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ORDEN ECD/1726/2018, de 18 de octubre, por la que se conceden subvenciones para las actividades ordinarias de las federaciones deportivas aragonesas realizadas en el ejercicio 2018.

Publicado el 06/11/2018 (Nº 214)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Mediante Orden ECD/510/2018, de 6 de marzo ("Boletín Oficial de Aragón", número 62, de 28 de marzo de 2018), se convocaron ayudas para las actividades ordinarias de las federaciones deportivas aragonesas realizadas en el ejercicio 2018.

El objeto de dicha convocatoria es la concesión de ayudas para el apoyo al programa de actividades ordinarias de las federaciones deportivas aragonesas realizadas en el año 2018, siendo los posibles beneficiarios de las mismas las federaciones deportivas aragonesas inscritas en el Registro General de Asociaciones Deportivas de Aragón, y que reúnan los requisitos para obtener la condición de beneficiario, de acuerdo con el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Las solicitudes fueron examinadas por la comisión de valoración prevista en el artículo decimotercero de la convocatoria, constituida al efecto los días 18 de junio, 6 de julio y 14 de septiembre, atendiendo a las disponibilidades económicas del presupuesto del ejercicio 2018 y a los criterios de valoración previstos en el artículo 85 de las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de deporte, y en el artículo decimosegundo de la propia convocatoria.

Por ello, teniendo en cuenta la Orden ECD/747/2016, de 5 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de deporte ("Boletín Oficial de Aragón", número 142, de 25 de julio de 2016), modificada por Orden ECD/1622/2016, de 14 de noviembre ("Boletín Oficial de Aragón", número 223, de 18 de noviembre de 2016), por Orden ECD/473/2017, de 29 de marzo ("Boletín Oficial de Aragón", número 73, de 18 de abril de 2017), por Orden ECD/1102/2017, de 13 de julio ("Boletín Oficial de Aragón", número 150, de 7 de agosto de 2017), y los criterios de la Orden ECD/510/2018, de 28 de marzo, por la que se convocan ayudas para las actividades ordinarias de las federaciones deportivas aragonesas realizadas en el ejercicio 2018; evaluadas las solicitudes por la comisión de valoración, y vista la propuesta de resolución definitiva elevada por el Director General de Deporte, en uso de las competencias que legalmente me han sido atribuidas, resuelvo:

Primero.- Conceder subvenciones para las actividades ordinarias de las federaciones deportivas aragonesas realizadas en el ejercicio 2018, que figuran en los anexos a esta orden, de conformidad con lo dispuesto en la Orden ECD/510/2018, de 6 de marzo.

En el anexo I se recogen las subvenciones concedidas en relación con el programa "Aulas de Tecnificación Deportiva", que ascienden a un total de setenta y unos mil novecientos diecinueve euros (71.919 €).

En el anexo II se recogen las subvenciones concedidas en relación con el programa "Banco de Actividades" de la Dirección General de Deporte, que ascienden a un total de treinta y unos mil noventa y dos euros (31.092 €).

En el anexo III se recogen las subvenciones concedidas en relación con las restantes actividades ordinarias de las federaciones deportivas aragonesas, que ascienden a un total de novecientos cuatro mil ochocientos sesenta y seis euros (904.866 €).

Para la determinación de la cuantía individualizada de cada una de las subvenciones, se ha tenido en consideración la puntuación obtenida por cada una de las federaciones, así como el límite del 80% del proyecto subvencionable aprobado establecido por el artículo 3.2 de la orden de convocatoria y el importe de las subvenciones solicitadas; en ambos casos, la subvención concedida no puede superar dichos importes.

Conforme a lo dispuesto por el artículo 89.1 de la Orden ECD/747/2016, de 5 de julio, las federaciones deberán justificar el importe total del proyecto subvencionable aprobado.

Por lo expuesto, el conjunto de las subvenciones concedidas asciende a un total de un millón siete mil ochocientos setenta y siete euros, (1.007.877 €), a satisfacer con cargo al Presupuesto del Departamento para 2018, en la posición presupuestaria 18070/4571/480115/91002, PEP 2006/001150.

Segundo.- De acuerdo con el artículo séptimo de la convocatoria, podrán ser objeto de subvención las actuaciones que hayan sido realizadas entre el 16 de noviembre de 2017 y el 10 de noviembre de 2018, y efectivamente pagadas antes del 11 de diciembre de 2018.

El pago de la cuantía concedida queda condicionado a la justificación de las actividades objeto de la subvención, que habrá de realizarse en los términos previstos en el artículo 22 de la orden de convocatoria, finalizando el plazo de presentación de la documentación justificativa el día 11 de diciembre de 2018.

No obstante, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 23 de la orden de convocatoria, se realizará un pago anticipado de las subvenciones concedidas por un importe del 50%, en los términos establecidos en dicho artículo.

Tercero.- Se desestiman las solicitudes presentadas por las federaciones deportivas relacionadas en el anexo IV, por los motivos expuestos en el mismo.

En cuanto a las obligaciones de los beneficiarios, se estará a lo especificado en la Orden ECD/747/2016, de 5 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de Deporte, y en la Orden ECD/510/2018, de 6 de marzo, por la que se convocan ayudas para las actividades ordinarias de las federaciones deportivas aragonesas realizadas en el ejercicio 2018; así como a las obligaciones de carácter general que se contemplan en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón. Asimismo, los beneficiarios estarán obligados a suministrar información en los términos establecidos en la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y participación Ciudadana de Aragón.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante la Consejera de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, desde el día siguiente a su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 18 de octubre de 2018.

La Consejera de Educación, Cultura y Deporte, MARÍA TERESA PÉREZ ESTEBAN