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NOTIFICACIÓN de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, sobre acuerdo de iniciación de procedimiento sancionador y nombramiento de instructor por infracción de la normativa sobre fianzas de arrendamientos.

Publicado el 06/06/2013 (Nº 110)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE OBRAS PÚBLICAS, URBANISMO, VIVIENDA Y TRANSPORTES

Texto completo:

No habiendo sido posible realizar la notificación personal y preceptiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se efectúa pública notificación al interesado que en anexo se relaciona, del acuerdo de incoación de expediente sancionador por infracción de la Ley 10/1992, de Fianzas de Arrendamientos y otros Contratos, junto con el nombramiento de la instructora.

En consecuencia, se le da por notificado a todos los efectos, siguiendo su curso el procedimiento y significándole que puede examinar el expediente en las oficinas de la Subdirección de Vivienda de Teruel, sita en calle San Francisco n.º 1 planta -1, y formular por escrito las alegaciones que estime convenientes en su defensa, presentar documentos y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de que pretenda valerse, en un plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de su publicación.

De no efectuarse alegaciones, el acuerdo de incoación podrá considerarse propuesta de resolución, de acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2 del Decreto 28/2001, de 30 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora de la Comunidad Autónoma de Aragón, con los efectos previstos en los artículos 13 y 16 del mismo.

Conforme a lo establecido en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, artículo 9.1 del Decreto 28/2001 precitado, se le informa que el plazo máximo establecido para la resolución y notificación de este procedimiento es de seis meses, por lo que transcurrido el mismo, se entenderá caducado. Dicho plazo podrá suspenderse en los supuestos indicados en el artículo 9.2 del Decreto 28/2001.

Teruel, 21 de mayo de 2013.- La Directora General de Vivienda y Rehabilitación (Firma delegada por Resolución de 9 de febrero de 2012), La Subdirectora de Vivienda y Rehabilitación, Cristina Montaner Giménez.

Anexo:

Número de expediente: SFTE 19/2013.

Interesado: D. Francisco Javier Sáenz Ballobar.

Precepto infringido: artículo 18.2 a) de la Ley 10/1992, de 4 de noviembre, de Fianzas de Arrendamientos y otros Contratos.

Sin perjuicio de lo que resulte la instrucción, podrá ser sancionado como autor de una infracción administrativa calificada como grave, que lleva aparejada una sanción pecuniaria consistente en multa 300,51 euros a 3.005,06 euros.