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EXTRACTO de la Orden/DRS/1119/2016, de 6 de septiembre, del Consejero del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, por la que se convocan subvenciones para inversiones en activos físicos en Espacios Naturales Protegidos en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón, 2014 - 2020, para el año 2016.

Publicado el 16/09/2016 (Nº 180)
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Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

BDNS (Identif.): 316688.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero.- Beneficiarios.

Las personas físicas o jurídicas, así como sus agrupaciones que formen una unidad económica, siempre que desarrollen su actividad empresarial agraria, ganadera o forestal en los espacios naturales protegidos y en sus áreas de influencia socioeconómica (municipios del anexo II).

Segundo.- Objeto.

Convocar las subvenciones destinadas a 4.1.b. "Inversiones en activos físicos en Espacios Naturales Protegidos" para el año 2016, en el marco del Programa para Desarrollo Rural de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Tercero.- Bases reguladoras.

Orden DRS/105/2016, de 9 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones en materia de inversiones en activos físicos en espacios naturales protegidos, en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón, 2014-2020.

Publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 40, de 29 de febrero de 2016.

Cuarto.- Cuantía.

La cuantía total máxima para esta convocatoria es de 116.222,10 €, con una distribución plurianual de 11.622,21 € para el año 2016 y 104.599,89 € para el año 2017.

Dentro del crédito disponible, la cuantía individualizada de la subvención se determinará según lo establecido en el apartado quinto, sin que dicha cuantía pueda superar la cantidad de 6.000 €, siendo el porcentaje máximo de ayuda del 40%.

La determinación exacta de la cuantía se realizará de acuerdo con el siguiente baremo:

Porcentaje sobre inversión solicitada Inversión solicitada sin IVA

Menor al 40% mayor a 15.000 €

Igual al 40 % Menor o igual a 15.000 €

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de las solicitudes comenzará el día de la publicación de esta orden en el "Boletín Oficial de Aragón", y finalizará el 14 de octubre de 2016.

Zaragoza, 6 de septiembre de 2016.- El Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, Joaquín Olona Blasco.