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RESOLUCIÓN de 12 de noviembre de 2018, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 1 de agosto de 2007, del Instituto Aragonés de gestión Ambiental, en la que se otorgó la autorización ambiental integrada para la explotación porcina de cebo, con una capacidad para 2600 plazas (312 UGM), ubicada en la parcela 200 del polígono 602 del término municipal de Biota (Zaragoza), y promovida por Abamon C.B. (Expte INAGA 500202/02/2018/8548).

Publicado el 18/12/2018 (Nº 243)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Con fecha 3 de agosto de 2018 el promotor solicita a este Instituto modificación puntual, consistente en inclusión del sistema de calefacción no previsto inicialmente y sustitución de depósitos por balsas de agua.

Antecedentes de hecho

La explotación porcina con código REGA ES-500510000034, dispone de autorización ambiental integrada otorgada mediante Resolución de 1 de agosto de 2007, de este instituto, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 101, de 27 de agosto de 2007. (Expte INAGA 500301/02/2006/10596).

Mediante Resolución de 19 de noviembre de 2013, de este Instituto, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 252, de 26 de diciembre de 2013, se procede a la actualización de dicha autorización ambiental integrada (Número de Expediente INAGA 500601/02/2013/10648).

La modificación puntual solicitada en el presente expediente consiste en la inclusión de 2 estufas metálicas de carbón, estimándose un consumo anual de 2600 Kg de combustible. Se estima un uso anual de unas 200 horas, y su rendimiento calorífico es del 70 %. El almacenamiento de agua originalmente previsto mediante dos depósitos de agua de 1128 m³, ha sido sustituido por dos balsas de agua de dimensiones 10 x 20 x 3 m. (600 m³) y 25 x 25 x 3 (1875 m³). El depósito de agua elevado de 10 m³ permanece inalterado. Se añade un grupo electrógeno de gasolina de emergencia.

Fundamentos jurídicos

De conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, sobre actividades e instalaciones ganaderas; la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de los cerdos; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

Por la presente se resuelve:

Modificar puntualmente la Resolución de 1 de agosto de 2007, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorgó la autorización ambiental integrada para la explotación porcina de cebo, con una capacidad para 2.600 plazas (312 UGM), ubicada en la parcela 200 del polígono 602 del término municipal de Biota (Zaragoza), y promovida por Abamon C.B., en el siguiente punto, dejando inalterado el resto:

El punto 1.1 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"1.1. Las Instalaciones existentes autorizadas para el desarrollo de la actividad se corresponden con: dos naves de cebo con las siguientes dimensiones: 18,80 x 60 m. y 14,80 x 90 m., una caseta oficina y alojamiento del grupo electrógeno y bombeo de dimensiones 5 x 5 m., una fosa de purines con capacidad útil de 1.553 m³ impermeabilizada con hormigón, una fosa de cadáveres de 84 m³ de volumen útil de hormigón armado, dos balsas de agua de dimensiones 10 x 20 x 3 m. (600 m³) y 25 x 25 x 3 (1875 m³), un depósito de agua elevado de 10 m³, vado sanitario y vallado perimetral a la explotación".

El punto 1.3 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"1.3. El suministro eléctrico se realizará mediante grupo electrógeno de 20 kvas de potencia que utiliza como combustible gasoil, el consumo energético anual estimado es de 7.668 Kwh. Se estima un consumo anual de 7.668 litros. Se dispone también de un grupo electrógeno de emergencias de gasolina, de 5,6 kw de potencia nominal.

El sistema de calefacción consiste en 2 estufas metálicas de carbón, se estima un consumo anual de 2600 kg de combustible. Su uso será puntual, únicamente cuando coincida la entrada de lechones con los meses más fríos del año. La clasificación de estos focos emisores, según el anexo del Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, está incluida en el código 02 03 04 04, sin grupo asignado. Los límites de emisión de contaminantes a la atmósfera no superarán los valores 616 mg/Nm³ de NOx y 625 mg/Nm³ de CO para el grupo electrógeno y de 616 mg/Nm³ de NOx y 1500 mg/Nm³ de CO. para las estufas de carbón.

Estos focos emisores quedan exentos de control externo. En cualquier caso, se deberán realizar un mantenimiento periódico adecuado con objeto de minimizar las emisiones a la atmósfera".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 12 de noviembre de 2018.

El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, JESÚS LOBERA MARIEL