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RESOLUCIÓN de 20 de noviembre de 2018, del Director General de Cultura y Patrimonio, por la que se abre trámite de audiencia que se notifica a los interesados en el expediente iniciado para la declaración de los restos del ábside románico de la primitiva Iglesia de Nuestra Señora de los Ángeles, sita en el término municipal de Mallén (Zaragoza), como Bien de Interés Cultural, en la categoría de Monumento.

Publicado el 10/12/2018 (Nº 237)
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Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Mediante la Resolución, de 16 de mayo de 2018, del Director General de Cultura y Patrimonio, se inició procedimiento para la declaración como Bien de Interés Cultural, en la categoría de Monumento, de los restos románicos del ábside de la primitiva iglesia de Nuestra Señora de los Ángeles sita en Mallén (Zaragoza) y por la que se abrió un periodo de información pública durante el plazo de un mes. Esta resolución fue publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 107, de 5 de junio de 2018.

Solicitado el preceptivo informe a la Comisión Provincial del Patrimonio Cultural de Zaragoza, ésta acordó que sería bueno modificar el planteamiento de la declaración en sus términos iniciales, planteando dos alternativas a la Dirección General de Cultura y Patrimonio. Finalmente, estudiadas las alternativas, se ha optado por la primera propuesta de la Comisión Provincial del Patrimonio Cultural, consistente en declarar Bien de Interés Cultural los restos del ábside y la nave central románicos y establecer como entorno de protección, un ámbito más amplio que se corresponde con la totalidad el edificio de la Iglesia de Nuestra Señora de los Ángeles. Por ello, procede modificar el anexo II de la Resolución de 16 de mayo de 2018, del Director General de Cultura y Patrimonio, por la que se inició procedimiento para la declaración como Bien de Interés Cultural, en la categoría de Monumento, de los restos románicos del ábside de la primitiva iglesia de Nuestra Señora de los Ángeles sita en Mallén (Zaragoza) y sustituirlos por el plano que se publica en esta resolución.

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece en el artículo 82, que instruido el procedimiento e inmediatamente antes de redactar la propuesta de resolución, se pondrá de manifiesto a los interesados o en su caso, a sus representantes. Los interesados en un plazo no inferior a diez días ni superior a quince, podrán alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes.

En aplicación del artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el Director General de Cultura y Patrimonio acuerda:

Primero.- Abrir un periodo de audiencia a los interesados por un plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución. Durante este plazo los interesados podrán examinar el correspondiente expediente administrativo en las oficinas de la Dirección General de Cultura y Patrimonio del Gobierno de Aragón (avda. de Ranillas, 5 D, 2.ª planta, de Zaragoza, en horario de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas), así como alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes, dirigiéndose a la dirección antes indicada.

Segundo.- Procede publicar un anexo con el plano de delimitación provisional de los restos del ábside románico de la primitiva Iglesia de Nuestra Señora de los Ángeles y de su entorno de protección que sustituye al anterior plano publicado en la resolución de inicio.

Tercero.- Comunicar la presente resolución al Ayuntamiento de Mallén y al resto de interesados y publicarla en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 20 de noviembre de 2018.- El Director General de Cultura y Patrimonio, Ignacio Escuín Borao.