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EXTRACTO de la Orden/DRS/1118/2016, de 6 de septiembre, del Consejero del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, por la que se convocan subvenciones en materia de servicios básicos y renovación de poblaciones en áreas de influencia socioeconómica de espacios naturales protegidos en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón, 2014 - 2020, para el año 2016.

Publicado el 16/09/2016 (Nº 180)
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Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

BDNS (Identif.): 316682.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero.- Beneficiarios.

Los municipios situados en las áreas de influencia socioeconómica de los espacios naturales protegidos siempre que cumplan las condiciones para su otorgamiento conforme a estas bases y a la respectiva convocatoria (municipios del anexo II).

Segundo.- Objeto.

Convocar las subvenciones destinadas a 7.2. "Servicios básicos y renovación de poblaciones en áreas de influencia socioeconómica de ENP" para el año 2016, en el marco del Programa para Desarrollo Rural de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Tercero.- Bases reguladoras.

Orden DRS/253/2016, de 8 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones en materia de servicios básicos y renovación de poblaciones en áreas de influencia socioeconómica de espacios naturales protegidos, en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón, 2014-2020.

Publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 61, de 31 de marzo de 2016.

Cuarto.- Cuantía.

La cuantía total máxima para esta convocatoria es de 1.033.086,25 €, con una distribución plurianual de 168.757,25 € para el año 2016 y 864.329 € para el año 2017.

Dentro del crédito disponible, la cuantía individualizada de la subvención se determinará según lo establecido en el apartado quinto de la orden de convocatoria, siendo el porcentaje máximo de ayuda del 80% de la inversión subvencionable.

La determinación exacta de la cuantía se realizará de acuerdo con el siguiente baremo:

Puntuación total obtenida Importe máximo de la subvención

25.000 - 10.001 puntos 47.500 €

10.000 - 4.001 puntos 20.000 €

< 4.001 puntos 6.000 €

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de las solicitudes comenzará el día de la publicación de esta orden en el "Boletín Oficial de Aragón", y finalizará el 14 de octubre de 2016.

Zaragoza, 6 de septiembre de 2016.- El Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, Joaquín Olona Blasco.