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ORDEN EIE/939/2018, de 23 de mayo, por la que se modifica la Orden EIE/663/2018, de 17 de abril, por la que se convocan para el ejercicio 2018, las ayudas Diseña Más para el impulso de la gestión del diseño en las pequeñas y medianas empresas, en el marco del Programa de Ayudas a la Industria y la PYME en Aragón (PAIP).

Publicado el 11/06/2018 (Nº 111)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y EMPLEO

Texto completo:

La Orden EIE/663/2018, de 17 de abril, por la que se convocan las ayudas Diseña Más para el impulso de la gestión del diseño en las pequeñas y medianas empresas en su artículo 9 al regular el Cheque Diseña contempla la posibilidad de que existan proyectos subvencionados en los que se dan a la vez trabajos correspondientes a la Fase I de análisis de empresa, y a la Fase II de desarrollo del proceso de diseño.

Estos trabajos son realizados por diferente tipo de empresas colaboradoras externas homologadas, así los de la Fase I son realizados por consultores y los realizados en la Fase II por una empresa de servicios de diseño. Los trabajos y su casuística se describen con más detalle en el anexo III de la orden.

Como quiera que en dichos proyectos el importe del cheque recogido en el punto cuarto del citado artículo noveno es único, resulta necesario clarificar que parte del mismo se dedica a subvencionar los trabajos de análisis de empresa realizados por empresas homologadas de consultoría, y cual a los del proceso de diseño, realizados por empresas de servicios de diseño. Del anexo III se desprende además que dentro del proceso de diseño en el ámbito diseña identidad se incluyen trabajos a desarrollar por un consultor como son los de realización de un test de concepto, siendo necesario igualmente clarificar el reparto en ese supuesto.

Por todo ello, resulta conveniente modificar el punto segundo del artículo noveno de la Orden EIE/663/2018, de 17 de abril, con una finalidad meramente aclaratoria, como se ha expuesto, por lo que no resulta necesario ampliar el plazo de presentación de solicitudes.

Por todo lo anterior y de acuerdo con las competencias que me atribuye el artículo 16 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, y el Decreto 133/2017, de 5 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Economía, Industria y Empleo, resuelvo:

Primero.- Modificar el artículo noveno punto 2 de la Orden EIE/663/2018, de 17 de abril, por la que se convocan para el ejercicio 2018, las ayudas Diseña Más para el impulso de la gestión del diseño en las pequeñas y medianas empresas, en el marco del Programa de Ayudas a la Industria y la PYME en Aragón (PAIP), quedando redactado de la siguiente manera:

Noveno.- "Cheque Diseña".

"2. En el caso de las empresas de reciente creación y en el de empresas consolidadas en el ámbito del diseño de servicios, el cheque podrá ser único en los casos en que no se realicen separadamente las Fases I y II de los trabajos previstos. Cuando un proyecto conlleve la realización combinada de trabajos de análisis de empresa y proceso de diseño, incluidos los procesos que implican un test de concepto, el importe del cheque se repartirá entre ambos colaboradores externos, un 70% para el del proceso de diseño y un 30% para el que preste los servicios de análisis de empresa, excepto en el caso de proyectos combinados del Diseña más identidad donde el reparto será del 60% y 40% respectivamente".

Segundo.- La presente orden no modifica el plazo de presentación de solicitudes estipulado en el apartado décimo de la citada Orden EIE/663/2018, de 17 de abril.

Tercero.- La presente orden producirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Economía, Industria y Empleo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y artículo 58.3 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón; o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 23 de mayo de 2018.

La Consejera de Economía, Industria y Empleo, MARTA GASTÓN MENAL