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RESOLUCIÓN de 28 de abril de 2021, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 8 de febrero de 2012, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental y se otorga Autorización Ambiental Integrada para la instalación de una explotación avícola con capacidad para 136.800 pollos de engorde, a ubicar en la parcela 21 del Área de Expansión Ganadera del término municipal de Alfambra (Teruel), y promovida por Lomar Avícola SL. (Número de Expediente INAGA 500202/02/2020/03795).

Publicado el 26/07/2021 (Nº 156)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

Con fecha de 8 de junio de 2020, se presenta la solicitud de modificación puntual de la Autorización Ambiental Integrada de la explotación avícola de producción de carne ES440160000808, para modificar errores detectados en la resolución y solicitar prórroga para la ejecución de las obras.

Antecedentes de hecho

Mediante Resolución de este Instituto, de 8 de febrero de 2012, se otorgó la Autorización Ambiental Integrada para la instalación de una explotación avícola de engorde de pollos hasta 684 UGM, situada en la parcela 21, del Área de Expansión Ganadera, del término municipal de Alfambra (Teruel) (Número Expte. INAGA 500301/02/2010/09604).

Resolución de 9 de mayo de 2014, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 8 de febrero de 2012, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental y se otorga la Autorización Ambiental Integrada para la instalación de una explotación avícola de engorde de pollos hasta 684 UGM, situada en la parcela 21, del Área de Expansión Ganadera, del término municipal de Alfambra (Teruel), y promovida por la sociedad Isana Alfambra, SLU. (Número Expte. INAGA 500601/02/2014/00774).

Resolución de 17 de junio de 2014, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se actualiza la Autorización Ambiental Integrada, con cambio de titularidad, de la explotación ganadera cuyo titular es Isana Alfambra, SLU, CIF: B44251338, ubicada en el término municipal de Alfambra, provincia de Teruel (Número de Expediente INAGA 500601/02/2014/02765).

Resolución del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se toma conocimiento del cambio de titularidad de la Autorización Ambiental Integrada de la explotación avícola (ES440160000808) con capacidad para 136.800 pollos de engorde, 547,20 UGM, ubicada en el polígono 19, parcelas 200, 201, 202, 203, 204, 207, 208 y 209, del término municipal de Alfambra (Teruel), a favor de Lomar Avícola, SL (Número Expediente INAGA 500202/02/2019/04018).

La modificación puntual consiste en actualizar las coordenadas de la ubicación, la gestión de los residuos y solicitar prórroga para ejecutar la ampliación.

Considerando los criterios del artículo 14.1 del Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, la modificación propuesta se considera no sustancial. Sin embargo, procede recoger estos cambios en la Autorización Ambiental Integrada, modificando puntualmente la resolución, todo ello de acuerdo al artículo 64 de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón.

Fundamentos jurídicos

De conformidad con lo establecido en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, sobre actividades e instalaciones ganaderas; el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales; Real Decreto 692/2010, de 20 de mayo, por el que se establecen las normas mínimas para la protección de los pollos destinados a la producción de carne; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se resuelve,

Modificar puntualmente la Resolución de 8 de febrero de 2012, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental y se otorga Autorización Ambiental Integrada para la instalación de una explotación avícola con capacidad para 136.800 pollos de engorde, en los siguientes puntos dejando inalterado el resto:

El punto 1.1, queda sustituido por lo siguiente:

"El inicio de las obras para la ejecución del proyecto deberá comenzar antes de los tres años de la presente declaración de impacto ambiental. Si transcurrido el plazo, el promotor no ha comenzado su ejecución, deberá comunicarlo a este Instituto Aragonés de Gestión Ambiental para que, si procede, establezcan nuevas prescripciones, incluso las referidas al ámbito temporal y efectos de la presente declaración o, en su caso, acuerde la necesidad de iniciar un nuevo procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Se concede una prórroga de un año desde la publicación de la presente Resolución. El plazo de ejecución tras la presente prorroga será improrrogable de nuevo. Y se deberá tener en cuenta la aplicación de la revisión de Autorización Ambiental Integrada con respecto a la aplicación de las Mejoras técnicas disponibles (MTDs), que dio lugar a la apertura del expediente INAGA 500202/02/2020/02437".

El punto 2, se sustituye por lo siguiente:

" Otorgar la Autorización Ambiental Integrada a Lomar Avícola SL, con NIF B44274967 para la instalación de una explotación avícola con capacidad para 136.800 pollos de engorde, a ubicar en la parcela 21 del Área de Expansión Ganadera del término municipal de Alfambra (Teruel), constituida mediante la agrupación de las parcelas 21, 22, 23, 24, 25, 28, 29 30 y 31 establecidas para el polígono ganadero, y que coinciden con las parcelas catastrales 200, 201, 202, 203, 204, 207, 208 y 209 del polígono 19 de Alfambra (Teruel), con unas coordenadas UTM en el Huso 30 para el centro de las instalaciones de X = 665328 - Y = 4.489.613. La autorización se otorga con el siguiente condicionado:"

El punto 2.7 Residuos peligrosos, queda sustituido por lo siguiente:

"El promotor cuenta con un gestor de residuos autorizado para la recogida y gestión de los residuos zoosanitarios generados en la explotación.

Los residuos generados son: residuos de "envases de plástico "(Cod. 150102) y envases que contienen restos de sustancias peligrosas o están contaminados por ellas "(contaminados con biocidas o fitosanitarios) (Cod. 150110) con una previsión de producción de 6 Kg. /año. Estos residuos se almacenarán en contenedores homologados suministrados por el gestor, debiendo ser el tiempo máximo de almacenamiento de seis meses. El promotor deberá acreditar en todo momento la posesión y vigencia de contrato de recogida firmado con gestor autorizado y conservar al menos el último documento de entrega.

Para los residuos peligrosos que puedan originarse en la explotación (baterías, lubricantes, etc.), se dispone de contrato con gestor autorizado, y se conservara al menos el último documento de entrega".

Sin perjuicio de los criterios establecidos en esta Resolución, la modificación propuesta estará supeditada a cualquier otra intervención administrativa necesaria previa al inicio de la actividad.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante el Sr. Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro recurso que, en su caso, pudiera interponerse.

Zaragoza, 28 de abril de 2021.

El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, JESÚS LOBERA MARIEL