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RESOLUCIÓN de 10 de mayo de 2013, del Director General de Ordenación Académica, por la que se extingue la autorización del centro privado de Formación Profesional Específica "Pivot Point Center Romero II" de Zaragoza, por cese de actividades.

Publicado el 06/06/2013 (Nº 110)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Vista la solicitud de extinción de la autorización, por cese de actividades docentes, formulada por el representante de la titularidad del Centro Privado de Formación Profesional Específica "Pivot Point Center Romero II" de Zaragoza, y de acuerdo con el informe emitido al efecto por la Inspección del Servicio Provincial de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 15 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, resuelvo:

Primero.- Acordar, a instancia de parte interesada, la extinción de la autorización del Centro Privado de Formación Profesional "Pivot Point Center Romero II", código n.º 50017357, con domicilio en P.º María Agustín, 101-103 de Zaragoza, por haber cesado de hecho en la actividad docente para la que fue autorizado.

Segundo.- Esta extinción tendrá efectos desde el inicio del curso académico 2013-2014.

Tercero.- La presente extinción de la autorización se comunicará de oficio al Registro de centros docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Cuarto.- Quedan sin efecto las disposiciones que autorizaron el funcionamiento legal de dicho centro, siendo necesario para el caso de que se instase la reapertura del mismo, dar cumplimiento a los preceptos establecidos por la normativa vigente en materia de autorización de centros docentes privados.

Quinto.- Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 107, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción establecida por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y de los artículos 16 y 58 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio.

Zaragoza, 10 de mayo de 2013.

El Director General

de Ordenación Académica,

MARCO A. RANDO RANDO