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RESOLUCIÓN de 19 de mayo de 2015, del Director General de Ordenación Académica, por la que se modifica la autorización del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria "La Salle-San José", de Teruel.

Publicado el 12/06/2015 (Nº 111)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Examinado el expediente administrativo instruido a instancia del representante de la titularidad del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria "La Salle-San José", código 44003041, con domicilio en la calle Tenor Marín, 6A de Teruel, solicitando modificación de la autorización por implantación de 2 grupos del Ciclo Formativo de Formación Profesional Básica "Servicios Comerciales".

Vistos los informes emitidos por la Unidad Técnica de Construcción del Servicio Provincial de Educación, Universidad, Cultura y Deporte de Teruel, sobre el cumplimiento de la normativa vigente, en cuanto a espacios mínimos se refiere, así como la adecuación de las instalaciones a los planos aprobados.

De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general, y en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 9 del Decreto 336/2011, de 6 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, resuelvo:

Primero.- Modificar la autorización del centro docente privado que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria

Denominación específica: "La Salle-San José".

Código: 44003041.

Titular: Hermanos de las Escuelas Cristianas.

Domicilio: C/ Tenor Marín, 6A.

Localidad: Teruel.

Municipio: Teruel.

Provincia: Teruel.

Como resultado de la modificación de la autorización, el centro queda configurado de la siguiente forma:

- Educación Infantil de Segundo Ciclo, 6 unidades / 150 pp.ee.

- Educación Primaria, 12 unidades / 300 pp.ee.

- Educación Secundaria Obligatoria, 12 unidades /360 pp.ee.

- Bachillerato de Ciencias, 3 unidades / 105 pp.ee.

- Bachillerato de Humanidades y Ciencias Sociales, 3 unidades / 105 pp.ee.

- Ciclo Formativo de Formación Profesional Básica "Servicios Comerciales-FPB09", 2 grupos (uno para 1er curso y otro para 2.º ) / 30 pp.ee.

Segundo.- La modificación de la autorización no implica concierto educativo para dichas enseñanzas.

Tercero.- El Servicio Provincial de Educación, Universidad, Cultura y Deporte de Teruel, previo informe de la Inspección de Educación, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en el centro.

Cuarto.- El Centro deberá cumplir la normativa vigente en lo relativo a condiciones higiénicas, acústicas, de habitabilidad y de seguridad, así como en lo referente a barreras arquitectónicas, CTE y cualquier otra normativa aplicable.

Quinto.- Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente en cada momento y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente resolución.

Sexto.- Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 107, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción establecida por la Ley 4/1999, de 13 de enero y del artículo 58 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio.

Zaragoza, 19 de mayo de 2015.

El Director General de Ordenación Académica,

MARCO A. RANDO RANDO