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ORDEN CDS/1378/2021, de 21 de octubre, por la que se modifica la Orden CDS/757/2021, de 21 de junio, por la que se convocan subvenciones destinadas a la mejora de los emplazamientos donde se realizan las actividades contempladas en el Decreto 74/2018, de 24 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de las actividades juveniles de tiempo libre en la Comunidad Autónoma de Aragón en su modalidad de acampadas, colonias y campos de trabajo.

Publicado el 28/10/2021 (Nº 222)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE CIUDADANÍA Y DERECHOS SOCIALES

Texto completo:

La Comunidad Autónoma de Aragón, según establece el artículo 71. 38 de la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón, tiene atribuida la competencia exclusiva en materia de juventud. Asimismo, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 79, corresponde a la Comunidad Autónoma de Aragón la actividad de fomento en las materias de su competencia, a cuyos efectos podrá otorgar subvenciones con cargo a fondos propios regulando o, en su caso, desarrollando los objetivos y requisitos de otorgamiento y gestionando su tramitación y concesión.

En el artículo 11 de la Ley 6/2015, de 25 de marzo, de Juventud de Aragón, se establecen las competencias del Instituto Aragonés de la Juventud, y entre ellas se encuentra la de potenciar el desarrollo de las actividades de tiempo libre, el turismo y los intercambios internacionales de las personas jóvenes, especialmente en relación con los programas de la Unión Europea. Por su parte, la Ley 19/2001, de 4 de diciembre, por la que se crea el Instituto Aragonés de la Juventud, relaciona esta misma competencia entre sus funciones en el artículo tercero.

El Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales para el periodo 2021 a 2024, aprobado por Orden de 22 de enero de 2021, prevé con cargo a fondos propios dos líneas de subvenciones destinadas a espacios e instalaciones para la realización de actividades juveniles con el objetivo de dar apoyo a las entidades sin ánimo de lucro, personas físicas y entidades locales para mejorar espacios e instalaciones en los que se realizan actividades juveniles.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece que las subvenciones se regirán por sus bases reguladoras. A estos efectos, a la línea 780205 le será de aplicación la Orden CDS/514/2019, de 8 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de juventud; y a la línea 760159 le será de aplicación la Orden PRE/571/2016, de 13 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones con cargo al Fondo Local de Aragón.

Con fecha 5 de julio de 2021, se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón" la Orden CDS/757/2021, de 21 de junio, por la que se convocan subvenciones destinadas a la mejora de los emplazamientos donde se realizan las actividades contempladas en el Decreto 74/2018, de 24 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de las actividades juveniles de tiempo libre en la Comunidad Autónoma de Aragón en su modalidad de acampadas, colonias y campos de trabajo.

En la citada Orden se establecía en la base decimosexta que el plazo de justificación de dicha subvención finalizaría el 2 de noviembre de 2021. De acuerdo con lo establecido en el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se acuerda conceder de oficio una ampliación del plazo de justificación establecido, como consecuencia de las circunstancias sobrevenidas y dada la insuficiencia de medios personales y materiales que impiden cumplir con la evacuación adecuada y plazos establecidos.

Por todo lo anterior, en el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas, dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden CDS/757/2021, de 21 de junio, por la que se convocan subvenciones destinadas a la mejora de los emplazamientos donde se realizan las actividades contempladas en el Decreto 74/2018, de 24 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de las actividades juveniles de tiempo libre en la Comunidad Autónoma de Aragón en su modalidad de acampadas, colonias y campos de trabajo.

Uno. Se modifica el apartado 3 de la base decimosexta, que queda redactado de la siguiente forma:

"3. El plazo para la justificación comenzará al día siguiente de la publicación en el "Boletín Oficial de Aragón" de la Resolución de concesión y finalizará el 15 de noviembre de 2021. En ningún caso se autorizarán certificaciones fuera de dicho plazo".

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 21 de octubre de 2021.

La Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales, MARÍA VICTORIA BROTO COSCULLUELA