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ORDEN de 14 de marzo de 2013, del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas al Sector Editorial en Aragón para el ejercicio 2013.

Publicado el 02/04/2013 (Nº 63)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Por Orden de 27 de noviembre de 2012, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, se convocaron ayudas al Sector Editorial en Aragón en el año 2013 ("Boletín Oficial de Aragón" número 247, de 20 de diciembre de 2012), de acuerdo con la Orden de 19 de enero de 2012, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de cultura.

El objeto de dicha convocatoria es la concesión de subvenciones y ayudas para publicar proyectos editoriales que se caractericen por su interés intrínseco o por su destacada aportación a las letras y a la cultura aragonesa. Los posibles beneficiarios de esta convocatoria pública de ayudas y subvenciones son las editoriales y empresas de producciones sonoras y videográficas ubicadas en Aragón.

De conformidad con la citada orden, examinada la propuesta elaborada por la comisión de valoración nombrada al efecto, el Director General de Cultura ha elevado la correspondiente propuesta de resolución.

En su virtud, la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, en uso de las competencias que legalmente le han sido atribuidas, y de conformidad con lo dispuesto en la misma orden de convocatoria, así como en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, dispongo:

Primero.- Aprobar la propuesta de concesión de ayudas al Sector Editorial en Aragón para el ejercicio 2013, de conformidad con lo dispuesto en la Orden de 27 de noviembre de 2012, del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, de convocatoria de las mismas. La cuantía total de las ayudas concedidas para esta finalidad asciende a 25.000€ a satisfacer con cargo a la partida presupuestaria 18060/4522/470044/91002 elemento PEP 2006/000198 del vigente presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Segundo.- Conceder las ayudas relacionadas en el anexo I a la presente orden, en el que se detallan los beneficiarios, el destino u objeto de las ayudas, la cuantía de cada una de ellas, y el número de ejemplares a entregar de cada proyecto editado.

Tercero.- Excluir los proyectos relacionados en el anexo II a la presente orden, presentados por la empresa editorial "Editorial Aqua S.L" por cuanto que no reúne los requisitos para obtener la condición de beneficiario de las ayudas, al no hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias impuestas por las disposiciones vigentes, artículo 13, 2 e) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y por D.ª Carmen Carrera Sausán por cuanto que es autor-editor, expresamente excluido en el apartado 2. c) del punto quinto.

Cuarto.- Denegar las ayudas solicitadas relacionadas en el anexo III, por cuanto que los proyectos presentados no son prioritarios en relación con los concedidos, según los criterios recogidos en la convocatoria.

Quinto.- La justificación de las ayudas se realizará según lo dispuesto en las normas precitadas y en el apartado decimocuarto de la Orden de 27 de noviembre de 2012, del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se convocan ayudas al Sector Editorial en Aragón para el ejercicio 2013.

La documentación correspondiente de la justificación deberá presentarse antes del día 15 de noviembre de 2013.

El incumplimiento del destino dado a la subvención conllevará la anulación de la misma, su devolución y el ejercicio de las acciones que correspondan según la normativa vigente.

Sexto.- En cuanto a las obligaciones de los beneficiarios se estará a lo especificado en el apartado decimotercero de la orden de convocatoria de las ayudas.

Séptimo.- El pago de las ayudas se realizará conforme a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el Decreto 186/1993, de 3 de noviembre, de la Diputación General de Aragón, sobre el pago de subvenciones concedidas a cargo de los presupuestos de la Comunidad Autónoma, y demás disposiciones vigentes que resulten de aplicación.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso previo potestativo de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses desde la fecha de publicación de la presente orden de resolución de las ayudas, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 14 de marzo de 2013

La Consejera de Educación,

Universidad, Cultura y Deporte,

DOLORES SERRAT MORÉ