Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

RESOLUCIÓN de 20 de abril de 2018, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 16 de febrero de 2016, en la que se formuló declaración de impacto ambiental y se otorgó la autorización ambiental integrada para la ampliación de una explotación avícola de pollos de engorde hasta una capacidad de 151.250 plazas (605 UGM), ubicada en la parcela 502 del polígono 24 del término municipal de Tauste (Zaragoza), y promovida por SAT número 9326 Larrode. (Expte INAGA 500202/02/2018/1062).

Publicado el 15/05/2018 (Nº 92)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Con fecha 14 de febrero de 2018 el promotor, SAT número 9326 Larrode, solicita a este Instituto modificación puntual, consistente en cambio en la parcela en la que se ha construido la granja fruto de una segregación de la parcela original (parcela 187 del polígono 24).

Antecedentes de hecho

Mediante Resolución del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, de 16 de febrero de 2016, se otorgó la autorización ambiental integrada para la ampliación de la explotación avícola de engorde hasta una capacidad de 605 UGM, ubicada en el polígono 24, parcela 187, en el término municipal de Tauste (Zaragoza) y publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 48, de 10 de marzo de 2016 (Expte: INAGA 500601/02/2015/04390).

La modificación puntual solicitada en el presente expediente consiste en acomodar el cambio de parcela en la que se instalará la granja, pasando a ser la 502 del polígono 24, fruto de la segregación de la parcela original (parcela 187 del polígono 24), siendo la ubicación la autorizada inicialmente.

Fundamentos jurídicos

De conformidad con lo establecido en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, sobre actividades e instalaciones ganaderas; el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales; el Real Decreto 692/2010, de 20 de mayo, por el que se establecen las normas mínimas para la protección de los pollos destinados a la producción de carne; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se resuelve,

Por la presente se resuelve,

Modificar puntualmente la Resolución de 16 de febrero de 2016, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se formuló declaración de impacto ambiental y se otorgó la autorización ambiental integrada para la ampliación de una explotación avícola para pollos de engorde hasta una capacidad equivalente a 605 UGM, ubicada en la parcela 187 del polígono 24 del término municipal de Tauste (Zaragoza), y promovida por SAT 9326 Larrode, en el siguiente punto, dejando inalterado el resto:

El punto 2 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"2. Otorgar la autorización ambiental integrada a SAT 9326 Larrode, con CIF: F50522200, para la ampliación de una explotación avícola de pollos de engorde hasta una capacidad final de 151.250 plazas, (605 UGM), ubicada en el polígono 24, parcela 502, del término municipal de Tauste (Zaragoza), con unas coordenadas UTM ETRS89 (huso 30) de: X = 653.071 - Y = 4.650.180 - Z = 300 m. La presente autorización se otorga con la descripción, condiciones, obligaciones y derechos que se indican a continuación y se considera adaptada a la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, sobre las emisiones industriales:"

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 20 de abril de 2018.

El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, JESÚS LOBERA MARIEL