de las Cuentas Generales de la Administración General de la Comunidad Autónoma, contienen con carácter general la información requerida por el PGCP. No obstante, no se aporta la siguiente información o se aporta incompleta: gastos con financiación afectada; desarrollo de los compromisos de ingreso y compromisos de ingresos con cargo a ejercicios posteriores; importes convocados y pendientes de adjudicar en el ejercicio, en materia de contratación administrativa; información sobre inmovilizado no financiero; cuadro de financiación; ejecución presupuestaria de proyectos de inversión; subvenciones corrientes y de capital concedidas y recibidas; tasas, precios públicos y precios privados; y derechos presupuestarios según su grado de exigibilidad.

25. El remanente de tesorería es negativo en 167´87 y 441´33 millones de euros en 2008 y 2009, respectivamente.

B) Respecto a los Organismos Autónomos:

1. A fin de 2009, los organismos autónomos que integran el sector público autonómico son los 6 siguientes: Instituto Aragonés de Empleo (INAEM), Instituto Aragonés de Enseñanzas Artísticas Superiores (IAEAS), Instituto Aragonés de la Juventud (IAJ), Instituto Aragonés de la Mujer (IAM), Instituto Aragonés de Servicios Sociales (IASS) e Instituto Aragonés de la Salud (SAS); no ha habido, por tanto, ninguna variación respecto a años anteriores. El IAEAS no ha tenido actividad durante estos dos ejercicios.

2. En su conjunto, los organismos autónomos han percibido a través de los artículos 41 y 71 del presupuesto un 38 por 100 en 2008 (1.933´37 millones de euros) y un 41 por 100 en 2009 (2.365´12 millones de euros) del gasto total de la Administración General de la Comunidad Autónoma, en términos de obligaciones reconocidas. La suma de los créditos finales de los organismos autónomos asciende en 2008 a 2.064´77 millones de euros y a 2.516´47 millones en 2009.

3. Todos los organismos autónomos contabilizan sus operaciones en el sistema de información contable SERPA y las cuentas rendidas se atienen, con carácter general, a lo establecido en la normativa aplicable, a juicio del Tribunal de Cuentas, si bien se observan las siguientes carencias en los dos ejercicios fiscalizados:

a) en las respectivas Memorias no figuran, o lo hacen de forma incompleta, los contenidos siguientes: cuadro de financiación; proyectos de inversión; contratación administrativa; subvenciones y transferencias concedidas y recibidas; tasas, precios públicos y precios privados; derechos presupuestarios pendientes de cobro; desarrollo de compromisos de ingresos; inversiones financieras; valores de renta fija; créditos y avales; e información sobre existencias.

b) tampoco constan la memoria justificativa del coste y rendimiento de los servicios públicos ni la memoria demostrativa del grado de cumplimiento de los objetivos programados; existiendo asimismo diversas deficiencias en la contabilidad presupuestaria.

4. Respecto del INAEM, el presupuesto definitivo ascendió en 2008 a 117´94 millones de euros (1 por 100 más que en 2007), con un grado de ejecución del 91 por 100. En 2009, el presupuesto definitivo se elevó a 135´21 millones de euros (15 por 100 más que el año anterior). El grado de ejecución del presupuesto de gastos fue del 90 y 92 por 100, respectivamente.

5. El presupuesto final del IAJ en 2008 fue de 10,23 millones de euros y en 2009 de 10´89 millones de euros; en ambos ejercicios, el grado de ejecución del presupuesto de gastos fue del 84 por 100. Destaca la baja recaudación de los derechos, 45 y 33 por 100, respectivamente.

6. En cuanto al IAM, los créditos finales fueron 4´17 y 4´33 millones de euros, respectivamente (un 4 por 100 de aumento en ambos ejercicios), con un grado de ejecución del presupuesto de gastos del 89 por 100 en 2008 y del 92 por 100 en 2009.

7. En el caso del IASS, en 2008 el presupuesto final ascendió a 257´24 millones de euros (15 por 100 más que el año anterior), con un grado de ejecución del 97 por 100. En 2009, el presupuesto final se incrementó un 42 por 100, hasta los 364´11 millones de euros, con un grado de ejecución del 91 por 100.

8. Con relación al SAS, el presupuesto definitivo de 2008 fue de 1.675´19 millones de euros, con un incremento del 10 por 100 respecto al ejercicio anterior y un grado de ejecución del 99 por 100. En 2009, el presupuesto final se incrementó un 20 por 100, hasta alcanzar 2.001´94 millones de euros, con un grado de ejecución cercano al 100 por 100. El mayor importe de las obligaciones reconocidas corresponde en ambos ejercicios al capítulo I, de gastos de personal, que supone el 55 por 100 del total en 2008, y del 50 por 100 en 2009.

C) Respecto a los Entes públicos:

1. Se incluyen en este apartado las entidades de derecho público integrantes del sector público aragonés que por su propia naturaleza jurídica deben someter su contabilidad al PGCP. Al finalizar 2009 son los nueve siguientes: Agencia de Calidad y Prospectiva Universitaria, Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria, Consejo Aragonés de Personas mayores, Consejo de la Juventud de Aragón, Entidad Pública Aragonesa de Servicios Telemáticos, Entidad Pública Aragonesa del Banco de Sangre y Tejidos, Instituto Aragonés de Ciencias de la Salud, Instituto Aragonés de Gestión Ambiental e Instituto Aragonés del Agua. No se ha creado ninguno nuevo durante los ejercicios 2008 y 2009.

2. Por el contrario, quedan fuera de este apartado las entidades de derecho público Corporación Aragonesa de Radio y Televisión, Instituto Tecnológico de Aragón e Instituto Aragonés de Fomento, dado que se incluyen en el apartado de empresas públicas al estar sometidas al régimen de contabilidad privada.

3. El Consejo Aragonés de Personas mayores y el Consejo de la Juventud de Aragón no rinden los estados de liquidación de sus presupuestos.

4. El importe agregado de los créditos y previsiones finales de los entes que rinden liquidaciones presupuestarias ascendió en 2008 a 163´82 millones de euros, y a 185´28 millones de euros en 2009.

5. El endeudamiento con entidades de crédito asciende a 23´19 millones de euros a fin de 2009, correspondiente al saldo del Instituto Aragonés del Agua.

6. No se han remitido al Tribunal de Cuentas los informes de control financiero de la actividad de los entes públicos correspondientes a 2009, excepto el del Instituto de Gestión Ambiental.

7. Los balances y las cuentas de pérdidas y ganancias del Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria (CITA) no se ajustan a lo establecido por el PGCP. Asimismo, el propio ente reconoce que en 2009 se han imputado indebidamente al capítulo 6 del presupuesto gastos de naturaleza corriente.

8. En cuanto al Instituto Aragonés del Agua (IAA), el informe de control financiero de 2008 observa defectos en materia de personal, la formalización de convenios de colaboración para contratos directos al margen de la legislación contractual; un contrato de patrocinio formalizado sin determinar de forma precisa las obligaciones del patrocinado; y pagos realizados en virtud de convenios antes del cumplimiento de las obligaciones acordadas.

D) Respecto a las Empresas públicas:

1. A fin de 2009, consecuencia de la restructuración del sector público empresarial realizada en la Comunidad Autónoma tras la creación de la Corporación Empresarial Pública de Aragón, S.A., mediante Decreto 314/2007, de 11 de diciembre, y la aprobación de la Ley 2/2008, de 14 de mayo, el sector público empresarial aragonés está constituido por las 33 sociedades mercantiles siguientes:

- Aeronáutica de los Pirineos, S.A.

- Aragón Desarrollo e Inversión, S.A (antes Savia, Capital Inversión, S.A.)

- Aragón Exterior, S.A.

- Aragonesa de Gestión de Residuos, S.A.

- Aramón, Montañas de Aragón, S.A.

- Asitel, Servicio de Interpretación Telefónica, S.A.

- Avalia Aragón, S.G.R.

- Centro Dramático de Aragón, S.A.U.

- Centro Europeo de Empresas e Innovación de Aragón, S.A.

- Ciudad del Motor de Aragón, S.A.

- Corporación Empresarial Pública de Aragón, S.A.

- Escuela Superior de Hostelería de Aragón, S.A.

- Estación Aduanera de Zaragoza y Servicios Complementarios, S.A. (en liquidación)

- Gestora Turística de San Juan de la Peña, S.A.

- Infraestructuras y Servicios de Telecomunicaciones de Aragón, S.A.

- Inmuebles GTF, S.L.

- Nieve de Aragón, S.A.

- Pabellón de Aragón, S.A. (antes Pabellón de Aragón Expo 2008, S.A.)

- Parque Tecnológico del Motor de Aragón, S.A.

- Parque Tecnológico Walqa, S.A.

- Plataforma Logística de Zaragoza, S.A. (PLAZA)

- Platea Gestión, S.A.

- Plaza Desarrollos Logísticos, S.L.

- Plhus Plataforma Logística, S.L.

- Promoción Aeropuerto de Zaragoza, S.A.

- Radio Autonómica de Aragón, S.A.

- Sociedad de Desarrollo Medioambiental de Aragón, S.A.U.

- Sociedad de Infraestructuras Rurales Aragonesas, S.A.

- Sociedad de Promoción y Gestión del Turismo Aragonés, S.A.

- Sociedad para el Desarrollo de Calamocha, S.A.

- Sociedad para el Desarrollo Industrial de Aragón, S.A. (SODIAR)

- Suelo y Vivienda de Aragón, S.L.

- Televisión Autonómica de Aragón, S.A.

Respecto de 2007, se han constituido dos empresas públicas: la ya citada Corporación Empresarial Pública de Aragón, S.A. en 2008, e Infraestructuras y Servicios de Telecomunicaciones de Aragón, S.A. en 2009.

2. Se incluyen también en el sector público empresarial 3 entidades de derecho público que, de conformidad con su normativa específica, someten su contabilidad al PGC: Instituto Aragonés de Fomento (IAF); Instituto Tecnológico de Aragón (ITA); y Corporación Aragonesa de Radio y Televisión (CARTV).

3. El Tribunal de Cuentas formula las observaciones generales siguientes:

a) En las cuentas anuales rendidas por las entidades del sector público empresarial de Aragón una gran mayoría no elaboran el estado de flujos de tesorería, ni se acompaña la información adicional prevista en el artículo 22 del Decreto 22/2003, de 28 de enero: estado de ejecución del Programa de Actuaciones, Inversiones y Financiación, liquidación del presupuesto de explotación y de capital, estado demostrativo de las subvenciones y transferencias recibidas o concedidas y el estado demostrativo de la situación del capital social.

b) Los resultados agregados de las cuentas de pérdidas y ganancias son negativos en ambos ejercicios, por importes de 167´68 y 96´56 millones de euros, respectivamente, correspondiendo las pérdidas más importantes a las siguientes empresas: Corporación Empresarial Pública de Aragón, S.A., 81´71 millones de euros en 2008; Televisión Autonómica de Aragón, S.A., 62´41 millones en 2008 y 57´84 millones en 2009; y Promoción Aeropuerto de Zaragoza, S.A., 7´03 millones en 2008 y 5´94 millones de euros en 2009.

c) Las subvenciones a empresas públicas de Aragón aplicadas a sus resultados ascienden a 45´30 y 40´37 millones de euros en 2008 y 2009, respectivamente.

d) Respecto de la situación de endeudamiento a corto plazo de las empresas públicas aragonesas, destacan las magnitudes siguientes: Aramón, Montañas de Aragón, S.A., 12´36 millones de euros en 2008; Plataforma Logística de Zaragoza, S.A. (PLAZA), 65´76 millones en 2008 y 73´71 millones en 2009; PLHUS Plataforma Logística, S.L., 14´13 millones de euros en 2009; Suelo y Vivienda de Aragón, S.L., 28´83 millones en 2008 y 35´40 millones en 2009.

e) De los datos de endeudamiento a largo plazo de las empresas públicas, destacan: Aramón, Montañas de Aragón, S.A., 39´19 millones de euros en 2008 y 50´10 millones en 2009; Plaza Desarrollos Logísticos, S.L., 24´89 millones en 2008 y 54´06 millones en 2009; PLHUS Plataforma Logística, S.L., 25´14 millones en 2008 y 19´87 millones en 2009; Suelo y Vivienda de Aragón, S.L., 62´40 millones en 2008 y 83´04 millones en 2009.

f) Analizados los informes de control financiero realizados por la Intervención General de la Comunidad Autónoma, el Tribunal de Cuentas constata que:

- En 6 empresas se observan defectos en la determinación de retribuciones o irregularidades y/o imprecisiones en la contratación del personal (Aragonesa de Servicios Telemáticos, S.A.; Sociedad para el Desarrollo Industrial de Aragón, S.A.; Suelo y Vivienda de Aragón, S.A.; Instituto Aragonés de Fomento; Corporación Aragonesa de Radio y Televisión; Aragonesa de Gestión de Residuos, S.A.)

- En 5 empresas se han producido irregularidades en los procedimientos de contratación o en los convenios acordados entre empresas y terceros (Aragonesa de Servicios Telemáticos, S.A.; Plaza Desarrollos Logísticos, S.A.; Suelo y Vivienda de Aragón, S.A.; Instituto Aragonés de Fomento; Aragonesa de Gestión de Residuos, S.A.)

- Con carácter general, se utilizan convenios para la concesión de subvenciones o para tramitar contratos al margen de la legislación aplicable.

g) En 2008, 4 empresas incurrían tanto en causa legal de reducción de capital como en causa legal de disolución: Aragón Desarrollo e Inversión, S.A. -antes SAVIA Capital Inversión-; Aragón Exterior, S.A.; Promoción Aeropuerto de Zaragoza, S.A.; y Sociedad Promoción y Desarrollo Empresarial de Teruel, S.A.

h) En 2009, las empresas afectadas por la exigencia legal de reducción de capital son también 4: continúan en esa situación Promoción Aeropuerto de Zaragoza, S.A.; y Sociedad Promoción y Desarrollo Empresarial de Teruel, S.A.; a las que ese año se suman Escuela Superior de Hostelería de Aragón, S.A.; y Gestora Turística San Juan de la Peña, S.A.; las cuales también están incursas en causa legal de disolución, excepto Aragón Exterior, S.A.

E) Respecto de las Fundaciones públicas:

1. Al finalizar 2009, las fundaciones públicas autonómicas son las 17 siguientes:

- Fundación Andrea Prader

- Fundación Aragonesa para I+D

- Fundación Centro de Estudios de Física del Cosmos de Aragón

- Fundación Conjunto Paleontológico de Teruel

- Fundación Economía Aragonesa

- Fundación Emprender en Aragón

- Fundación Goya en Aragón

- Fundación Jaca 2007 (en liquidación)

- Fundación para el Desarrollo de la Comarca del Campo de Daroca

- Fundación para el Desarrollo de Nuevas Tecnologías del Hidrógeno de Aragón

- Fundación Parque Científico Tecnológico Aula Dei

- Fundación Plaza 2007

- Fundación Santa María de Albarracín

- Fundación Torralba-Fortún

- Fundación Tutelar Aragonesa de Adultos

- Fundación Universitaria Antonio Gargallo

- Fundación Zaragoza Logistics Center

2. En 2008 se constituye la Fundación Centro de Estudios de Física del Cosmos de Aragón; y en 2009 se autoriza la constitución de la Fundación aragonesa para el desarrollo de la observación de la Tierra, si bien hasta 2010 no será efectiva.

3. Las cuentas anuales rendidas, con carácter general, no se ajustan al contenido previsto en el artículo 22.2 del Decreto 22/2002, de 28 de enero, que regula el sistema de información de la contabilidad del sector público aragonés.

4. En 2008, los resultados del sector fundacional autonómico son negativos, por importe de 0´62 millones de euros. En 2009 los resultados son positivos, 0´50 millones de euros, si bien esta mejora se debe, fundamentalmente, al aumento de las subvenciones aplicadas al resultado, que pasan de 2´80 millones de euros en 2008 a 4´37 millones en 2009.

F) Consorcios públicos:

1. A fin de 2009, los consorcios con participación mayoritaria de la Comunidad Autónoma son 7:

- Consorcio Aragonés Sanitario de Alta Resolución

- Consorcio del Aeródromo/Aeropuerto de Teruel

- Consorcio Expo Zaragoza 2008

- Consorcio para la gestión, conservación y explotación del túnel de Bielsa-Aragnouet

- Consorcio Patrimonio Ibérico de Aragón

- Consorcio de Transportes del Área de Zaragoza

- Consorcio Urbanístico de Canfranc

2. En 2008 se constituyó el Consorcio para la gestión, conservación y explotación del túnel de Bielsa-Aragnouet. En el año 2009 se decide la liquidación del Consorcio Expo Zaragoza 2008, el cual no ha rendido cuentas ni en 2008 ni 2009; no hay constancia de ningún ingreso en la ejecución del presupuesto de la Comunidad Autónoma en concepto de liquidación de este Consorcio.

3. Los Consorcios adaptan sus cuentas al PGCP, a excepción del Consorcio Urbanístico de Canfranc. Los resultados agregados son positivos en 3´12 y 22´49 millones de euros en 2008 y 2009, respectivamente. No mantienen deudas con entidades financieras a fin de 2009.

G) Otras Entidades públicas:

Han rendido cuentas de 2008 y 2009 la Institución Feria Oficial y Nacional de Zaragoza y la Institución Ferial de Calamocha, participadas mayoritariamente por la Comunidad Autónoma.

Sexta.- Respecto de la estabilidad presupuestaria, regulada entonces por el texto refundido de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2007, de 28 de diciembre, y la Ley Orgánica 5/2001, de 13 de diciembre (LOEP), complementaria de la anterior (modificada por la Ley Orgánica 3/2006, de 26 de mayo), el Tribunal de Cuentas señala que las Leyes de Presupuestos de 2008 y 2009 de la Comunidad Autónoma de Aragón deberían introducir los cambios que permitan generar la información necesaria para verificar el cumplimiento de la estabilidad en términos de contabilidad nacional.

1. La Intervención General de la Administración del Estado emitió informes sobre el grado de cumplimiento por la Comunidad Autónoma del objetivo de estabilidad presupuestaria en términos de contabilidad nacional en ambos ejercicios:

a) El objetivo de estabilidad presupuestaria en 2008 fue un déficit no superior al 0´75 por 100 del PIB regional, excluido el déficit por inversiones productivas. Las cuentas presupuestarias consolidadas de la Comunidad Autónoma de Aragón en dicho ejercicio supusieron un déficit de 343 millones de euros, representando un 1 por 100 del PIB regional, incluido el déficit por inversiones productivas. Éstas ascendieron a 86 millones de euros, de manera que deducido su importe, el déficit ascendió a 257 millones de euros, un 0,75 por 100 del PIB regional, por lo que en 2008 se cumplió el objetivo de déficit fijado.

b) En 2009, en el que también se fijó como límite un déficit del 0,75 por 100 del PIB regional (excluido el relativo a las inversiones productivas), la Comunidad Autónoma de Aragón incumple el objetivo de estabilidad. Ello es debido a que el déficit ascendió a 566 millones de euros, lo que suponía un 1,74 por 100 del PIB regional, y la Comunidad Autónoma no pudo acogerse a la posibilidad de deducir déficit por inversiones productivas ya que su ahorro neto fue negativo y, por tanto, no pudo financiar ni siquiera el 30 por 100 de las inversiones con ahorro, como determina el artículo 3.1 de la LOEP.

2. En cuanto al endeudamiento financiero de la Comunidad Autónoma:

a) A lo largo del ejercicio de 2008, se conciertan operaciones de endeudamiento por un importe total de 431 millones de euros.

b) El Programa Anual de Endeudamiento (PAE) para el ejercicio de 2009 se aprobó en septiembre del mismo año, incumpliéndose los plazos establecidos por el Consejo de Política Fiscal y Financiera. Se conciertan en este ejercicio operaciones de préstamo por un importe de 361 millones de euros.

Séptima.- El Informe del Tribunal de Cuentas analiza también diversas cuestiones de la actividad económico-financiera de la Comunidad Autónoma, bajo el epígrafe genérico de "Análisis de la gestión", en el que se examinan las operaciones de crédito llevadas a cabo por el sector público autonómico y la situación de los avales otorgados y cancelados. Destacan las observaciones siguientes:

a) No ha sido posible verificar el cumplimiento de lo establecido en el artículo 14.2 LOFCA en relación con la correcta aplicación de las disposiciones de crédito. Las entidades autorizadas por las Leyes de Presupuestos de ambos ejercicios para concertar operaciones de endeudamiento (Instituto Aragonés del Agua, Instituto Tecnológico de Aragón y Corporación Aragonesa de Radio y Televisión), no han superado el límite impuesto por la Ley para su endeudamiento.

b) Respecto de los avales otorgados por la Comunidad Autónoma, las existencias finales en 2008 ascienden a 44´93 millones de euros, reduciéndose a 11´48 millones de euros a fin de 2009, no habiéndose concedido ningún aval en este último ejercicio. En 2008, la Comunidad Autónoma incumplió el límite establecido por el artículo 34 de la Ley de Presupuestos de dicho ejercicio, que establece que el importe total de los avales otorgados no podrá rebasar el límite de riesgo pendiente de amortización de 30 millones de euros, dado que el riesgo pendiente a 31 de diciembre de 2008 era de 40´97 millones de euros.

Octava.- En materia de contratación administrativa, destaca el Tribunal de Cuentas que durante el ejercicio 2008 entró en vigor la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (LCSP). Para el análisis de la actuación en esta materia, ha seleccionado y examinado 28 contratos adjudicados en 2008, con un importe total de 704´57 millones de euros; y 29 contratos adjudicados durante el ejercicio 2009, con un importe total de 522´86 millones de euros.

A) Observaciones comunes sobre deficiencias en la remisión de información o documentación relativa a contratos adjudicados:

1. No se han aportado al Tribunal de Cuentas las relaciones certificadas de contratos adjudicados en el ejercicio 2009 o, en su defecto, las correspondientes certificaciones negativas, a pesar de que fueron expresamente requeridas, por las siguientes entidades: Consejo de la Juventud de Aragón; Entidad Pública Aragonesa del Banco de Sangre y Tejidos de Aragón; Sector Sanitario Zaragoza II del Servicio Aragonés de Salud; Instituto Aragonés de Enseñanzas Artísticas Superiores; Consorcio Aeródromo/Aeropuerto de Teruel; Consorcio Patrimonio Ibérico de Aragón; Consorcio para la Gestión, Conservación y Explotación del Túnel Bielsa-Aragounet; Fundación Agencia Aragonesa I+D; Fundación Centro de Estudios de Física del Cosmos de Aragón; Fundación Jaca 2007; Fundación Plaza; Sociedad Aeronáutica de los Pirineos, S.A.; Sociedad para el Desarrollo Industrial de Aragón, S.A.; Sociedad de Desarrollo Medioambiental de Aragón, S.A.; Escuela Superior de Hostelería de Aragón, S.A.; Gestora Turística de San Juan de la Peña, S.A.; Sociedad de Infraestructuras Rurales Aragonesas, S.A.; Platea Gestión, S.A.; y Sociedad de Promoción y Gestión del Turismo Aragonés, S.A.U.

2. No se ha aportado la siguiente documentación que o bien debió remitirse inicialmente con los expedientes o ha sido posterior y expresamente requerida:

- Contrato de vigilancia y seguridad de los Hospitales «Royo Villanova» y «Nuestra Señora de Gracia», ambos de Zaragoza

- Memorias de los proyectos de obras de tres contratos

- Informes de supervisión de los proyectos de obras de seis contratos

- Resoluciones o acuerdos de los órganos de contratación de aprobación técnica de los proyectos de obras de siete contratos

- Actas de replanteo previo de los proyectos de obras de ocho contratos

- Documentos acreditativos de la elaboración y aprobación administrativa de los anteproyectos de explotación de los servicios públicos de dos contratos

- Proyectos de explotación de los servicios públicos de ocho contratos

- Acuerdos o resoluciones de los órganos de contratación por los que se ordenó el inicio de los expedientes de dos contratos

- Certificados de existencia de crédito presupuestario en los conceptos a cuyo cargo se propusieron los gastos de doce contratos

- Informe de fiscalización previa del gasto emitido por la Intervención General de un contrato

- Resoluciones motivadas de los órganos de contratación de aprobación de los gastos correspondientes de tres contratos

- Certificaciones de las proposiciones u ofertas presentadas en las licitaciones de cuatro contratos

- Proposiciones u ofertas económicas presentadas en las licitaciones de cinco contratos

- Audiencias o solicitudes de información a los licitadores cuyas bajas fueron consideradas inicialmente incursas en presunción de temeridad, sus contestaciones e informes de asesoramiento técnico de un contrato

- Actas de las reuniones de las Mesas de contratación o de los órganos competentes para realizar la apertura y calificación de la documentación y el examen de las proposiciones presentadas en las licitaciones de tres contratos

- Resoluciones motivadas de adjudicación provisional y notificaciones de las mismas a los candidatos o licitadores de cinco contratos

B) Observaciones comunes sobre procedimientos de contratación:

En este apartado, el Tribunal de Cuentas estudia diversas cuestiones de carácter general relativas a los procedimientos de contratación: justificación de la necesidad de los contrato; publicidad y concurrencia; adjudicación de los contratos; valoraciones de ofertas y selección de adjudicatarios; y adjudicación, afianzamiento y formalización de los contratos. En todas ellas pone de manifiesto la existencia de varias deficiencias, destacando las siguientes:

1. En siete contratos, no se han remitido los preceptivos informes razonados de los servicios promotores sobre la necesidad, características e importe calculado de las prestaciones a contratar. En otros nueve contratos en que formalmente dicho informe sí figura, su contenido es excesivamente genérico e impreciso, sin indicarse las necesidades públicas específicas y concretas existentes en el momento en que se propuso la tramitación de cada uno de los expedientes. En un contrato, el informe fue emitido tres años y medio antes del inicio del expediente, por lo que su contenido era claramente obsoleto.

2. En materia de concurrencia, se observan deficiencias en determinados contratos adjudicados mediante procedimientos negociados sin publicidad por Infraestructuras y Servicios de Telecomunicaciones de Aragón, S.A.; Plataforma Logística de Zaragoza, S.A. (PLAZA); y Suelo y Vivienda de Aragón, S.L.

3. Respecto de la publicidad de las actuaciones licitatorias, en un contrato no se ha aportado la preceptiva publicación en el DOUE de la convocatoria de la licitación, expresamente requerida; en veintiún contratos no constan en las actas de las Mesas de contratación las preceptivas invitaciones a los licitadores para exponer observaciones o reservas contra las determinaciones de las Mesas de formular las propuestas de adjudicación; y en seis contratos no se han remitido las preceptivas publicaciones en diarios oficiales de las adjudicaciones definitivas.

4. En los pliegos de cláusulas administrativas particulares (PCAP) de dos contratos de suministro no se precisaron los elementos y condiciones en que quedó autorizada la presentación de ofertas con variantes o alternativas.

5. En once contratos adjudicados mediante procedimiento negociado, el Tribunal de Cuentas observa una confusa tramitación, señalando varias deficiencias: los aspectos a negociar no se precisan en el PCAP; figuran en anexos criterios de adjudicación no mencionados en el PCAP; se confunden los aspectos objeto de negociación con los criterios de adjudicación; no se establecen criterios de adjudicación en el PCAP; se confunden los "aspectos económicos y técnicos objeto de negociación" con los criterios de adjudicación; o éstos se establecen sin ponderación ni precisión alguna de la forma en que debían valorarse.

6. En quince contratos, las puntuaciones asignadas para la valoración de los precios de las ofertas tuvieron una relevancia inferior al 30 por 100 de la suma total de los baremos establecidos para los diferentes criterios, sin que consten circunstancias que pudieran justificar suficientemente la reducida ponderación de este criterio; y en cuatro contratos se establecieron criterios de valoración del precio de las ofertas según diversas fórmulas que primaron en mayor o menor medida, según los casos, la proximidad o alejamiento de la baja de cada oferta con respecto a la media resultante de todas las ofertas presentadas, por lo que no se valoran los precios de las ofertas en función, simplemente, de las mayores bajas.

7. En cinco contratos se asignaron cero puntos a las ofertas con precios superiores o iguales a los presupuestos de licitación, admitiendo implícitamente la posibilidad de presentar ofertas al alza (con precios superiores al presupuesto de licitación), lo cual es contrario a la normativa vigente.

8. En veinte contratos, la regulación de las bajas temerarias contenida en los respectivos PCAP no se ajusta a la LCSP.

9. En treinta y tres contratos, no se especificó la forma o el método de valoración de los criterios de adjudicación o de los subcriterios en que se desglosan, ni de asignación de las puntuaciones de los correspondientes baremos. En un contrato se incluyó un criterio de adjudicación relativo a la adecuación de las ofertas al pliego de prescripciones técnicas (PPT); y en otro se estableció entre los criterios de adjudicación uno referente a la experiencia de las empresas licitadoras, esto es, a su solvencia técnica; cuestiones ambas contrarias a la normativa.

10. En los informes sobre las ofertas presentadas en las licitaciones de once contratos, los baremos para la valoración de los precios de las ofertas establecidos en los correspondientes pliegos contractuales no se aplicaron en toda su extensión sino que, mediante la utilización de diversas fórmulas, se redujeron significativamente los márgenes de las puntuaciones otorgadas entre las ofertas más caras y las más económicas (en más del 20 por 100), de forma que las bajas ofertadas no tuvieron una relevancia proporcional.

11. El Tribunal de Cuentas formula otras observaciones sobre el contenido de los informes de valoración de las ofertas, señalando que: con la salvedad de las puntuaciones de los precios, no constan en los informes los motivos de las puntuaciones concedidas a los licitadores en los demás criterios (cinco contratos); dichos informes carecen de fecha y firma (un contrato), o de identificación de sus autores (otro contrato); se desglosan los criterios de adjudicación y sus baremos una vez abiertos los sobres de las ofertas (nueve contratos); únicamente consta en el informe la valoración de las ofertas presentadas a un lote, cuando fueron catorce los lotes convocados (un contrato); no consta la valoración de los precios de las proposiciones económicas presentadas ni la puntuación otorgada a las mismas (un contrato); o se procede a la modificación del presupuesto de licitación, tras la apertura del procedimiento de adjudicación (otro contrato).

12. En un contrato, no constan las garantías definitiva y complementaria que debieron constituirse por el adjudicatario; en tres contratos no constan las resoluciones de su adjudicación definitiva; en otro contrato, no figura en su documento de formalización el precio de adjudicación sino el de licitación; y en un contrato transcurrieron siete meses desde la apertura de ofertas hasta su adjudicación, sin que se justifiquen las causas de tal dilación.

C) Contratos de obras o de concesión de obras públicas:

El Tribunal de Cuentas examina los contratos de esta naturaleza, señalando las incidencias observadas respecto a: contratación conjunta de redacción de proyectos y ejecución de obras; retrasos y otras incidencias en la ejecución de obras; y obras adicionales.

1. Con relación a la contratación conjunta de redacción de proyectos y ejecución de obras, en tres contratos las demoras existentes fueron imputables a la Administración pública (en concreto, al Instituto Aragonés del Agua), por el retraso en la puesta a disposición de los terrenos para que los contratistas pudieran redactar los correspondientes proyectos; en otros tres contratos se han producido también demoras por los adjudicatarios, sin que consten las causas de tales retrasos ni la imposición de penalidades por demora a los contratistas; y en otros dos contratos, no se ha aportado la memoria del proyecto de obras, o carecen de firmas o se ha aportado incompleta.

2. En cuanto a retrasos y otras incidencias en la ejecución de las obras, el Tribunal de Cuentas considera no justificados debidamente los habidos en ocho contratos: Unidad de Cuidados Intensivos (UCI) y edificio anexo en el Hospital de Barbastro; nuevo edificio del Centro de Investigación Biomédica de Aragón; modernización del Canal de Flumen para la Comunidad de Regantes de «Sodeto-Alberuela del Tubo»; ejecución de estructura de Nave Industrial en la parcela ALIA-1 de la Plataforma Logística de Zaragoza; y obra civil en interiores de la anteriormente citada Nave Industrial; Fase I del proyecto supramunicipal del Aeródromo/Aeropuerto de Teruel; apartadero y ramal ferroviario de la Plataforma Logístico-Industrial de Teruel a la estación de Cella; y Apartadero Ferroviario de la Plataforma Logística de Zaragoza.

3. Por lo que respecta a los contratos de obras adicionales, tramitadas bien como modificaciones de proyectos bien como contratos complementarios, el Tribunal de Cuentas observa deficiencias en cinco de ellos al no constar que los cambios realizados sean consecuencia de necesidades nuevas o de causas técnicas no susceptibles de previsión en el correspondiente proyecto primitivo, por lo que el Tribunal de Cuentas entiende que las modificaciones no se consideran justificadas. Se trata de los contratos relativos a: construcción del Centro Residencial «Elías Martínez Santiago», en Zaragoza; construcción de la Escuela de Artes y Escuela Superior de Diseño, de Zaragoza; rehabilitación del Hospital «Nuestra Señora de Gracia», de Zaragoza; reforma del centro de traumatología, rehabilitación y quemados del Hospital «Miguel Servet», de Zaragoza; y construcción del circuito de velocidad de Alcañiz.

D) Contratos de gestión de servicios públicos:

El Tribunal de Cuentas señala la existencia de diversas anomalías, deficiencias o irregularidades en dos contratos adjudicados en 2008, relativos ambos a la eliminación de escombros y de residuos industriales no peligrosos.

E) Contratos de suministro:

El Tribunal de Cuentas advierte diferentes incidencias en tres contratos de esta naturaleza: adquisición de unidades de Tablet-PC (Programa «Pizarra Digital») para centros educativos públicos de Aragón; suministro de equipos e instalación de centros de TDT; y suministro e instalación de un sistema de seguridad integral para la Diputación General de Aragón.

F) Contratos de servicios:

Señala el Tribunal de Cuentas incidencias en dos contratos: de creación, mantenimiento y gestión integral del centro de atención al ciudadano, integrado en el Centro Tecnológico para la Salud; y en la prórroga del contrato de difusión publicitaria en líneas aéreas, tramitado por Plataforma Logística de Zaragoza, S.A.

Por todo ello, el Pleno de las Cortes de Aragón aprueba las siguientes

Conclusiones

Primera.- Las Cortes de Aragón acuerdan la aprobación de las Cuentas Generales de la Comunidad Autónoma correspondientes a los ejercicios de 2008 y 2009.

Segunda.- No obstante lo anterior, las Cortes de Aragón manifiestan su insatisfacción por la remisión de las citadas Cuentas Generales al Tribunal de Cuentas fuera del plazo previsto en la normativa vigente, y reiteran al Gobierno de Aragón que todas las entidades que integran el sector público autonómico deben rendir sus cuentas al correspondiente órgano de control externo de las cuentas públicas, dentro del plazo y en la forma legalmente establecidos.

Tercera.- Las Cortes de Aragón expresan asimismo su insatisfacción por las deficiencias en la gestión advertidas por el Tribunal de Cuentas, en particular en materia de contratación administrativa, e instan al Gobierno de Aragón para que vele especialmente por la remisión a dicho órgano fiscalizador, en tiempo y forma, de toda la documentación requerida por éste relativa a los expedientes de contratación del sector público autonómico, procediéndose a la exigencia de las correspondientes responsabilidades administrativas en caso contrario.

Cuarta.- Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón a depurar las diferentes bases de datos en materia de recursos humanos de todo el sector público autonómico, de forma que sean coincidentes entre sí y permitan en todo momento el conocimiento de los efectivos existentes y su distribución entre los distintos colectivos y entidades que lo integran.

Quinta.- Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón para que facilite al correspondiente órgano de control externo de las cuentas públicas toda la información requerida sobre subvenciones directas concedidas y relación de deudores existentes a fin de ejercicio.

Sexta.- Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón al cumplimiento y observancia de las diferentes sugerencias y propuestas formuladas por el Tribunal de Cuentas en sus Informes de fiscalización, varias de las cuales se repiten sistemáticamente en los informes emitidos por dicho órgano respecto de la fiscalización de las Cuentas Generales de la Comunidad Autónoma, dado que no han sido atendidas por parte del Gobierno de Aragón las conclusiones y recomendaciones formuladas por estas Cortes.

Séptima.- De acuerdo con el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las Cuentas Generales de la Comunidad Autónoma correspondientes a los ejercicios de 2008 y 2009, las Cortes de Aragón dirigen al Gobierno de Aragón las siguientes

Recomendaciones

1.ª- Deben continuar las labores de restructuración del sector público autonómico en su conjunto, así como la mejora en el cumplimiento de la obligación de rendir cuentas por las entidades incluidas en el mismo.

2.ª- Deben establecerse presupuestos por programas que determinen objetivos e indicadores precisos como instrumento de mejora en la gestión de los recursos, de manera que se cumplan los principios de eficacia y eficiencia, y que faciliten asimismo el conocimiento y análisis objetivo del coste y rendimiento de los servicios públicos.

3.ª- Deben continuar los procesos de mejora de los sistemas informáticos que permitan completar la información necesaria para garantizar la eficacia de la Cuenta General como instrumento de control.

4.ª- La concesión de subvenciones directas no nominativas debe basarse en informes técnicos completos y objetivos, que acrediten su interés público, social y humanitario, y la imposibilidad de someterlas a procedimiento de concurrencia. Igualmente, para mayor control, debe crearse una base de datos de subvenciones concedidas y recibidas por la Administración de la Comunidad Autónoma para cumplir con la exigencia requerida por el Plan General de Contabilidad Pública de la Comunidad Autónoma respecto a la finalidad, condiciones y requisitos y, en su caso, posibles causas de reintegro de las subvenciones.

5.ª- En la información relativa a los compromisos de gasto adquiridos con cargo a ejercicios posteriores deben incluirse los gastos futuros correspondientes a la carga financiera, dada su importancia cuantitativa. Debe crearse un registro o inventario completo de los créditos financieros que forman parte del patrimonio de la Administración autonómica para no impedir verificar su situación y evolución y, en su caso, la de los correspondientes intereses; y debe llevarse un mayor control y seguimiento de los deudores por aplazamiento y fraccionamiento, para poder obtener la información relativa a las deudas aplazadas vencidas o saldadas en los ejercicios fiscalizados.

6.ª- En materia de contratación pública, debe clarificarse en los pliegos de cláusulas administrativas particulares la distinción entre los aspectos negociables y los criterios objetivos de adjudicación de los contratos mediante procedimientos negociados, así como articularse el respectivo procedimiento coherentemente con esta distinción; en la valoración de los precios de las ofertas, deben primarse las mayores bajas en coherencia con el principio de economía en la gestión de los fondos públicos, sin perjuicio de la posibilidad de valorar, además, otros aspectos de las ofertas distintos del precio; asimismo, en los pliegos de cláusulas administrativas particulares, deben especificarse con más precisión los métodos o formas de asignación de los puntos correspondientes a los diferentes criterios de adjudicación, coherentemente con los principios de publicidad y transparencia, informadores de la contratación pública.

Resolución aprobada

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 215.5 del Reglamento de las Cortes de Aragón, se incluye en el presente documento la siguiente resolución, presentada por el G.P. de Izquierda Unida de Aragón, y aprobada por la Comisión de Hacienda, Presupuestos y Administración Pública en sesión celebrada el día 22 de mayo de 2013, con motivo del debate del Informe de la Ponencia relativo al Informe del Tribunal de Cuentas sobre las Cuentas Generales de la Comunidad Autónoma de Aragón correspondientes a los ejercicios de 2008 y 2009:

«Las Cortes de Aragón remitirán al Gobierno las conclusiones y recomendaciones aprobadas por las Cortes de Aragón sobre las Cuentas Generales de la Comunidad Autónoma de Aragón correspondientes a los ejercicios 2004, 2005, 2006, 2007, 2008 y 2009, instándole a comprobar que se está haciendo un seguimiento de ellos, atendiendo las recomendaciones recogidas y evitando incurrir en esos errores e incumplimientos en esta Legislatura.»

Zaragoza, 23 de mayo de 2013.

El Presidente de las Cortes de Aragón,

JOSÉ ÁNGEL BIEL RIVERA