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RESOLUCIÓN de 11 de noviembre de 2022, de la Directora General de Personal, por la que se convoca procedimiento de nueva baremación de las listas de espera de los/las aspirantes a puestos de trabajo en régimen de interinidad de determinadas especialidades de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y Catedráticos de Música y Artes Escénicas, en el ámbito de gestión del Departamento de Educación, Cultura y Deporte.

Publicado el 18/11/2022 (Nº 224)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

El artículo 14 del Decreto 31/2016, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se establece el régimen de provisión de puestos de trabajo del funcionariado docente no universitario por personal interino en la Comunidad Autónoma de Aragón, establece que todos los integrantes de las listas de espera serán convocados a una nueva baremación cada tres cursos a partir de la formación inicial de las mismas, según lo dispuesto en la Disposición adicional segunda. En el anexo I que acompaña a la presente Resolución se relacionan las especialidades objeto de nueva baremación en el curso 2022-2023.

Existiendo en la actualidad listas de espera para el desempeño de puestos de trabajo docente en régimen de interinidad que reunirán, el próximo 30 de junio de 2023, los requisitos establecidos en el Decreto 31/2016, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, para una nueva baremación, se hace necesario iniciar procedimiento para la reordenación del personal integrante de las mismas como consecuencia de la nueva baremación.

El artículo 7 del Decreto 31/2016, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, atribuye a la Dirección General de Personal la competencia tanto para la convocatoria de nueva baremación de listas de espera, como para la Resolución de la misma.

De conformidad con lo expuesto, esta Dirección General de Personal, en uso de las competencias que tiene atribuidas por el Decreto 108/2020, de 11 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte y el Decreto 208/1999, de 17 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se distribuyen las competencias en materia de personal entre los diferentes órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, resuelve:

Primero.- Objeto.

La presente convocatoria tiene por objeto iniciar el procedimiento de nueva baremación de listas de espera de aspirantes a puestos de trabajo en régimen de interinidad de los Cuerpos y especialidades que se enumeran en el anexo I que se adjunta.

Segundo.- Régimen jurídico.

Al presente procedimiento le será de aplicación:

Decreto 31/2016, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se establece el régimen de provisión de puestos de trabajo del funcionariado docente no universitario por personal interino en la Comunidad Autónoma de Aragón, modificado por el Decreto 23/2020, de 26 de febrero.

Orden ECD/276/2016, de 4 de abril, por la que se establece el baremo de las listas de espera para la provisión de puestos de trabajo en régimen de interinidad de los cuerpos docentes no universitarios, modificada por las Órdenes ECD/621/2018, de 3 abril, ECD/1083/2018, de 1 de junio, y ECD/1370/2022, de 28 de septiembre.

Orden ECD/586/2016, de 14 de junio, por la que se desarrollan los procedimientos de ordenación, publicación, adjudicación de vacantes, permanencia y decaimiento de las listas de espera para el desempeño de puestos de trabajo en régimen de interinidad para el personal docente no universitario, modificada por la Orden ECD/622/2018, de 3 de abril, y por la Orden ECD/179/2020, de 4 de marzo.

Tercero.- Participantes en el procedimiento de nueva baremación.

Serán sujetos de nueva baremación todo el personal integrante de las listas de espera de los cuerpos y especialidades recogidas en el anexo I que acompaña a la presente Resolución. La relación nominal de los/as integrantes convocados/as se publicará en la web del Departamento (http://educa.aragon.es).

Su inclusión en dicha relación y en las listas que se publiquen al efecto durante la tramitación del procedimiento, estará supeditada al cumplimiento de los requisitos de permanencia a que hace referencia el Decreto 31/2016, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, modificado por el Decreto 23/2020, de 26 de febrero, y sus normas de desarrollo.

En el supuesto de que algún interesado/a no se encuentre incluido/a en la relación nominal de integrantes convocados y considere que debe figurar en la misma, deberá ponerse en contacto con la Dirección General de Personal antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, para su comprobación y en su caso, incorporación al procedimiento.

En caso de no estar conforme con alguno de los datos señalados en dicha relación nominal de aspirantes convocados, podrá consignar en la propia solicitud la rectificación correspondiente, que quedará supeditada a la comprobación de los extremos alegados.

Cuarto.- Forma de participar.

Para participar en el procedimiento de nueva baremación, los/las interesados/as deberán presentar solicitud de forma telemática a través de la plataforma PADDOC siguiendo el enlace que encontrarán en la web del Departamento (http://educa.aragon.es).

Se deberá tener en cuenta que:

El/la interesado/a presentará una única solicitud aun cuando estuviera incluido en varias listas. El acceso se realizará a través de la plataforma PADDOC mediante el sistema CLA@VE utilizando el certificado electrónico, DNI electrónico, clave permanente o acceso Pin.

Los/las aspirantes deberán grabar y documentar todos los méritos que posean, a excepción de los méritos que se recuperan de la propia aplicación por constar en el registro de méritos de este Departamento. Si alguno de los méritos que ya constan como válidos no fueran correctos o estuvieran incompletos, al lado de cada uno de ellos existe la opción de formular una reclamación, a la que deberán adjuntar la correspondiente documentación justificativa.

A los nuevos méritos grabados por los/las interesados/as en sus respectivos apartados (experiencia docente, formación académica u otros méritos) deberá adjuntarse copia de los documentos justificativos, conforme señala la Orden ECD/276/2016, de 4 de abril, modificada por la Orden ECD/621/2018, de 3 de abril, y por la Orden ECD/1083/2018, de 1 de junio. La Administración convocante podrá solicitar en cualquier momento los documentos originales de las copias aportadas por el personal participante.

Quinto.- Plazo de presentación de la solicitud de participación.

La presentación de la solicitud se realizará exclusivamente de forma telemática a través de la aplicación PADDOC, en el plazo comprendido entre las 09:00 horas del lunes 21 de noviembre y las 14:00 horas del miércoles 21 de diciembre de 2022. La aplicación permitirá al personal participante obtener una copia de la solicitud y un resguardo de la presentación de la misma.

Sólo tendrá validez una única solicitud. En el caso de presentarse dos o más, únicamente será válida la última de ellas.

Sexto.- Provincia de referencia.

El personal participante en este procedimiento que quiera cambiar de provincia de referencia a efectos de elección de destinos, deberán indicarlo en la solicitud en el apartado destinado al efecto. En caso de no hacerlo, se entenderá que se mantiene aquella que en su día señaló o le fue adjudicada.

Séptimo.- Valoración de méritos.

La valoración de méritos se efectuará por la Dirección General de Personal, siendo el último día de validez el de la fecha de publicación de la presente Resolución.

Sólo serán valorados aquellos méritos que consten en la solicitud presentada, siempre y cuando estén debidamente acreditados. Los méritos que no sean grabados telemáticamente por el/la interesado/a o que no se justifiquen documentalmente, no serán tenidos en cuenta.

El personal participante, al generar la solicitud podrá visualizar los méritos que ya obren en poder de la Administración, y en caso de error, podrá subsanarlos a través de la opción que ofrece la aplicación para poder formular una reclamación, debiendo adjuntar la correspondiente documentación justificativa; en caso de no formular dicha reclamación en la solicitud que se presente para participar en el procedimiento, no procederá solicitar la subsanación de esos errores en el plazo de presentación de alegaciones al baremo provisional.

Al tratarse de una nueva baremación, los méritos que ya consten en poder de la Administración podrán, dentro del procedimiento, ser rectificados de oficio por ésta, a la vista de posibles errores materiales, de hecho o aritméticos.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 12.2.d) del Decreto 31/2016, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, los/as candidatos/as convocados/as nominativamente en el anexo II que no participen en el proceso de nueva baremación decaerán de las listas de las especialidades convocadas en este proceso de nueva baremación.

El baremo aplicable a los méritos de los/las aspirantes será el recogido en el anexo de la Orden ECD/276/2016, de 4 de abril, por el que se establece el baremo de las listas de espera para la provisión de puestos de trabajo en régimen de interinidad de los cuerpos docentes no universitarios, modificada por las Ordenes ECD/621/2018, de 3 de abril, ECD/1083/2018, de 1 de junio, y ECD/1370/2022, de 28 de septiembre.

De concurrir dos o más integrantes de las listas con idéntica puntuación, se aplicará lo establecido en el artículo 9.4 del Decreto 31/2016, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, según el cual, en el supuesto de que se produjese empate en el total de las puntuaciones, habrá que estar, sucesivamente, a la mayor puntuación obtenida en el baremo por cada uno de los subapartados fijados, dentro de cada uno de los apartados enunciados en este mismo artículo, por la Orden de desarrollo. En el supuesto de que perdurase el empate, la prelación vendrá determinada por la mayor edad del aspirante.

Octavo.- Desarrollo del procedimiento.

Finalizada la valoración de los méritos, la Dirección General de Personal publicará mediante Resolución las listas provisionales con la puntuación obtenida en la nueva baremación. Dichas listas se expondrán en la web del Departamento (http://educa.aragon.es).

Los/as aspirantes que no estuvieran conformes con los datos o la puntuación asignada en las citadas listas provisionales, podrán presentar alegaciones en el plazo de cinco días hábiles, a partir del día siguiente a su publicación. Las alegaciones, al igual que la solicitud, se presentarán únicamente de manera telemática a través de la plataforma PADDOC.

Serán desestimadas aquellas alegaciones que no se correspondan con los méritos que figuren recogidos en la solicitud presentada por el/la interesado/a.

Analizadas las alegaciones, la Dirección General de Personal publicará en la web (http://educa.aragon.es) las listas definitivas de la nueva baremación ordenadas.

Noveno.- Aplicación de las listas resultantes.

La entrada en vigor de la nueva prelación en las listas de espera que se elaboren como consecuencia de la presente convocatoria, coincidirá con el comienzo del curso 2023-2024, determinándose a estos efectos como tal el día 1 de septiembre de 2023.

Sin perjuicio de lo anterior, las listas así ordenadas serán aplicables para todos los actos de adjudicación de destinos de dicho curso escolar aun cuando la fecha de convocatoria fuera anterior al 1 de septiembre. Su vigencia y modificación se ajustará a lo regulado en la normativa vigente.

Contra dicha Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los recursos administrativos que se interpongan contra la resolución que ponga fin a esta convocatoria deberán interponerse electrónicamente. Éstos podrán presentarse a través del Servicio de Soporte a la Tramitación (https://www.aragon.es/tramites/interponer-recursos-ante-la-administracion) o en cualquiera de los otros registros públicos contemplados en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Zaragoza, 11 de noviembre de 2022.

La Directora General de Personal,

OLGA ALASTRUEY ALPIN