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ANUNCIO del Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Teruel, por el que se publica la Resolución de 8 de junio de 2020, del Director del Servicio Provincial de Teruel, por la que se acuerda suspender el plazo de las actuaciones del procedimiento del deslinde parcial del monte "Rodeo de la Ciudad", número 320 del catálogo de Teruel, Fase 4.

Publicado el 13/07/2020 (Nº 137)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

El Director del Servicio Provincial de Teruel, mediante Resolución de 8 de junio de 2020, ha acordado la suspensión del plazo de las actuaciones del procedimiento del deslinde parcial administrativo del monte de utilidad pública "Rodeo de la Ciudad", número 320 del Catálogo de Teruel, perteneciente a Ciudad y Comunidad de Albarracín y situado en el término municipal de Albarracín, Fase 4: en la parte del monte que se encuentra en los polígonos catastrales 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 71 y 72 del término municipal de Albarracín.

Visto que se publicó el anuncio de declaración en estado de deslinde e inicio de operaciones de la Fase 4, en el "Boletín Oficial de Aragón", número 39, de 26 de febrero de 2020, teniendo previsto comenzar las operaciones el día 2 de abril de 2020, fijando el lugar de encuentro en el Ayuntamiento de Albarracín, a las 9:00 h de la mañana.

Visto la aprobación del Real Decreto 463/2000, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Visto que con fecha 19 de marzo se remitieron oficios a la Entidades Locales propietarias del Monte: Ayuntamiento de Albarracín y Comunidad de Albarracín, a los Ayuntamientos cuyos términos municipales colindan con el Monte, Royuela, Terriente y Saldón, en los que se comunicaba que por el motivo de la situación de Estado de Alarma, se traslada la fecha de inicio al día 16 de abril, y que esta nueva fecha de inicio tuvo que ser anulada por las sucesivas prórrogas del estado de alarma.

Visto que el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, establece en su Disposición Adicional Tercera, la suspensión de los plazos para la tramitación de procedimientos de las entidades del sector público, y que el cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el real Decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo.

Visto que el Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por Real Decreto 463/2020, 14 de marzo, en su artículo 9, dice que desde el 1 de junio de 2020 el cómputo de los plazos administrativos que hubiesen sido suspendidos se reanudará.

Visto que la Orden AGM /399/2020, de 15 de mayo, por la que se declara el levantamiento de la suspensión de los procedimientos que no comportan compromiso de gasto, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 100, de 22 de mayo de 2020, incluye los expedientes de deslinde administrativo.

Visto que en el expediente de deslinde del Monte 320, fase 4, aún no se ha podido celebrar la primera reunión, y que los propietarios colindantes con el Monte convocados a la misma tienen residencia en Teruel, Madrid, Barcelona, Alicante, Castellón, Ciudad Real y Valencia, con distinta Fase declarada con respecto a la evolución del Covid, por lo que no podrían acudir a la misma, ni tampoco a las operaciones de apeo hasta que no se levantasen completamente las restricciones de movimiento derivadas del estado de alarma.

Visto que la previsión es que el estado de alarma pierda su vigencia en todos estos territorios cuando se ya se ha iniciado el periodo de alta activación por incendios forestales, a la que el personal del servicio provincial presta una especial dedicación durante toda la fase de alta activación, que termina el 15 de septiembre, acuerdo:

Suspender el plazo de las actuaciones del procedimiento de deslinde parcial administrativo del monte "Rodeo de la Ciudad", número 320, del Catálogo de Utilidad Pública de la provincia de Teruel, perteneciente a la Ciudad y Comunidad de Albarracín y situado en el término municipal de Albarracín, Fase 4: en la parte del monte que se encuentra en los polígonos catastrales número 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 71 y 72 del término municipal de Albarracín, desde la fecha en que quede sin efectos la suspensión de plazos establecida en la Disposición Adicional Tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, hasta el 28 de septiembre de 2020.

Acordar como nueva fecha de inicio de las operaciones de deslinde parcial administrativo del monte "Rodeo de la Ciudad", número 320, del Catálogo de Utilidad Pública de la provincia de Teruel, Fase 4, el día 29 de septiembre de 2020, fijando el punto de encuentro en el Ayuntamiento de Albarracín, a las 9:00 horas.

Dar traslado del siguiente Acuerdo a las Entidades Locales propietarias del Monte: Ayuntamiento de Albarracín y Comunidad de Albarracín; a los Ayuntamientos cuyos términos municipales colindan con el Monte, Royuela, Terriente y Saldón, a la Comarca de Albarracín, y a los propietarios de los predios colindantes, y aquellos que ostenten un interés legítimo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 40 del Texto refundido de la Ley de Montes de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2017, de 20 de junio, del Gobierno de Aragón

Teruel, 8 de junio de 2020.- El Director del Servicio Provincial, Pedro M. Polo Íñigo.