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ORDEN de 5 de julio de 2013, del Consejero de Presidencia y Justicia, por la que se dispone la publicación de la adenda para el año 2013, al convenio entre el Gobierno de Aragón y las Cámaras de Comercio de Zaragoza, Huesca y Teruel, para el desarrollo del Programa Plan de Iniciación a la Promoción Exterior (PIPE) y al Programa PIPE Seguimiento, periodo 2007-2013.

Publicado el 24/07/2013 (Nº 145)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA

Texto completo:

Inscrita en el Registro General de Convenios con el núm. 2013/5/0029 la adenda suscrita, con fecha 6 de mayo de 2013, por el Consejero de Industria e Innovación del Gobierno de Aragón y los Presidentes de las Cámaras de Comercio de Zaragoza, Huesca y Teruel, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 5 de julio de 2013.

El Consejero de Presidencia y Justicia,

ROBERTO BERMÚDEZ DE CASTRO MUR

Anexo

Adenda, para el año 2013, al convenio entre el Gobierno de Aragón y las Cámaras de Comercio de Zaragoza, Huesca y Teruel, para el desarrollo del Programa Plan de Iniciación a la Promoción Exterior (PIPE) y al Programa PIPE Seguimiento, periodo 2007-2013

En Zaragoza, a 6 de mayo de 2013.

De una parte el Excmo. Sr. Consejero de Industria e Innovación, D. Arturo Aliaga López, en virtud del Decreto de 30 de diciembre de 2011, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se dispone su nombramiento, actuando en nombre y representación del Gobierno de Aragón, según acuerdo de este órgano de fecha 30 de abril de 2013.

De otra Don Manuel Teruel Izquierdo, Presidente de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Zaragoza, en virtud del nombramiento efectuado por el Pleno de dicha Corporación el 25 de abril del 2006, hallándose en ejercicio de sus funciones representativas que le asigna el artículo 7.1 c) de la Ley 3/1993, de 22 de marzo, Básica de la Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación.

De otra Don Manuel Rodríguez Chesa, Presidente de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Huesca, en virtud del nombramiento efectuado por el Pleno de dicha Corporación el 7 de abril del 2010, hallándose en ejercicio de sus funciones representativas que le asigna el artículo 7.1 c) de la Ley 3/1993, de 22 de marzo, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación.

De otra D. Jesús Blasco Marqués, Presidente de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Teruel, en virtud del nombramiento efectuado por el Pleno de dicha Corporación el 19 de abril del 2010, hallándose en ejercicio de sus funciones representativas que le asigna el artículo 7.1 c) de la Ley 3/1993, de 22 de marzo, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación.

Todas las partes se reconocen recíprocamente capacidad legal suficiente para obligarse mediante la presente adenda, exponen:

Con fecha 3 de octubre de 2007 se firmó el convenio entre el Gobierno de Aragón, el Instituto de Comercio Exterior (ICEX), el Consejo Superior de Cámaras y las Cámaras de Comercio de de Zaragoza, Huesca y Teruel para el desarrollo del Plan de Iniciación a la Promoción Exterior (PIPE), para el periodo 2007-2013.

Con su firma se daba continuidad a este programa ya iniciado en virtud de los Convenios suscritos el 20 de julio de 1998 y el 2 de octubre de 2001.

El programa PIPE tiene como objetivo ayudar a las PYMES españolas para su iniciación práctica en la exportación desarrollándose en tres fases con una duración de dos años.

La cláusula segunda del citado convenio dispone que la aportación financiera de las partes firmantes para cada ejercicio, durante el periodo de vigencia del mismo, se determinará anual y conjuntamente mediante una adenda financiera que se adicionará al convenio como parte integrante del mismo. En ella se deberá reflejar el objetivo numérico de empresas PIPE para cada año y la correspondiente cofinanciación específica de acuerdo con lo que determine el Grupo de Coordinación Autonómico y, posteriormente, apruebe la Unidad Operativa del programa. Asimismo, las condiciones de justificación y pago de las actuaciones realizadas en el marco del Programa se determinarán anualmente en los anexos que acompañen a las citadas Adendas. Sin embargo, desde el año 2010 no se han incorporado nuevas empresas al programa, por lo que el número de empresas participantes se encuentra ya definido por las adendas firmadas hasta ese año y los compromisos financieros para los participantes, si bien se debe realizar su dotación anual en función del avance de las empresas participantes en el programa de trabajo previsto, es una cuantía que se deduce del avance realizado hasta el momento.

En la anualidad de 2012 no se suscribió la addenda por motivos administrativos relacionados con la participación del ICEX, pero éste mantiene sus compromisos con las empresas, habiendo realizado sus pagos según consta en los informes de auditoria de 2012.

En la actualidad se considera preciso que se formalice la correspondiente Adenda entre el Gobierno de Aragón y las Cámaras de Comercio que permita hacer efectiva la aportación financiera del Gobierno de Aragón a las Cámaras, en cuanto colaboradoras de la gestión de los programas, de forma que se contribuya a una eficaz continuación del desarrollo de estos, sin perjuicio de las actuaciones que al respecto efectúe el ICEX.

La celebración de esta Adenda se encuentra prevista en la Orden de 20 de febrero de 2012, del Consejero de Industria e Innovación, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Industria e Innovación.

Por lo expuesto, las partes firmantes acuerdan:

Primero.- Las acciones contempladas y la asignación prevista de fondos en el marco del Plan de Iniciación a la Promoción Exterior (PIPE) para el año 2013 son:

-Concepto: PIPES procedentes de años anteriores.

-Número de empresas: 25.

-Importe subvencionable: 351.670 €.

Segundo.- La aportación financiera de cada institución a las cuentas PIPE provinciales para el ejercicio 2013, es el que sigue:

-Aportación del Gobierno de Aragón (porcentaje de financiación del 20%) es de 70.334, 00€.

-Aportación de las Cámaras de Comercio (porcentaje de financiación del 10%) de 35.167,00€ con el siguiente desglose:

Cámara de Comercio de Zaragoza: 21.957,00€.

Cámara de Comercio de Huesca: 5.850,00€.

Cámara de Comercio de Teruel: 7.360,00€.

-Aportación de las empresas participantes: (porcentaje de financiación del 70% del que podrán recuperar un máximo del 50% del total del importe subvencionable a través del ICEX)

Tercero.- Las acciones contempladas y la asignación prevista de fondos en el marco del Plan de Seguimiento del PIPE para el año 2013 son:

-Concepto: PIPES procedentes de años anteriores.

-Número de empresas: 14.

-Importe subvencionable: 98.600 €.

Cuarto.- La aportación financiera de cada institución a las cuentas seguimiento PIPE provinciales, para el ejercicio 2013, es el que sigue:

-Aportación del Gobierno de Aragón (porcentaje de financiación del 15%) es de 14.790, 00€.

-Aportación de las Cámaras de Comercio (porcentaje de financiación del 10%) de 9.860,00€ con el siguiente desglose:

Cámara de Comercio de Zaragoza: 7.360,00€.

Cámara de Comercio de Huesca: 500,00€.

Cámara de Comercio de Teruel: 2.000,00€.

-Aportación de las empresas participantes: (porcentaje de financiación del 75% del que podrán recuperar un máximo del 25% del total del importe subvencionable a través del ICEX).

Anexo

Justificación y pago

1. La aportación financiera del Gobierno de Aragón se realizará a las Cámaras Oficiales de Comercio e Industria de cada provincia encargadas de transferir los fondos correspondientes que hayan sido debidamente justificados por las empresas de acuerdo con el procedimiento de auditoria y aprobación establecidos.

2. La justificación y pago deberán realizarse de conformidad con lo establecido en el Decreto 186/1993, de 3 de noviembre, de la Diputación General de Aragón, sobre pago de subvenciones concedidas con cargo a los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón. A tal efecto, podrá autorizarse el pago anticipado, previa presentación de aval, pudiendo ascender a un 25% del importe de la subvención concedida de acuerdo con la medida 96 del Plan de Racionalización del Gasto Corriente del Gobierno de Aragón.

3. La justificación de las actuaciones realizadas se efectuará con la presentación al Gobierno de Aragón de los informes de auditoria independientes que se elaboran de forma periódica que reflejan los gastos en los que han incurrido las empresas, así como la ejecución y resultados del Programa. Dichos informes de auditoria deberán de haber sido remitidos con anterioridad al 15 de julio del ejercicio siguiente.

Asimismo, para la liquidación definitiva del Programa de cada ejercicio se remitirá un certificado expedido por cada Cámara que deberá remitirse con fecha límite el 15 de julio del ejercicio siguiente.