Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

RESOLUCIÓN de 12 de noviembre de 2018, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la de 5 de diciembre de 2013, en la que se actualizó la autorización ambiental integrada de la explotación porcina de cebo existente con una capacidad para 3430 plazas, (412 UGM), ubicada en la parcela 147 del polígono 9 del término municipal de Leciñena (Zaragoza), y promovida por la sociedad Hnos Marcén Maza S.C. (Expte INAGA 500202/02/2018/09153).

Publicado el 18/12/2018 (Nº 243)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Con fecha 27 de agosto de 2018 el promotor solicita a este Instituto modificación puntual, consistente en actualización de las instalaciones que componen la explotación e incorporación de sistema de calefacción.

Antecedentes de hecho

Primero.- La explotación dispone de autorización ambiental integrada otorgada mediante Resolución de 20 de febrero de 2006, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 28, de 8 de marzo de 2006. (Expte. INAGA 500301/02/2005/04907).

Segundo.- Mediante Resolución de 5 de diciembre de 2013, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 14, de 22 de enero de 2014, se actualiza la autorización ambiental integrada de la explotación. (Expte. INAGA 500601/02/2013/01068).

Tercero.- La modificación puntual solicitada en el presente expediente consiste en modificar el número y tamaño de fosas de purín y de cadáveres, originalmente estaban previstas tres fosas de purines con una capacidad total de 1905 m³, y finalmente se construyó una única fosa de dimensiones 54 x 24 x 3 m. (2230 m³). Se habían proyectado a su vez 3 fosas de cadáveres de dimensiones 3 x 2 x 2 m. (12 m³) cada una, y finalmente se construyó solo una de 5 x 2,45 x 3 m. (36,75 m³). Se dispone de un sistema de calefacción compuesto por 12 estufas de carbón para uso ocasional, cuando coincida la entrada de lechones con los meses más fríos del año. Se estima un consumo de 5000 Kg de carbón anualmente.

Fundamentos jurídicos

De conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, sobre actividades e instalaciones ganaderas; la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de los cerdos; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

Por la presente se resuelve,

Modificar puntualmente la Resolución de diciembre de 2013, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, en la que se actualizó la autorización ambiental integrada de la explotación porcina de cebo existente con una capacidad para 3430 plazas, (412 UGM), ubicada en la parcela 147 del polígono 9 del término municipal de Leciñena (Zaragoza), y promovida por la sociedad Hnos Marcén Maza S. C., en los siguientes puntos, dejando inalterado el resto:

El punto 1.1 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"1.1. Las instalaciones existentes para el desarrollo de la actividad, se corresponden con tres naves de cebo de dimensiones 66 x 14,50 m. cada una; una fosa de purines impermeabilizada con hormigón de dimensiones 54 x 24 x 3 m., con una capacidad de 2.230 m³; una fosa de cadáveres de 5 x 2,5 x 3 m con una capacidad útil total de 36,75 m³; vado de desinfección y vallado perimetral de la explotación".

El punto 1.2 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"1.2. Consumos.

El abastecimiento de agua se realiza a través de una conexión a la red general de agua potable del Ayuntamiento de Leciñena. La explotación cuenta con un aljibe para el almacenamiento de agua potable. Se estima un consumo anual de 11.000 m³.

El suministro eléctrico se realiza a través de un grupo electrógeno de 10 kVA. Se estima un consumo anual de 1.000 l de gasoil para el funcionamiento de este equipo. El consumo anual de energía eléctrica se estima en 4.380 kWh.

El suministro de calefacción se realiza mediante 12 estufas de carbón, su uso será ocasional, cuando coincida la entrada de lechones con los meses más fríos. Se estima un consumo anual de 5.000 Kg de carbón".

El punto 1.3.3 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"1.3.3. Focos emisores.

El suministro eléctrico se realiza a través de un grupo electrógeno de 10 kVA. El suministro de calefacción se realiza a través de 12 estufas de carbón. Estos focos no tienen grupo asignado y pertenece al código 02 03 04 04.

Los límites de emisión de contaminantes a la atmósfera no superarán los valores 616 mg/Nm³ de NOx y 625 mg/Nm³ de CO para el grupo electrógeno y de 616 mg/Nm³ de NOx y 1500 mg/Nm³ de CO. para las estufas de carbón.

Estos focos emisores quedan exentos de control externo. En cualquier caso, se deberán realizar un mantenimiento periódico adecuado con objeto de minimizar las emisiones a la atmósfera".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 12 de noviembre de 2018.

El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, JESÚS LOBERA MARIEL